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Chaves se valió de portillo a la regla fiscal para aumentar salario de ministros

Documento de la Procuraduría avaló aumentazo a gabinete, al señalar que la regla fiscal sólo impide aumentos por ajuste al costo de vida, pero no por otras razones.

La Procuraduría General de la República (PGR) consideró que la regla fiscal, tal cual se fijó en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (No. 9635), no contempla como una medida extraordinaria, “la imposibilidad de otorgar un ajuste al salario base de ministros y viceministros, sino tan solo regula la improcedencia de realizar incrementos por costo de vida en el salario base, y en los demás incentivos salariales”.

Por ello, el aumento que Chaves le dio al salario base de ministros y viceministros, vía decreto N° 43585-H-PLAN-MTSS, “dista por mucho de un incremento por costo de vida en el salario base, pues se trata de revaloraciones distintas”, según se lee en un documento generado como respuesta a una consulta hecha por la diputada liberacionista Paulina Ramírez.

Es más, con mayor especificidad la PGR apuntó que del análisis de la norma que regula este aspecto de la regla fiscal en la Ley 9635, “se extrae claramente que, la limitación para realizar incrementos en el salario base y en los demás incentivos salariales, está condicionada a que estos sean por costo de vida; en consecuencia, no es una restricción genérica que impida la realización de otro tipo de aumentos en los salarios del sector público, como es el caso de lo regulado en el Decreto Ejecutivo N° 43585-H-PLAN-MTSS, del 15 de junio del 2022”.

En su consulta, Ramírez planteó precisamente si la regla fiscal no inhibía al Presidente de tomar esa medida.

“El aumento al salario base de los Ministros y Viceministros de Estado, en esta particular coyuntura fiscal, reviste de absoluto interés general. No se trata de funcionarios y funcionarias cualquiera. Se trata de aquellas personas que son órgano jerárquico superior de sus respectivos Ministerios, al mismo tiempo que dirigen y coordinan la Administración”, planteó por escrito la legisladora. .

Además, en otro aspecto notable, la PGR señaló que la Autoridad Presupuestaria “resulta competente para aplicar revaloraciones salariales a los puestos excluidos del Régimen de Servicio Civil, tal y como serían los puestos de ministros y viceministros, según lo decretado por el Poder Ejecutivo”.

Ese documento lleva la firma de Yansi Arias, procuradora adjunta de la Dirección de la Función Pública de la PGR.

Para los de arriba

El abogado laboral Esteban Calvo destacó que la primera conclusión de la PGR fue que no le correspondía “analizar la validez de los actos emitidos” por Chaves, pero posteriormente sí valora que el aumento que se hizo al salario de ministros no fue por costo de vida, sino por otras variables.

“Entonces lo que no queda claro es, para empezar, cómo esto se puede extrapolar, por así decirlo, al resto de funcionarios del Estado, sería válido aumentos salariales que no sean por costo de vida”.

El abogado que trabaja para la Asociación Nacional de Empleados Púbicos y Privados (ANEP), ponderó que si la PGR dice que regla fiscal regula la improcedencia de hacer incrementos por costo de vida al salario base y los demás incentivos salariales, entonces “queda abierto el tecnicismo para que se haga aumentos, pero claro, en este caso se ha beneficiado sólo a los ministros”.

“Parece que Chaves encontró un gran portillo para eludir la regla fiscal, se valen de un tecnicismo para hacer un aumento del 100%, no es cualquier cosa”.

Sin embargo, Calvo observó y subrayó que un aumento de ese tipo, con base en ese tecnicismo, “no lo van a ver los de abajo, solo los funcionarios de altos puestos. Ese mecanismo no se va a aplicar a la generalidad de los funcionarios sino para los excluidos del Servicio Civil, puestos de salarios más altos, los jerarcas y demás”.

El Estatuto del Servicio Civil especifica que los puestos excluidos son los de elección popular, miembros de la fuerza pública, así como funcionarios y empleados que sirvan cargos de confianza personal del Presidente o de los Ministros.

Sobre esos cargos de confianza, la misma norma establece que son “jefes de Misiones Diplomáticas y los Diplomáticos en misión temporal, el Procurador General de la República, Secretario y demás asistentes personales directamente subordinados al Presidente de la República, Los oficiales mayores de los Ministerios y los choferes de los Ministros, Los servidores directamente subordinados a los ministros y viceministros, hasta un número de diez (10). Tales servidores serán declarados de confianza, mediante resolución razonada de la Dirección General de Servicio Civil. No podrá afectarse a funcionarios incluidos actualmente dentro del Régimen de Servicio Civil”.

También se incluye los cargos de directores, subdirectores, directores generales y subdirectores generales de los ministerios, así como los de las oficinas adscritas a ellos, las desconcentradas y descentralizadas dependientes de los ministros o viceministros.

Es decir, para todos esos puestos de jerarquía, la administración podrá aumentar el salario base a través de la Autoridad Presupuestaria, siempre y cuando no lo justifique en un aumento en el costo de vida.

Cabe recordar que, gracias a una propuesta de la misma administración Chaves, el Consejo Nacional de Salarios recientemente fijó el aumento salarial para el sector privado en un pírrico 1,24%, mientras que en el sector público los salarios llevan tres años congelados.

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