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Crónicas de vulnerables: Nadie le creyó a la prostituta

Nadya fue condenada a diez años de prisión por robar ¢3.000 a un vendedor de periódicos, en un juicio fugaz, en el que las únicas pruebas fueron su palabra contra las del denunciante

El juicio en el que condenaron a la prostituta Nadya Paguaga Ulate a diez años de cárcel por robarle ¢3.000 a un vendedor de periódicos tardó menos de 16 horas.

Empezó el 16 de octubre del 2018 en los Tribunales de Pérez Zeledón y, tras una pausa de dos días, finalizó la tarde del 19 de octubre con una sentencia fulminante y unánime.

En el debate participaron tres jueces, una fiscala que representó a la víctima y el defensor que el Estado le asignó a Nadya por no tener recursos económicos para pagar uno privado.

Fue un asunto sencillo de resolver para los jueces porque hubo muy pocas pruebas: Del lado acusatorio, el relato del denunciante, Geremar Robles Morera, y el testimonio de un policía que no presenció nada de lo ocurrido, pero que se había enterado por boca del ofendido. Por la defensa, la versión de la acusada y la declaración de su pareja quien dijo que ella se gana la vida vendiendo su sexo.

No hubo “prueba material”, como clasificarían los juristas al cuchillo con el que –según la sentencia– Nadya amenazó al vendedor de periódicos. Tampoco se analizaron grabaciones de cámaras de seguridad, ni hubo más testigos.

Fue un debate veloz y conclusivo. La declaración del denunciante fue creíble y la de la acusada no, determinaron los tres jueces Francisco Sánchez Fallas, Carlos Adolfo Calderón Bogantes y Manuel Fallas Calderón.

La palabra del pregonero contra la de la prostituta.

El latín estuvo ausente en aquel tribunal. Nadie habló de in dubio pro reo, ese principio jurídico que –en caso de duda– ordena beneficiar a los acusados.

Ese día Nadya regresó a la cárcel siendo culpable. Había llegado a prisión cuatro meses antes, cuando todavía ningún tribunal había descartado su inocencia. La encarcelaron porque la Fiscalía y un juez consideraron que había peligro de que se fugara para no enfrentar el proceso penal.

“Si se supone que me estoy robando ¢3.000, ¿cómo me voy a escapar a otro país?”, me dice con una mueca irónica durante nuestro primer encuentro en la cárcel, en una apretada salita de madera que sirve de aula para las lecciones que se brindan a las privadas de libertad.

 

Nadya Paguaga está en prisión desde junio del 2018. Entró siendo inocente a cumplir una medida cautelar y hoy es una persona sentenciada. Ella dice que desea recuperar a sus hijas. (Foto: Sara Quesada).

 

Nadya es una muchacha ordinaria, de mediana estatura, piel de cobre, que aquel día en prisión vestía una licra deportiva negra, zapatillas de tela y llevaba el pelo recogido en una cola.

Es una chica común y corriente que a los 14 años sintió las inquietudes y rebeldías propias de la edad y tomó una serie de decisiones de las que ahora, 20 años después, dice estar arrepentida.

A esa edad se fue de la casa que compartía con su madre y tres hermanos, en Siquirres, para huir de las estrictas reglas y disfrutar su añorada libertad. Anduvo de aquí para allá, con amigos y conocidos, hasta que “una señora” la llevó a vivir a una finca bananera de esa zona caribeña.

Nadya tenía apenas 16 años y una incipiente barriguita en la que se formaba el cuerpo de su primera hija cuando ahí, en medio de las plantaciones, se estrenó en el oficio que más ingresos económicos le ha permitido tener a lo largo de su vida.

La idea de ofrecer servicios sexuales no se le ocurrió a ella, sino a la “señora” que la llevó a ese lugar y que, además, se quedaba con el dinero que pagaban los clientes de la muchacha.

