Esta mañana, la Asamblea Legislativa aprobó nueva normativa para multar a quienes desacaten las previsiones sanitarias de tránsito y aislamiento durante la emergencia por coronavirus (Covid-19).
Los diputados aprobaron en segundo debate modificaciones para la Ley de Tránsito (9078) y la Ley General de Salud (5395). Las multas fueron anunciadas en la conferencia de prensa acostumbrada, el viernes pasado, y tramitadas durante esta semana por el Congreso.
Su vigencia comenzará en la madrugada del sábado 4 abril, cuando los cambios sean publicados en el diario oficial La Gaceta.
Las restricciones vehiculares ampliadas para la Semana Santa fueron anunciadas para cubrir este viernes.
Les recordamos las placas que no podrán circular a partir de hoy viernes 3 de abril y hasta el martes 7, según las nuevas medidas de restricción vehicular.
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— Semanario Universidad (@SemanarioU) April 3, 2020
En el caso de Tránsito, la sanción añade una nueva “multa categoría C” para el “el conductor que circule un vehículo en las vías y durante los días o las horas cuyo tránsito sea restringido por emergencia nacional decretada”.
El monto de la multa por incumplimento es de ¢107.768. La licencia del conductor también recibirá seis puntos de penalización por la infracción. El vehículo, también, puede ser penalizado con un retiro de placas.
La misma ley, ahora, tiene una definición para la “Restricción vehicular en emergencia nacional” que el Poder Ejecutivo puede aprobar por decreto “indicando las áreas o zonas, días u horas y las excepciones en las cuales se aplicará”. El Poder Ejecutivo no tiene autorización para que sea “de carácter absoluto”.
Están fuera de la restricción una serie de vehículos de servicios públicos: las ambulancias, los bomberos, los cuerpos policiales, el Organismo de Investigación Judicial del Poder Judicial, grúas, vehículos de rescate y otros “que se determinen, vía decreto ejecutivo, con su respectiva fundamentación”.
La aprobación de la multa de tránsito recibió el voto afirmativo de 46 diputados. Únicamente votó en contra Pedro Muñoz (Partido Unidad Social Cristiana).
Igualmente, Muñoz votó contra la reforma a la Ley General de Salud que también establece multas para el incumplimiento del aislamiento sanitario.
Las multas sanitarias tienen tres costos, según la gravedad del incumplimiento. En el caso menos oneroso se trata de ¢450.200; la multa más alta es de de ¢2.251.000.
La recaudación por las infracciones de tránsito será usada para “financiar ayudas a personas afectadas económicamente por dicha emergencia”.
En el caso de salud, el dinero irá a la “caja única del Estado que será administrada por el Ministerio de Salud”.
Razón de la multa |
Penalización asignada |
Conductor que irrespete la restricción vehicular decretada durante estado de emergencia. |
Multa de ¢107.768.
Seis puntos en la licencia del conductor. Retiro de placas para el vehículo. |
Persona con factores de riesgo de un cuadro grave por una enfermedad contagiosa que desacate su orden de aislamiento. |
¢450.200 (un salario base). |
Persona sospechosa de enfermedad contagiosa, aún sin presentar signos evidentes de la enfermedad y que desacate su orden de aislamiento. |
¢1.350.600 (tres salarios base). |
Persona que tenga diagnóstico de una enfermedad contagiosa. |
¢2.251.000 (cinco salarios base). |