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Desde marzo de 2022 Ministerio de Salud conoce de contaminación con cianuro en Crucitas

Sala Constitucional señala “desobediencia” de la administración Chaves por incumplimiento de resolución que desde 2021 mandó a limpiar el mercurio.

Mediante una resolución del pasado 3 de febrero, la Sala Constitucional determinó que las autoridades de los ministerios de Salud, de Seguridad y de Ambiente y Energía (Minae) han entrado en “desobediencia” de una resolución de ese tribunal de 2021, que ordenó la puesta en marcha de un “plan remedial” que entre otras cosas atendiera el problema de la contaminación por mercurio en la zona de Crucitas de San Carlos.

De gravedad es el hecho de que, según se cita en la resolución, desde marzo del año pasado y como parte de los muestreos llevados a cabo por el Ministerio de Salud, “se realizaron análisis de mercurio y cianuro donde se detectó el mismo por encima del VMA (valor máximo admisible) permitido en el Reglamento 38924-S en los acueductos de Llano Verde y Chamorro”.

Ello consta en una cita que se hace en la resolución de un oficio enviado por Joselyn Chacón, ministra de Salud, precisamente para referirse a la denuncia por desobediencia.

Es decir, desde marzo del año pasado la administración Chaves tiene noticia de que además del mercurio ya en la zona el cianuro se ha convertido en un contaminante importante y no sólo no tomó acciones al respecto, sino que ni siquiera se informó al público.

Tras determinar que “sí existe la desobediencia acusada” los magistrados y magistradas de la Sala IV ordenaron a Chacón como ministra de Salud, a Franz Tattenbach como jerarca del Minae y a Jorge Luis Torres, como ministro de Seguridad, que cumplan con la sentencia de 2021, “con la advertencia de ordenarse la apertura de un procedimiento administrativo en su contra y el testimonio de piezas ante el Ministerio Público si no lo hicieren”.

El testimonio de piezas es la remisión de partes del expediente pertinentes, en aras de una eventual acusación.

Seria contaminación

El caso se remonta a un recurso de amparo que a través del abogado ambientalista, Álvaro Sagot, presentó la Federación Costarricense para la Conservación del Ambiente (Fecon) en 2019. En setiembre 2021 se dio la resolución que ordenó al Ejecutivo -por ese entonces la administración Alvarado- presentar un plan remedial para la zona en un plazo de tres meses.

En setiembre de 2022, Sagot presentó una acusación por desobediencia contra las autoridades de gobierno, pues denunció que Chacón y Tattenbach alegaron que “resulta imposible” limpiar la contaminación por mercurio en la zona.

Fue así como esas autoridades de gobierno presentaron los escritos, entre ellos el mencionado en que Chacón admite que su Ministerio tenía conocimiento de la contaminación por cianuro.

Tras analizar las respuestas, la Sala IV determinó que esas autoridades de gobierno “tampoco detallan o exponen a profundidad y con rigor la imposibilidad de transportar o transformar el mercurio ya depositado en la zona (proceder que con anterioridad sí se había realizado), ejecutar medidas de reforestación u otras técnicamente viables para reparar los daños ambientales causados; por lo que este Tribunal no puede avalar una respuesta que sencillamente afirme que es imposible remover dicho elemento por la “magnitud difusa” de la contaminación, sin mayor análisis y explicación al respecto”.

“Lo anterior con el agravante de que, según se informa, existe una preocupación latente por la utilización de un nuevo químico en la zona: el cianuro”, afirma la resolución.

Sagot se refirió a esta más reciente resolución y observó que “los magistrados constitucionales al encontrar que no se había cumplido el voto expusieron su claro disgusto con el Poder Ejecutivo, por no ejercer acciones positivas a favor de la mitigación de los daños ambientales”.

Destacó el hecho de que para ese tribunal “es evidente que la manera en que han actuado los jerarcas es como si fueran simple y sencillamente “espectadores” y no como debieron haberlo hecho. Es decir, que tanto en el gobierno pasado de Carlos Alvarado como este gobierno, con entera responsabilidad se les aprecia como espectadores y desde ese punto de vista dice la Sala que acoge nuestra gestión de desobediencia por no acatamiento de un voto constitucional que busca la restauración de ecosistemas”.

El abogado explicó que el “principal efecto” que se pretendía desde el sector ecologista con el amparo es no sólo que se detuviera el problema ambiental y social que se da en la zona, sino que también se establecieran medidas de mitigación, compensación y preventivas por los daños ambientales ocurridos, “pero nada de eso se estaba haciendo.”

De esa manera y con gravedad destacó que “ahora hay otro elemento generador de problema que es la aparición de grandes cantidades de cianuro”, lo cual agrava “uno de los problemas ambientales y de contaminación más grandes que ha tenido Costa Rica en los últimos años”.

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