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Corte Plena acuerda primeras modificaciones a reclutamiento en el Poder Judicial

Personas magistrados acordaron cambiar aspectos sobre idoneidad para los puestos e imposibilidad de contratar a quienes tengan condenas en su contra.

Magistradas y magistrados votaron este lunes por realizar cambios en el reglamento que define el proceso de reclutamiento para funcionarios en el Poder Judicial.

Los cambios giraron en torno a la redacción de aspectos como idoneidad de los participantes, sus antecedentes penales y estado de quiebra o insolvencia.

“Este trabajo consistió en distintas sesiones al que se remitieron propuestas, con una especie de llamamiento a la sociedad civil, y a todas las organizaciones relacionadas con el Poder Judicial y los servidores judiciales para que hicieran las propuestas que tuvieras a bien presentar”, dijo el presidente de la Sala Segunda, Orlando Aguirre.

La primera modificación se hizo sobre las capacidades de las personas para ocupar un puesto. La anterior redacción indicaba que “para ingresar al servicio judicial se requiere estar capacitado mental y físicamente para desempeñar la función”, la cual la magistrada de la Sala Primera, Damaris Vargas, objetó por razones de discriminación.

Por unanimidad, se aprobó definir el artículo como “se debe tener probidad y la idoneidad comprobada  para desempeñar la función, según su naturaleza y de acuerdo con las competencias establecidos”.

El segundo acuerdo fue establecer como vinculante los estudios interdisciplinarios que se realizan sobre las personas proponentes, para “garantizar la eficiencia y el buen funcionamiento del servicio público, además de maximizar y proteger los recursos públicos”. Esta opción tuvo 15 votos a favor y siete en contra.

En tercer término, se decidieron las condiciones que imposibilitan el reclutamiento de alguna persona en el servicio judicial, a nivel de ordenamiento jurídico.

“No podrán ser nombradas las personas contra quienes hayan recaído auto firme de apertura a juicio, tampoco quienes hayan sido condenados a delitos con pena de presión, estén sometidos a penas de inhabilitación para el desempeño de cargos públicos u oficios públicos, ni las declaradas judicialmente en estado de quiebra e insolvencia”, acordó la Corte.

La próxima semana se analizarán más modificaciones al reglamento, entre los que incluyen qué pasa con una persona que se compruebe consumo algún tipo de droga.

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