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¿Por qué Celso Gamboa declara nulo el levantamiento de su inmunidad?

El magistrado ya había anunciado que no permitiría una votación nominal (pública) de su procedimiento, amparándose en los artículos 101 y 104 del Reglamento Legislativo.

El magistrado de la Sala III, Celso Gamboa, cuya inmunidad fue levantada la noche de este jueves, ya anunció que “no permitirá violaciones a sus derechos fundamentales” haciendo referencia a la votación nominal con la que se desarrolló dicho procedimiento.

Gamboa se escuda en los artículos 101 y 104 del Reglamento Legislativo, en los que se indica que “deberán resolverse en votación secreta, solo los casos de acusaciones y suspensiones de funcionarios, votos de censura, compatibilidad del cargo de diputado con otras funciones y la concesión de honores”, disposición que no podrá contravenirse vía mociones o de cualquier otra manera.

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Precisamente, esta fue la manera en la que se desarrolló anoche la votación, a pesar de las recomendaciones de diputados como Jorge Rodríguez, Otto Guevara y Ottón Solís, con amplia trayectoria en el Primer Poder de la República.

La moción para hacer la votación pública contó con el apoyo de 31 de 45 diputados presentes, a la que sólo se opusieron Ottón Solís, Marvin Atencio, Marlene Madrigal (PAC), Óscar López (PASE), Luis Vásquez, William Alvarado, Rosibel Ramos, Johnny Leiva, Jorge Rodríguez (PUSC), Paulina Ramírez, Aracelly Segura, Ronald Calvo (PLN), Natalia Díaz y Otto Guevara (ML).

La mayoría de ellos alegó que hacer la votación nominal —respondiendo sí o no desde sus respectivas curules— podía viciar el procedimiento, algo que finalmente fue aprobado con ocho votos más de los requeridos

Incluso Guevara justificó su decisión final de no hacer efectivo su voto por ese motivo, enterado sobre la forma en que la se iba a realizar la votación. El reglamento estima que esta actitud se castiga con la pérdida de la dieta.

Gamboa ya había advertido su posición en una carta dirigida a la Fiscal General interina, Emilia Navas.

“Siendo yo el más interesado en que se logre determinar la verdad real de los hechos, estimo determinante solicitarle a Usted instar y advertir al Señor Presidente de la Asamblea Legislativa sobre las posibles consecuencias del no seguimiento del procedimiento establecido”.

“Lo anterior para evitar dilaciones indebidas en el presente proceso como lo pueden ser las que ataquen la forma ilegal de desafuero que pretenden realizar algunos miembros del Congreso, situación que sin duda alguna causará atrasos indebidos en el trámite de la causa penal seguida en mi contra al viciar de nulidad el proceso de desafuero para que se autorice el ejercicio de la acción penal en fase de juicio”, escribió.

Gamboa había manifestado días atrás en un tuit que “instaba respetuosamente” a los diputados para que votaran favorablemente el levantamiento de su inmunidad; sin embargo, ya manifestó a medio como ameliarueda.com que la votación de anoche fue nula y que llevará el caso hasta las últimas consecuencias.

Según el juez, esto podría dilatar sus procesos judiciales, pues no puede renunciar a su inmunidad y sólo una votación correcta de la Asamblea puede revocarla. También estimó en la red social Twitter que los “errores” legislativos podrían dejar una imagen cuestionable de favorecimientos inexistentes.

Desencuentro de posiciones

Las discusiones sobre la forma en que se votaría el levantamiento de inmunidad de Gamboa arrancaron desde el martes pasado con el inicio del proceso de discusión del informe que recomendaba el levantamiento del fuero.

Desde aquel día, distintos diputados se mostraron en contra de la intención de la mayoría, incluido el oficialista Ottón Solís, quien argumentó que “el voto secreto es esencial en la democracia, para que no hayan venganzas ni represalias”.

No obstante, la mayoría de los legisladores, entre los que destacaron Edgardo Araya (FA), Rafael Ortiz (PUSC) y Julio Rojas (PLN), afirmaron en distintas ocasiones que el procedimiento no sería viciado, considerando que no habían obstáculos legales para que la votación pudiera ser pública.

Incluso Rojas señaló en su intervención que “si bien es cierto, nuestros actos podrían ser recurridos, para mí es más importante decirle al pueblo costarricense qué estoy pensando, cómo estoy actuando y cómo voy a votar”.

Por su parte, Araya también manifestó que, en ocasiones anteriores, “la Sala Constitucional ha reiterado de que este tipo de votaciones deben ser públicas”.

La Corte Plena solicitó al Directorio del Plenario Legislativo levantar la inmunidad desde la noche del 8 de febrero, fecha desde la que se conformó una comisión compuesta por tres diputados, como dictan las leyes vigentes, que finalmente recomendó seguir las instrucciones del máximo órgano del Poder Judicial.

El caso

El magistrado suspendido Gamboa fue acusado por la Fiscalía el pasado 26 de enero porque, supuestamente, a finales del 2015 solicitó eliminar el nombre del entonces candidato a alcalde de San José, Johnny Araya Monge (actualmente jerarca de ese municipio), de una causa penal donde se le investigaba por un presunto delito de influencia contra la hacienda pública.

Esta comisión, conformada por los congresistas Juan Luis Jiménez (PLN), Marvin Atencio (PAC); y Edgardo Araya (FA), recomendó el levantamiento del fuero, en vista de que no encontró vicios de ningún tipo en la solicitud legal recibida.

Por el contrario, la comisión aprobó un informe en el que manifestó que cualquier persona, sin importar el cargo que ostente, debe someterse al escrutinio de la ley; sobre todo en caso en los que no hacerlo podría remitir a sensaciones de impunidad por hechos cometidos en la gestión pública.

En el pasado, la Asamblea Legislativa ya había votado la destitución del magistrado Óscar González; sin embargo, dicho procedimiento, solicitado por procesos disciplinarios, no requirió del levantamiento de la protección del funcionario.

Precisamente, la Corte anunció el pasado 22 de febrero que pedirá la destitución de Gamboa por los hechos ocurridos en su viaje a Panamá con el empresario del cemento chino, Juan Carlos Bolaños, una “falta gravísima” según dictaminó el caso instruido por el magistrado Orlando Aguirre en el campo disciplinario.

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