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CGR señala debilidades en contrataciones del INVU

Los procesos de contratación administrativa que realiza el INVU no cumplen razonablemente con la normativa aplicable", lo transgrede la transparencia y la rendición de cuentas, además de afectar las compras y, por tanto, deficiencias en los servicios públicos, señala informe emitido este lunes.

El Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) posee débiles sistemas de contrataciones que no se vinculan con los programas de adquisiciones, sin verificación previa de inventarios y sin las justificaciones debidas en relación con el presupuestos y planes operativos.

Esto lo señaló la Contraloría General de la República (CGR) en un informe de auditoría hecho público este lunes sobre la institución creada en 1954 para planear el desarrollo y el crecimiento de las ciudades y centros menores, promover el mejor uso de la tierra, y formular urbanizaciones en atención a las necesidades, gravedad y urgencia del problema de la vivienda.

“Los procesos de contratación administrativa que realiza el INVU no cumplen razonablemente con la normativa aplicable con el fin de propiciar la eficiencia del proceso e identificar potenciales riesgos en la adquisición de bienes”, indica el informe DFOE-CIU-IF-00004-2022, fechado 18 de mayo.

El análisis de la CGR alude a evidencias de desconexión de los procesos de contratación con los planes institucionales de corto, mediano y largo plazo, además de “omisión de información en la decisión inicial, modificaciones en las cantidades de bienes a adquirir posterior a la apertura de ofertas; así como la ausencia de controles en la verificación de los inventarios previo al inicio de cada proceso de contratación”.

Por ello existen riesgos vinculados a las distintas etapas de la contratación administrativa y la carencia de algunos de los documentos necesarios en el Sistema de Compras Públicas (SICOP), añade la resolución.

“Las deficiencias señaladas no solo afectan principios elementales, como la transparencia y la rendición de cuentas, sino que inciden en una adecuada conceptualización del objeto contractual, lo cual tiene una afectación directa en las compras de bienes y servicios que se traducen en servicios públicos que no son recibidos de manera oportuna por la sociedad. Asimismo, se puede generar el riesgo de no obtener dichos bienes con la calidad y precios razonables”, se lee en las conclusiones.

Por esto, la junta directiva del INVU debe “resolver sobre la normativa institucional vinculante para regular la planificación de las compras públicas presentada por la Gerencia”, que deberá “elaborar e implementar normativa institucional vinculante que regule la planificación de las compras públicas”, de manera coordinada entre unidades, detallada para dar trazabilidad e las compras, con roles y responsabilidades determinadas, y acorde a la Ley General de Contratación Pública.

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