El presidente de la República, Carlos Alvarado, junto a varios miembros de su Gabinete, lanzaron la mañana de este jueves una serie de argumentos jurídicos, técnicos y también éticos, ante los magistrados de la Sala Constitucional, para defender los recortes realizados a las pensiones consideradas “de lujo”.
Los argumentos se dieron durante una audiencia en la que los jueces escucharon a las partes de una acción de inconstitucionalidad que pretende que se anulen las disposiciones legales que aplicaron topes y contribuciones solidarias para las jubilaciones con cargo al presupuesto nacional y que superan los diez salarios base (actualmente son ¢2,7 millones).
Los accionantes son los exfuncionarios públicos jubilados Álvaro Valerio Sánchez, Jorge Antonio Bagnarello Orozco, Óscar Pizarro Martínez y Alejandro Abellan Cisneros (estos dos últimos estuvieron representados por la abogada Vera Chaves. Ellos adujeron que las normas que aplicaron rebajas violentaron los principios de debido proceso, igualdad, irretroactividad de la ley y la inviolabilidad de la propiedad privada, pues nunca se les notificó ni se les dio posibilidad de defenderse, según afirmaron.
Por parte del Gobierno, además del mandatario, asistieron la ministra de Hacienda, Rocío Aguilar; el ministro de Trabajo, Steven Núñez; el director jurídico de Casa Presidencial, Marvin Carvajal, y el jerarca de la Dirección Nacional de Pensiones (DNP), Luis Paulino Mora Lizano.
Al hablar ante los magistrados, el presidente Alvarado expresó que abogaba por el fin de las pensiones de lujo y que lo hacía con el respaldo de razones “jurídicas, financieras, técnicas y éticas”.
“Es imperativo garantizar a toda persona un ingreso digno. La pensión busca asegurar una vida digna a las personas adultas mayores, no el enriquecimiento de unos en detrimento de las mayorías”, expresó el mandatario.
Alvarado se refirió a la necesidad de resguardar la sostenibilidad de los regímenes y a que estos sean flexibles según la realidad económica del país.
La ministra de Hacienda recordó que la ley 7858 -que establece un tope a las pensiones cuando los ingresos del régimen sean menores que los gastos- existe desde 1998, pero se empezó a aplicar apenas en el 2014 cuando el entonces ministro de Trabajo, Víctor Morales, pidió un estudio financiero sobre el tema.
Ahora, dijo Aguilar, los ingresos por cotizaciones de los regímenes con cargo al presupuesto nacional apenas significan el 7% de los gastos que tienen.
Además, esas pensiones representan el 2,9% del Producto Interno Bruto (PIB) y el 22% de todos los ingresos que tiene el Estado.
“No es sostenible que el Estado costarricense pueda mantener ese nivel de pensiones, quizás sin calificarlas, pero que son muy superiores a las que la mayoría de costarricenses hoy día perciben. Pensiones que superan los límites de un sistema solidario como el de la Caja (el tope en el IVM es de ¢1,5 millones)”, apuntó.
Los criterios de carácter legal los brindó el director jurídico de Casa Presidencial, Marvin Carvajal, quien argumentó que la acción de inconstitucionalidad carece de fundamentación pues, por ejemplo, se alega violación al principio de irretroactividad de la ley pero no se fundamenta, según dijo.
“Un derecho adquirido ocurre cuando las pensiones han ingresado al patrimonio de la persona”, indicó.
Carvajal explicó que el Gobierno no pretende la devolución de pensiones que ya fueron entregadas, sino establecer un “mecanismo razonable de retribución” para las próximas erogaciones.
El director Nacional de Pensiones, Luis Paulino Mora, mencionó que las medidas tomadas significan un ahorro de ¢52.000 millones al año, que es un 5,5% en el presupuesto para pensiones y un 0,6% del presupuesto nacional. Actualmente, las jubilaciones pagadas con dinero estatal son el 10,2% del presupuesto del país.
Los magistrados todavía deben resolver otras acciones en contra de las rebajas, entre ellas, las de un grupo de exdiputados y las de hijas de exfuncionarios públicos que tenían pensiones heredadas de sus padres debido a que la ley se los permitía porque nunca se casaron.
Los jueces que estuvieron presentes hoy fueron Fernando Castillo (presidente de Sala, Paul Rueda, Fernando Cruz, Luis Fernando Salazar, Marta Esquivel, Alejandro Delgado y Mauricio Chacón.
Tercero imparcial avala rebajas
En la audiencia también participó la Procuraduría General de la República (PGR) como un ente imparcial y asesor de la Sala, según dijo el procurador Julio Jurado.
Jurado explicó que los topes aplicados, así como las contribuciones solidarias que deben hacer estos pensionados, son constitucionales.
Jurado indicó que tanto la Sala Constitucional como la Corte Interamericana de Derechos Humanos han avalado los topes a los montos de las jubilaciones.
Según dijo, el tema central de la acción es la irretroactividad de la ley, es decir, si se afectaron derechos adquiridos y situaciones jurídicas consolidadas.
“La doctrina ha establecido que, en cuanto a los derechos, existe un contenido intangible, que es el derecho mismo y que no puede modificase, pero tiene también un elemento dinámico que tiene que ver con los efectos y este sí es modificable por la legislación”, explicó.
El procurador general aclaró que, en este caso, el derecho adquirido es tener la pensión, pero el efecto que sí se puede modificar es el monto. Advirtió que es tarea de los magistrados determinar cuánto se puede rebajar la pensión para que no se afecte la dignidad humana de los adultos mayores.
Además, consideró que estas medidas persiguen la sostenibilidad de los regímenes. “No es un tope antojadizo, hay criterios”, afirmó.