Poco antes de dar a luz a su hija mayor, uno de sus hermanos fue a buscarla y Nadya regresó con su familia. Tuvo su primer bebé y, tiempo después, ganas de salir por la noche a “divertirse”, como cualquier adolescente. Peleó con su madre y se fue de la casa con su niña. Para mantenerla, volvió a practicar el oficio que había aprendido en las bananeras.

Una noche Nadya salió con sus amistades y la señora que cuidaba a su hija –sin consultarle– se la entregó a la abuela, es decir, a la mamá de Nadya.

La madre adolescente nunca volvió a tener la tutela de su hija mayor y entonces se sumergió en el consumo de droga. “Empecé con marihuana. Después conocí a una amistad y me invitaba a cocaína, luego piedra, para probar”.

Nadya dice que la piedra “fue lo peor”, pero eso no es del todo cierto. Lo peor pudo ser cuando la violaron y le introdujeron un limón en la vagina para limpiar el semen y que ella “no pudiera denunciar”. También pudo ser cuando se prostituyó en la calle por unos pocos colones, cuando perdió la custodia de sus otras dos hijas, cuando escapó de un centro de rehabilitación y tuvo que dormir en un cuartucho de ¢1.000 la noche, o cuando cayó presa.

Es difícil descifrar cuál fue el peor momento de la existencia de esta mujer cuando cada relato suena más triste y duro que el anterior.

Pero no todo fue tan malo. Nadya fue feliz los breves años que vivió con sus hijas; tuvo esperanza cuando su madre la internó en la organización benéfica Ejército de Salvación para intentar rehabilitarla –ese fue el motivo por el cual llegó a vivir a Pérez Zeledón– y también intentó enmendar su camino cuando tuvo una pareja que la motivó a abandonar las drogas y a retomar los estudios que había dejado en sétimo año. Así llegó a casi terminar el colegio (solo le quedan dos materias por aprobar) y aprendió otras ocupaciones, como el de vendedora de líneas telefónicas y costurera.

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Dicen (los jueces de Pérez Zeledón) que soy sentenciada a 10 años, por los códigos tal y tal. Yo de códigos no sé nada. Que me dan la mínima. Pero es mi palabra contra la de él y le creen a él. Yo me iba a someter a un proceso abreviado pero luego leí la denuncia y pensé: ¿Por qué me voy a echar la culpa si esto no es cierto?”.

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Nadya me cuenta todo esto en la cárcel, en esa aula de madera calurosa en la que los guardas nos permiten tener la privacidad que buscarían un par de amigas que se narran sus problemas.

No se lo contó a los jueces porque sobre eso no le preguntaron. Tal vez se lo narró a su defensor público, pero en la técnica jurídica tener una vida complicada no es motivo para absolver a alguien que cometa delitos, me recalca el subjefe del Ministerio Público, Juan Carlos Cubillo.

“El tribunal le dio mucha credibilidad a la declaración del ofendido, no así de la imputada (…) Nosotros representamos a la víctima que es el convidado de piedra dentro del proceso, porque muchas veces es solo el imputado y ¿qué pasa con las víctimas?”, enfatiza el fiscal Cubillo.

Es lo que los abogados en buen derecho llaman “el principio de legalidad”; o sea, que hay que hacer lo que dice la ley. Y la ley –específicamente el Código Penal– dice que un robo cometido con arma tiene una pena mínima de cinco años de cárcel y una máxima de 15 años.

A Nadya la condenaron por dos robos agravados. El pregonero Geremar Robles asegura que el primer robo ocurrió en la madrugada del 28 de junio del 2018, cuando él estaba en la zona roja de Pérez Zeledón y ella llegó con un cuchillo a exigirle que le diera ¢1.000 o “le metería el chuzo”.

El segundo robo –en la versión de Robles– fue al día siguiente cuando ella regresó acompañada de un “desconocido”, quien esta vez era el que portaba el cuchillo, y lo obligaron a entregar otros ¢2.000.

