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Consejo Superior del Poder Judicial retira recomendación a jueces de aprobar allanamientos por fiestas

Sindicatos habían pedido dejar sin efecto la circular porque consideraban que era una intromisión a la independencia de las personas juzgadoras.

El Consejo Superior del Poder Judicial acordó este viernes dejar sin efecto una circular en la que se recomendaba a los jueces de la República aprobar las órdenes de allanamiento en domicilios particulares ante posibles fiestas clandestinas.

El pasado 30 de abril, los altos jerarcas  hicieron de conocimiento de todos los despachos judiciales del país que conocen materia penal y contravencional la importancia de dar atención oportuna a las solicitudes de allanamiento presentadas tanto por el Ministerio de Salud como por el Ministerio Público.

El Consejo aseguró que su intención no fue imponer un criterio, sino dar una recomendación, pero que ante los cuestionamientos de los sindicatos tomaron la decisión de retirar la petición.

“Por no ser las circulares vinculantes, simplemente informativas,  no existe ánimo en este Consejo de mantener una circular en la que pueda confundir la voluntad por la cual fue emitida, y ser entendida como una intromisión a la independencia judicial. Con el mismo fin se considera que lo prudente y procedente es dejar sin efecto la circular cuestionada”, dijeron.

El secretario general del Sindicato de la Judicatura (Sindijud), Jorge Morales, había solicitado la revocatoria, argumentando que se lesionaba, precisamente, la independencia de los jueces de la República.

“Dicha circular resulta excesiva, por cuanto (…) se trata de un tema ajeno a la competencia estrictamente administrativa del Consejo Superior del Poder Judicial, resulta invasiva de la independencia de cada juez y podría considerarse una presión para que los jueces resuelvan conforme al deseo del Ministerio del Salud”, criticó.

Por su parte, el secretario general del Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores del Poder Judicial (Sitrajud), Jorge Eduardo Cartín, cuestionó el uso de medios formales para dar dichas recomendaciones.

“Ese accionar del Consejo Superior constituye un exceso de poder, por cuanto se ha atribuido competencias inexistentes en nuestro ordenamiento jurídico. En razón del medio utilizado, se constituyen en directrices de carácter vinculante y su no aplicación o desacato podría traer consecuencias de carácter disciplinario y laboral para quienes se aparten de esas disposiciones”, dijo.

La decisión del Consejo Superior fue dejar sin efecto el acuerdo tomado en la sesión extraordinaria del 30 de abril de 2021, así como la circular emitida sobre el tema el mismo día.

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