El Gobierno de la República informó días atrás que aplicaría los mecanismos necesarios para recuperar los salarios pagados a los trabajadores que participaron en la huelga y no se presentaron a sus labores durante varios días.
Con respecto al procedimiento, sin embargo, aún hay dudas al respecto. De acuerdo con el Artículo 379 del Código de Trabajo, la terminación del contrato o el rebajo salarial, sólo podrá ser efectivo hasta que haya una declaratoria de ilegalidad de la huelga, en firme.
Por ejemplo, la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope) hizo una estimación del salario pagado a sus los trabajadores durante estos días. El departamento de la Dirección de Recursos Humanos reporta una erogación de ¢ 883,806,813.90 por concepto de la planilla de empleados que se sumó a la huelga del 10 de setiembre al 10 de octubre.
Este monto abarca a 1.227 trabajadores, que corresponde a la cantidad de integrantes del Sindicato de Trabajadores Petroleros, Químicos y Afines (Sitrapequia).
Sin embargo, la Dirección aclara que algunos de ellos estuvieron en paro solo uno o dos días y otros la totalidad del plazo del movimiento.
Dificultades
Para que el Ejecutivo pueda efectuar el rebajo la sentencia de ilegalidad de la huelga deberá estar en firme. En este mismo caso de Recope, por ejemplo, la sentencia no fue declarada ilegal en segunda instancia.
Es decir, el pasado 28 de setiembre el Juzgado de Trabajo resolvió que el movimiento era ilegal no cumplió con los requisitos de ser un movimiento pacífico. Tampoco que agotó las posibilidades de conciliación ni de “alcanzar el porcentaje mínimo requerido por la legislación costarricense”.
No obstante, el pasado 6 de noviembre, el Tribunal de Apelación de Trabajo del II Circuito Judicial de San José determinó que el servicio que presta la institución no es “esencial” por lo que la medida de protesta es válida y la huelga es legal.
En este caso en particular, el presidente de la República, Carlos Alvarado, acudió a la Procuraduría General de la República para interponer un recurso de casación contra la sentencia del Tribunal de Apelación del II Circuito Judicial.
Otro caso es el del Instituto Mixto de Ayuda Social (Imas), institución en la que sí fue declarada como ilegal, el Tribunal de Apelaciones del I Circuito Judicial de San José resolvió que no se rebajarían los salarios de los trabajadores. El IMAS, aún no se tiene una estimación del monto que se giró a los trabajadores mientras participaban en el movimiento.
El ministro de la Presidencia, Rodolfo Piza, dijo en su momento que consideraban injusto que se pagaran los salarios de quienes participaron en la huelga, por lo que, “harán todo lo necesario en el marco constitucional y legal para alcanzar el objetivo”.
“El Gobierno llama la atención también sobre el objetivo de aplicar lo mecanismos para recuperar y compensar los daños provocados por la huelga. El objetivo es recuperar esos fondos que devengaron participantes en instituciones donde se declaró ilegal el movimiento. Consideramos injusto que se pague por un trabajo que no se realiza”, añadió.
Por otra parte, el Ministerio de Trabajo, quien ha estado a cargo de la mayor parte del tema, planteó otras opciones e incluso negoció con los trabajadores de los sindicatos que estuvieron anuentes para evitar rebajarles los salarios. Entre las acciones, firmó un acuerdo con cinco agrupaciones sindicales con las que acordó tomar medidas alternativas como compensar las horas no laboradas.
Entre las instituciones con las que acordó negociar y no rebajar salarios figuran sindicatos del Ministerio de Agricultura y Ganadería, CEN-CINAI del Ministerio de Salud, Caja Costarricense del Seguro Social, Instituto Nacional de Aprendizaje y el Instituto de Desarrollo Rural (Inder).