Nadya sostiene que eso no es cierto. Su defensa, resumida, dice así: “Yo conozco a Geremar, al “guachi”, al de la soda, al del bar Brasilia. Todos tenían relaciones conmigo por montos bajos. Geremar me pagaba ¢2.000 y teníamos relaciones en las gradas del bar. Él me daba para pagar los ¢1.000 diarios del cuarto donde yo dormía. Yo había tenido problemas con él ya que no le gusta pagar los ¢5.000, paga ¢2.000 y dice que no tiene más dinero. Llegué a cobrarle. Nunca le saqué un cuchillo”.

El juicio se realizó apenas cuatro meses después de que Geremar Robles interpuso la denuncia. Un tiempo de espera diminuto, en un país donde la mora judicial ha sido una de las preocupaciones históricas del Poder Judicial y hay denuncias que tardan siglos en llegar a un juicio o nunca llegan.

Los tres jueces le creyeron más a Robles que a Nadya y ese día ella se convirtió en una delincuente.

Los jueces tienen ese superpoder: crean verdades.

En la audiencia de apelación, Nadya le insistió a los jueces en que nunca usó un cuchillo para reclamar un dinero que, según su versión, el vendedor de periódicos le debía por servicios sexuales. (Foto: Katya Alvarado).

Sin embargo, los juzgadores estimaron que debido al “escaso valor de lo sustraído” la imputada merecía la pena mínima: diez años de cárcel por dos robos. Si quisiéramos ponernos matemáticos, diríamos que son cinco años de encierro por cada ¢1.500.

Pero no se trata solo del dinero, me recalca el fiscal Cubillo, sino del shock que sufrió la víctima al ver su vida en peligro.

En parte, en eso coinciden otros juristas consultados: la justicia no puede ser tan ciega para considerar solo el monto de lo robado, sino que debe analizar más allá, por ejemplo, las circunstancias o las causas que llevan a una persona a delinquir.

“Me queda la interrogante de por qué el Ministerio Público no trató, por ejemplo, de hablar con la imputada y decirle que pague los ¢3.000, que lleguen a una conciliación, o bien, aplicar un criterio de oportunidad”, reflexiona la abogada penalista Karolina Quirós Vaglio, refiriéndose a esa posibilidad que el Código Procesal Penal le da al Ministerio Público para no acusar cuando se trata de hechos “insignificantes”.

“Hay que hacer un análisis no solo jurídico, sino también social. ¿Cuáles son las causas que llevaron a esta señora a cometer este delito? El ser humano puede ser condicionado socialmente. Si le enseño a un niño que yo robo para comer, este sujeto puede verse a lo largo de su vida condicionado socialmente. Ahí mi pregunta: ¿el delito es un problema social o jurídico? Es un problema social; con una prevención puedo provocar que el derecho penal sea la ultima ratio. ¿A quién le corresponde darle la ayuda? Al Estado”, considera la penalista.

Nadya no podía optar por un criterio de oportunidad porque usó un arma, me reitera el fiscal Cubillo con base en el testimonio que dio el denunciante y que fue la única prueba del debate, recordemos.

***

Nadya Paguaga es una presa ordinaria. Es tan común, que su vida encaja a la perfección con el perfil que más se repite entre las 640 presas que hay en el Vilma Curling: mujeres entre los 21 y 39 años, que tienen hijos, no terminaron el colegio, carecen de un empleo asalariado y fueron condenadas por delitos contra la propiedad o por drogas, según los datos del Ministerio de Justicia y el Estado de la Justicia.

Se podría decir que es solo una coincidencia, pero caeríamos en la miopía de ignorar que existe una “selectividad en el sistema penal”, que es el término con el que el experimentado juez de apelación de sentencia, Gustavo Chan, describe estas situaciones: “La esencia del sistema penal es que es arbitrariamente desigual”.

Chan detalla que existen dos niveles de selectividad: “Uno primario que consiste en que el legislador selecciona de manera desigual aquellos comportamientos que van a ser definidos como delitos y decide la pena más alta o más baja”.

