Mensajes falsos sobre el proyecto de ley 21.182 —que busca establecer dos tipos de jornadas laborales extraordinarias— circularon este fin de semana a través de redes sociales y aplicaciones de mensajería de texto como Whatsapp.
Según estas comunicaciones, el proyecto impulsado por 14 diputados del Partido Liberación Nacional (PLN) ampliaría las jornadas laborales a 12 horas diarias, afirmación que fue desmentida inmediatamente por los diputados verdiblancos y por el proyecto ‘No Coma Cuento’ del periódico La Nación.
¿Qué dice realmente el proyecto de ley que reforma los artículos 136, 142, 144 y 145 del Código de Trabajo? Las indicaciones son especialmente dos:
Jornadas de hasta 12 horas, por cuatro días
Una de las principales indicaciones de la iniciativa es que adhiere una “jornada ordinaria ampliada”, que —en términos generales— permitiría que el trabajador labore hasta 12 horas diarias, cuatro días a la semana, con tres días de descanso continuos.
Al respecto, la principal firmante del proyecto, la diputada Ana Lucía Delgado, indicó que la intención no es modificar las jornadas ya existentes, sino añadir opciones “excepcionales”, de modo que el trabajador pueda tener un día libre adicional si está de acuerdo con ello.
Según Delgado, esto representaría ahorros por desplazamientos y otros gastos para el trabajador, así como un impulso para el desarrollo personal y familiar de las personas.
“Ni siquiera hablamos de que sea necesariamente 12 horas al día, sino que solo hablamos de un techo. Es decir, si vos estás trabajando 40 horas a la semana, podrías optar por que te distribuyan esas 40 horas sobre los cuatro días y listo, con tres días de descanso”, destacó.
Jornadas anualizadas
El segundo concepto que añade el proyecto es el de ‘jornadas anualizadas’, con el que se buscaría establecer un modelo de contratación para las personas cuyas funciones son requeridas con mayor intensidad en estaciones muy específicas del año.
El proyecto establece que “por la vía de la excepción”, en trabajos estacionales, se permitiría utilizar una jornada ordinaria diurna anualizada de hasta 2.400 horas, o bien una jornada nocturna de hasta 1.800 horas.
Para ello, el empleador deberá distribuir esas horas en calendarios trimestrales, respetando el máximo de 48 horas por semana y el pago de horas extra a partir de ese tope (de ser requeridas).
“Con una jornada anualizada lo que se pretende es que vos en lugar de trabajar tres, cuatro o seis meses, podás trabajar un año, con horas preestablecidas (…) Esto lo pensamos principalmente para actividades relacionadas con el turismo, donde existen épocas del año que son más rentables para las empresas y que hace que requieran mayor personal para darle respuesta al mercado”, explicó Delgado.
“Es decir, lo que intenta el proyecto es que podás hacer jornadas de 10 horas ordinarias en jornadas altas y seis horas en jornadas bajas, por poner un ejemplo, para no romper los contratos laborales, con la permanencia anualizada y el aseguramiento que eso implica para el trabajador”, detalló.
Para cumplir con este tipo de horarios, la iniciativa de ley además promueve obligaciones para los empleadores, como la provisión de facilidades de transporte y de servicios de cuido, cuando “por razón de la hora en que se inicie o concluya la jornada, las personas trabajadoras no dispongan de estos servicios”.
Modelos consensuados
Delgado además fue enfática en el carácter opcional de estas jornadas. Según la verdiblanca, este tipo de jornadas “solo pueden generarse por consentimiento entre las partes”.
Además, la liberacionista agregó que la idea es darle un empujón a empleados y patronos, de modo que los primeros puedan encontrar mayor estabilidad laboral y los segundos se aseguren de contar con el personal necesario, en las épocas y los tiempos requeridos.
La diputada también destacó que no es cierto que el proyecto aplique para contrataciones por servicios profesionales, sino que se aplicaría únicamente para contratos laborales comunes y corrientes, en los que la relación sí es patronal.
Eso sí, las jornadas ampliadas no podrían aplicarse para ciertos trabajos que, por su complejidad o la de sus entornos, no resulten adecuados (como el manejo de vehículos o de maquinaria).
El proyecto sigue su trámite
La iniciativa de ley impulsada por el PLN se encuentra actualmente en etapa de consultas en la Comisión de Asuntos Jurídicos. Una vez que supere este proceso, la diputada Delgado indicó que intención es recoger las observaciones en un nuevo texto sustitutivo y luego continuar (con audiencias y dictámenes finales) hasta que concluya su trámite en el Plenario legislativo.
La iniciativa se presentó con la firma de 14 de los 17 diputados del PLN, con excepción de Franggi Nicolás, Aida Montiel y Paola Valladares.
El proyecto ya tiene un informe de Servicios Técnicos que recogió cinco antecedentes de proyectos similares que naufragaron en la corriente legislativa.
Además, recomendó generar mecanismos para “el control o la inspección sobre las condiciones, horarios y jornadas”, de modo que se puedan evitar posibles “abusos patronales”.
¿Cuáles son las jornadas laborales actuales?
Hasta hoy, el Código de Trabajo dispone de dos estilos de jornadas laborales regulares que no son modificadas con esta nueva iniciativa: una diurna, que no puede exceder las ocho horas continuas; así como otra nocturna, que no puede sobrepasar las seis horas por día.
Estas reglamentaciones no se modifican con la redacción actual de la iniciativa.
Eso sí, el tope de las jornadas ampliadas si se incrementaría a un máximo de 12 horas por día (hoy es de 10) y, en el caso de las jornadas mixtas, el máximo también se ampliaría (de ocho a nueve horas y media), de modo que se puedan aplicar las nuevas modalidades.