País

Corte plena remitirá consulta de constitucionalidad sobre proyecto de Empleo Público

El acuerdo se tomó por mayoría de los magistrados presentes, con una votación de 18 votos a favor y 2 en contra

La Corte Plena acordó plantear una consulta facultativa de constitucionalidad sobre el proyecto de Ley Marco de Empleo Público (21.336), refiriéndose a las eventuales afectaciones que podrían darse sobre las competencias constitucionales del Poder Judicial, respecto al contenido y efectos de las normas que propone la iniciativa.

En todo caso, la materialización de este acuerdo, por parte de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, queda sujeta a la aprobación del mencionado expediente legislativo, en primer debate.

El objetivo de la consulta, es que se analice “la incidencia y afectación de los principios de separación de poderes, independencia judicial y autonomía organizacional administrativa, respecto a las normas que se proponen sobre el Poder Judicial”, dice un comunicado emitido por el Poder Judicial.

Según el escrito, la iniciativa de ley establece la rectoría del Ministerio de Planificación y Política Económica (Mideplan) “sobre un porcentaje significativo de la población judicial”.

La consulta en cuestión se basa en el criterio judicial emitido por Corte Plena el 17 de noviembre de 2021, así como criterios de la Procuraduría General de la República (PGR); y se establecen cuatro ejes temáticos relacionados con la rectoría del Mideplan sobre un porcentaje importante de los servidores judiciales.

En primer lugar, se considera que se “obvia las funciones y competencias de gobierno” que ejercen algunos órganos judiciales, tales como el Consejo Superior y la Corte Plena, en temas de reclutamiento, selección del personal, capacitaciones, evaluación del desempeño, entre otros.

Lo anterior, respecto a la relación de “carácter vertical y directa que se plantea entre el Mideplan y la Dirección General de Servicio Civil, con las oficinas de gestión humana, que incluye a la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial y otros órganos judiciales”.

Asimismo, se cuestiona el hecho de que “se omite las relaciones de cooperación y coordinación en los temas medulares, entre el órgano rector y los órganos de gobierno judicial”.

Además, en el comunicado se indica que, si solo se excluye de la aplicación del proyecto 21.336 a los jueces, entonces el 89,08% de la población judicial quedaría sometida a la rectoría del Mideplan. Eso corresponde a 11.624 trabajadores del Poder Judicial.

Igualmente, si también se excluye al personal de fiscalía y de la Defensa Pública, sería el 79,89% de los empleados judiciales los que quedarían bajo la competencia del ministerio, un total de 10.425 personas.

En la misma línea, si la exclusión se amplia también al escalafón de la policía judicial, entonces la cifra de colaboradores judiciales bajo los lineamientos, reglamentos y directrices del Mideplan alcanzaría el 63,90%, equivalente a 8.338 personas.

 

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