Volviendo al ejemplo de Nadya, este nivel fue el momento en el que un grupo de legisladores decidieron subjetivamente que quien robe portando un arma debe ser castigado con entre 5 y 15 años de cárcel, muy por encima de las penas que se fijaron para delitos que pueden cometer funcionarios públicos, como enriquecimiento ilícito, peculado o tráfico de influencias, por mostrar solo algunas comparaciones.

“Toda colectividad está dividida en estratos sociales. Esos estratos tienen distintos intereses que siempre están en pugna. Dependiendo del grado de influencia que usted tenga sobre el poder político que existe en la Asamblea Legislativa, así va a tener como resultado qué va a ser prioridad como objeto de selección de qué es delito”, agrega Chan.

El segundo nivel de la selectividad es el momento en que el Ministerio Público decide qué delitos va a perseguir más.

En la historia de Nadya, podemos imaginar este nivel cuando la Fiscalía de Pérez Zeledón consideró que los robos denunciados –que sumaban ¢3.000– ameritaban activar al sistema penal y destinar agentes judiciales para la investigación, un defensor público, una fiscala y tres jueces para buscar un castigo.

“Usted se va a encontrar que el Ministerio Público persigue de manera desigual los delitos y que los tribunales sancionan de manera desigual los delitos, dependiendo de cuáles sectores o estratos de la población los cometen”, arguye Chan.

Con estas reflexiones teóricas se puede entender mejor que Nadya y la mayoría de sus compañeras prisioneras tengan en común ser gente pobre, porque, de tener dinero suficiente, seguramente contratarían un batallón de buenos abogados o llegarían a acuerdos generosos con los ofendidos para evitar la prisión.

Chan agrega que para dilucidar si un sistema es justo o injusto se puede partir de distintas perspectivas: por ejemplo, de si existen o no derechos fundamentales; o de la dogmática, que se refiere al estudio de criterios técnicos; o, finalmente y de gran importancia pero menos atractiva para muchos abogados, desde una dimensión criminológica y sociológica.

“¿Qué es lo que sucede en la realidad? ¿Cuáles son los procesos económico político sociales latentes detrás de las prácticas del sistema penal? Ese tipo de cuestionamientos usted no los va a encontrar nunca en un fiscal, ni en un tribunal, ni en un juez, simplemente porque los jueces construyen sus resoluciones de espaldas a la realidad”.

“El tema sociológico jurídico es mucho más rico porque no se pregunta solo cómo debe resolverse un caso concreto de manera más o menos igual entre casos similares, sino que vuelve su análisis hacia la realidad”, opina Chan.

En la cárcel Vilma Curling Nadya realiza tareas de reciclaje. (Foto: Sara Quesada)

***

Por ser una presa pobre, Nadya tuvo que afrontar al tribunal con un defensor público que le asignó el Estado por obligación. No fue un regalo, ni compasión, ni misericordia, sino porque así lo manda la ley.

En realidad, desde que la denunciaron, la balanza y la estadística estaban en su contra, pues en el 2017, un estudio de Univisión –en cuya publicación colaboró UNIVERSIDAD–, mostró que, en ciertos delitos, una persona tiene entre 12% y 26% más de posibilidades de ser condenada si la asiste un defensor público en comparación con que si tiene uno privado.

Una de esas categorías delictivas es la de delitos contra la propiedad, precisamente, el tipo de falta que se le imputa a Nadya.

“La defensa pública no es sinónimo de defensa de oficio porque esa está basada en una idea de caridad. Una defensa pública debe ser entendida como un servicio de calidad en la que el usuario tenga el derecho de reclamar el mejor servicio posible”, dice el juez Chan y aclara que al igual que existen excelentes y malos defensores públicos, hay buenos y malos abogados privados.

La diferencia entre unos y otros, señala Chan, es la cantidad de carga de trabajo que por obligación deben atender los defensores públicos.

Debido a una agenda saturada, la directora interina de la Defensa Pública, Diana Montero, no accedió a una entrevista para este reportaje, pero respondió algunas consultas por correo electrónico. Ella dirige una entidad que cuenta con casi 600 abogados.

