La Corte Suprema de Justicia envió esta mañana una consulta facultativa de constitucionalidad a la Sala Constitucional sobre el proyecto de Ley Marco de Empleo Público, después de que este fuera aprobado anoche con 36 votos a favor y ocho en contra.
De acuerdo con el documento, la Corte consulta a los magistrados de la Sala Constitucional los artículos 6,7,9,12,13, 16, 24, 28, 32, 33, 34, 36, 49 y normas conexas del expediente 21.336, impulsado por este Gobierno.
Según expone la Corte, con este proyecto podría estarse afectando las competencias constitucionales exclusivas y excluyentes de la Corte Suprema de Justicia, respecto del gobierno del Poder Judicial, en materia de regulación, ordenamiento, dirección, control de la relación de empleo de los servidores judiciales, al trasladar parcialmente las indicadas competencias para ejercicio del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan), dependiente del Poder Ejecutivo.
Esto permitiría que el Mideplan “dicte directrices y actos de alcance general obviando la existencia de los órganos de gobierno y administración del Poder Judicial”, añade el documento.
También argumentan que se estaría violentando la reserva de ley en materia de regulación propia del Poder Judicial prevista por la Asamblea Nacional Constituyente, ya que Mideplan quedaría encargado de regular el empleo en el Poder Judicial, fundamentalmente en lo que se refiere a las “familias” de salarios, obviando la existencia de los órganos de gobierno y administración del Poder Judicial.
La Corte se opone a que se establezca parcialmente una relación de dirección y de control directa entre el Mideplan y la Dirección de Recursos Humanos del Poder Judicial.
Asimismo, explica que el proyecto afectaría las competencias constitucionales exclusivas y excluyentes de la Corte “en materia de fijación de las políticas salariales de las personas servidoras del Poder Judicial, al dejar la misma a definición de órganos del Poder Ejecutivo y aprobación del Consejo de Gobierno”.
La Corte incluso sostiene que se podría afectar las competencias de la Corte orientadas a “proteger la independencia e imparcialidad de las personas Juzgadoras”, al trasladar amplias competencias de dicho órgano constitucional a la Dirección General de Servicio Civil.
Y señala que todo esto tendría “serias consecuencias en nuestro sistema institucional y en la distribución de Poderes” y que “podría estarse planteando una regresión de la independencia de poderes al potencializar las competencias del Poder Ejecutivo, debilitando las garantías de protección de la independencia judicial, inherentes al derecho fundamental de las personas a la justicia” y destinado a la protección de derechos fundamentales.
Cuando el proyecto fue aprobado anteriormente en primer debate el 17 de junio, la Corte también envió una consulta de constitucionalidad; sin embargo, cuando la Sala resolvió sobre la misma, declaró inevacuable la consulta formulada por la Corte.