El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) decidió establecer un proceso de resolución de la Financiera Desyfin S.A. en lugar de una quiebra, lo que implicó que no se tocaran los recursos del Fondo de Garantía de Depósitos que corresponden a ₡3.590.877.003. Lo mismo sucedió con el reciente caso de Coopeservidores, que entró a una resolución y que también evitó que se usara el fondo por ₡1.622.816.984.
El Fondo de Garantía de Depósitos, que es administrado en el Banco Central de Costa Rica (BCCR), tiene como objetivo proteger a inversionistas o ahorrantes de una entidad financiera que quiebre y establece que a todas estas personas se les devuelva un máximo de ₡6 millones.
Aunque los montos parecen pequeños, la ley plantea que, en caso de tener que responder ante una quiebra, al Fondo se le sumaría una reserva de dinero que están obligados a aportar los bancos, financieras y cooperativas y que resguarda el Banco Central, denominado, encaje mínimo legal.
Se trata del encaje mínimo legal que al día de hoy está en ₡277.762.393.112 para las entidades financieras privadas y para las cooperativas es de ₡60.568.536.566, según datos del BCCR a agosto, lo que implica que el fondo cuenta con mayores recursos para responder a los afectados ante una quiebra.
Gran cantidad de personas que se han visto afectadas por las intervenciones y resoluciones de Coopeservidores y recientemente de Desyfin han cuestionado que estos recursos no se utilicen para ayudarles a recuperar un poco más del dinero que perdieron en dichas entidades.
El economista Welmer Ramos aseguró que era mucho mejor que el Conassif hubiera declarado la quiebra de Coopeservidores y Desyfin, de manera que entrara a responder el Fondo de Garantía de forma inmediata y luego le correspondería al curador minimizar las pérdidas de los acreedores vendiendo los activos o el “banco bueno”.
“Por ejemplo, si alguna entidad se interesara por el ‘banco bueno’, como lo hizo el Banco Popular con Coopeservidores, esto implicaría que los acreedores recuperarían más plata de lo que están recuperando con el proceso de resolución, porque ya se les hubiera entregado los ₡6 millones del Fondo de Garantía y la ganancia de la venta se repartiría entre todos”, detalló Ramos.
Consultada a la Administración de la Resolución de Desyfin, se indicó que, al rendir el informe final de intervención de la Financiera Desyfin, valoraron la posibilidad legal de utilizar los recursos del Fondo de Garantía de Depósitos, pero, desde su perspectiva, es legalmente imposible por lo establecido en el artículo 39 de la ley 9816, que plantea que, para establecer la quiebra, el total de los activos de la entidad deben ser insuficientes y que debe privar la regla de menor costo.
“Los activos del balance ascienden a ₡125.217 millones (incluidas disponibilidades por ₡5.044 millones e inversiones en instrumentos financieros por ₡35.386 millones), los cuales de forma holgada cubren los depósitos garantizados que ascienden a ₡7.015 millones”, aseguró la Administración de Resolución.
Por su parte, Ana Rita Mora, directora del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), recordó que el fondo creado por la ley 9816 era un requisito esencial para poder ingresar a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) porque fortalece la red de seguridad financiera del país.
“Lo primero es evitar el descalabro de una entidad, pero, si se da una crisis, corresponde a los entes supervisores determinar si corresponde un proceso de resolución o ir a un proceso concursal (quiebra)”, explicó Mora.
Tanto en el caso de Coopeservidores, como Desyfin, el Conassif ordenó la intervención y pronto la resolución de ambas entidades, pero Mora aseguró que previo a la resolución ellos estaban listos en caso de tener que recurrir al fondo y pagarle a los afectados.
A criterio de Adriana Rojas, abogada especialista en consumo financiero, la vía no era usar el Fondo, pues si se logra vender el “banco bueno” de Desyfin, al menos se podría obtener un porcentaje mayor a los ₡6 millones, que es lo que se devolvería con el Fondo de Garantía.
“Ahora, si no se logra vender el ‘banco bueno’, que es el peor escenario, entonces, el Conassif deberá pasar a la disolución de la entidad financiera, en otras palabras, la quiebra, y ahí sí aplicaría el Fondo”, detalló Rojas.
Pero, para el economista Luis Carlos Olivares, debería utilizarse la garantía del encaje mínimo legal para el monto máximo de ₡6 millones y luego tomar lo disponible del fondo de garantía, porque los recursos están ahí para ese fin.
¿Es eficiente el Fondo de Garantía?
“El Fondo no se creó para salvar a los grandes inversionistas, sino para proteger a los más vulnerables que tienen sus ahorros en la entidad que quiebra, pero no se entiende como un salvavidas de una mala gestión de una entidad financiera supervisada que no cumplió con la normativa”, señaló Ana Rita Mora.
Empero, hay muchas personas que se han visto afectadas y no son grandes inversionistas, por ejemplo, el Régimen de Pensiones del Poder Judicial tenía invertido en Desyfin más de ₡5.350 millones y el Fondo de Capitalización Laboral (FCL) administrado por el Banco Popular había invertido ₡500.026.320 al 31 de julio de 2024, por ende, recursos de las pensiones de miles de trabajadores se perdieron en la financiera.
Además, añadió la directora del Fondo de Garantía, que, de usarse los recursos, incluyendo la garantía del encaje mínimo legal se vería afectado el resto del sistema financiero que aporta a esta reserva.
Si se usa la reserva del encaje, todo lo que se gaste deberá ser recuperado, de manera que, los bancos o entidades financieras tendrán que reponer los recursos que se tomen, en un plazo que establecería el Banco Central, es decir, el resto de las entidades tendrán que responder solidariamente por el descalabro de Desyfin.
“La gente no es la responsable de lo que está pasando, hay que tomar en cuenta que estamos bajo un régimen de supervisión, hay muchos factores que pesaron en el tema de Desyfin, entiendo que tenían años de presentar informes con supuesta información falsa, habría que ver toda la fotografía”, analizó.
Adriana Rojas cuestionó el rol que están desempeñando el Conassif y la Sugef en relación con la no supervisión preventiva para evitar que estos descalabros sucedan, porque hubo personas que metieron inversiones seis meses antes del anuncio de la intervención y, si la entidad tenía una situación de insuficiencia patrimonial, ¿por qué las entidades competencias no lo informaron a los consumidores financieros?
“La comunidad tiene derecho a información clara y pronta para tomar sus decisiones de consumo, la justificación de las supervisoras es que el presupuesto no les alcanza para cumplir a cabalidad sus responsabilidades y por ello quieren que el sistema sea más pequeño, eso no los exime de la responsabilidad, además, en el país existe el problema que no se pueden asegurar de forma voluntaria este tipo de inversiones”, dijo la abogada.
Recursos del Fondo de Garantía
Los recursos del Fondo de Garantía de Depósitos donde están las entidades financieras privadas es el “compartimento formado con las contribuciones de los bancos privados, las sucursales de bancos extranjeros y de las empresas financieras no bancarias” y, para el caso de las cooperativas, también hay un compartimento aparte.
Fuente: Dirección del Fondo de Garantía de Depósitos administrado por el Banco Central de Costa Rica.
