La declaratoria de emergencia nacional por los ciberataques que han afectado los sistemas de información de varias instituciones del país, decretada por la Presidencia de la República, contiene errores que podrían poner en peligro su efectiva aplicación.
Así lo explicó el especialista en gestión de riesgo, y profesor e investigador de la Escuela de Administración Pública de la Universidad de Costa Rica, Álvaro Montero en entrevista con UNIVERSIDAD.
Montero considera que de acuerdo con la jurisprudencia constitucional sí es posible declarar emergencia nacional en el contexto actual, tema que ha sido cuestionado por otros especialistas en la materia. En su criterio, la imposibilidad de planificar para los ataques y las consecuencias que han generado para el país permiten que se pueda decretar una emergencia nacional para atenderlo, dijo, aunque señaló en el documento publicado una serie de errores que podrían afectar su aplicación.
Lo primero, dijo, es que el artículo 3 del decreto emitido por la administración Chaves Robles indica que “la Presidencia de la República toma el control del planteamiento, dirección y coordinación de los procesos necesarios para lograr la contención y solución”, lo que abiertamente contradice la ley.
Montero recordó que en el Artículo 15 de la Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo (Nº 8488) establece como una de las competencias extraordinarias de la Comisión Nacional de Emergencias, una vez declarado el estado de emergencia, “planear, coordinar, dirigir y controlar las acciones orientadas a resolver necesidades urgentes, ejecutar programas y actividades de protección, salvamento y rehabilitación”.
“La Presidencia no puede tomar el control porque la ley dice que es la Comisión quien tiene que llevar adelante todo lo que implique la atención de la emergencia. El artículo 15 lo dice muy claramente y como ya sabemos, un decreto no puede modificar o pasarle por encima a una ley”, indicó Montero.
El especialista también señaló que el procedimiento de declaratoria no se realizó tal y como se establece en la legislación, pues la misma ley aclara que es una atribución de la Junta Directiva de la “recomendar al Presidente de la República la declaratoria de estado de emergencia” y esto no puede haber sucedido, pues dicha junta aun no está integrada, pues no se ha nombrado presidente ejecutivo aún.
“Los decretos usualmente, los prepara el equipo técnico de la Comisión, eso es llevado a la junta directiva, que le da el visto bueno y recomienda el artículo. Luego eso va a la Casa Presidencial para seguir los trámites necesarios y una vez que hace la declaratoria, regresa nuevamente a la Comisión para echarlo a anda”, comentó.
Este decreto en cambio, al haber sido “preparado por fuera e inconsulto, que es lo que ha salido a la luz pública” dejar abierta la duda de si podrá ser aplicado, según Montero. “Ya lo tenemos publicado, pero resulta que tiene esos problemas que podrían impedir su correcta aplicación”, agregó.
Finalmente, el especialista se preguntó cómo hará la CNE para enfrentar una declaratoria de emergencia y atender lo requerido, siendo un caso muy particular y el primero en su tipo, sin un jerarca al frente, pues Chaves no ha designado presidente ejecutivo para la entidad.
UNIVERSIDAD pidió entrevistas con personal de la CNE y del Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (que hasta ahora había estado a cargo de la situación) para hablar sobre el tema, pero las solicitudes siguen en trámite.
Así mismo, se consultó a la Presidencia si en la CNE seguían operando los mismos jerarcas o ya se conocía de cambios y si ya se habían dado instrucciones a la entidad en relación con la declaratoria de emergencia. El asesor de comunicación, Armando Gómez, indicó que la decisión sobre el o la jerarca de CNE todavía no está determinada pero que desde que se firmó el decreto, el 8 de mayo, hay coordinación inter institucional para dar respuesta a la emergencia.