Según los datos que envió Montero, entre enero y setiembre del año pasado, ese órgano atendió a 4.960 mujeres. La mayoría apenas tenían estudios de primaria o secundaria sin concluir, como Nadya.

Montero explica que a las mujeres en condición de vulnerabilidad, se les brinda la opción de entrar a “la Red”, que es el mecanismo por el cual pueden recibir atención de entidades como el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), el Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu) o el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), entre otras.

Con respecto a desempeño de los abogados en el proceso penal, la directora enunció conceptos técnicos sobre “la construcción de la teoría del caso”, que incluyen el análisis de lo que en derecho se llama la tipicidad, antijuricidad y culpabilidad, así, en lenguaje jurídico, muchas veces incomprensible para los imputados que atiende esta entidad.

Montero menciona, por ejemplo, que se debe analizar si hubo “legítima defensa, estado de necesidad, consentimiento del derechohabiente, ejercicio legítimo de un derecho o cumplimiento de un deber legal”.

Y luego aclara que el análisis debe ser “tamizado” por la prueba existente y que, a pesar de los alegatos de la defensa, serán los jueces quienes finalmente decidan la sentencia.

Nadya ha escuchado esos tecnicismos decenas de veces. Aunque tal vez no los entienda todos, los lleva impregnados en la piel, junto a los tatuajes con las fechas de nacimiento de sus tres hijas, y de vez en cuando los rebusca en su memoria para disparar cuestionamientos hacia la manera en la que la condenaron, “sin prueba material”, me recalca en una de nuestras entrevistas.

Podría ser que Nadya tenga razón y todavía no lo sepamos. Quizá la verdad que concibieron los tres jueces de Pérez Zeledón –en menos de 16 horas– al final no fuese la madre de todas las verdades y la palabra de ella sí valga.

El miércoles 16 de enero del 2019 Nadya entró nuevamente esposada a una sala de juicio, esta vez en los Tribunales de Cartago, donde la recibieron dos jueces y una jueza que resolverán la apelación de su sentencia. Traía el pelo suelto y alisado, una blusa manga larga de color palo rosa, estaba impecable y, a su lado, se encontraba el abogado privado Leonel Villalobos, quien asumió la defensa de manera gratuita como un favor a otra mujer privada de libertad que ahora ambos conocen.

“Muchas personas son sentenciadas porque no cuentan con los recursos para contratar peritos privados y otro tipo de recursos técnicos. La gente que no cuenta con recursos, que son indigentes, se enfrentan a la justicia en una situación totalmente desfavorable, porque efectivamente el Estado les suple una defensa pública, pero si usted analiza el número de casos que se le asignan a la vez a un defensor público, resulta inmanejable”, me comenta Villalobos en los pasillos judiciales al culminar la brevísima cita, mientras me percato que alquilar un cuarto por ¢1.000 diarios alejó algunas noches a Nadya de la indigencia.

Ese miércoles Nadya regresó esposada a la cárcel sin saber si seguía siendo culpable de robar ¢3.000 o si los tres jueces de apelación de Cartago encontraron errores en el proceso penal y le devolverán su estado de inocencia.

Volvió a prisión sin conocer que ese mismo día se publicó una ley que se creó precisamente para reducir las penas –incluso por debajo del mínimo– a mujeres como ella, que están en condición de vulnerabilidad. Regresó al Vilma Curling sin advertir que, tal vez en el futuro, esa reforma minimice su tiempo de encierro, como ocurrió con otras mujeres gracias a una reforma anterior que se enfocó en aquellas que por necesidad introducían drogas a centros penales.

Al verla salir por la puerta de la sala de juicio, vestida de persona libre, con el rostro esperanzado y sus palabras recordándome que al día siguiente tendremos otra entrevista en la prisión, recuerdo lo que me respondió días atrás cuando le pregunté qué decisiones del pasado quisiera cambiar: –Haría todo diferente, me dijo.

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