País

Caja empezará a enviar pacientes No Covid a hospitales privados a partir de este miércoles

De acuerdo con la Gerencia General de la CCSS, este mecanismo habilitado desde finales de mayo representa una gran oportunidad para la institución y el país. Los hospitales CIMA, Clínica Bíblica, La Católica y Metropolitano atenderán a pacientes No Covid de baja complejidad

La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) informó este martes que a partir de este miércoles 16 de junio empezará a derivar los primeros pacientes con patologías No Covid a centros médicos privados, en este caso desde el hospital San Juan de Dios.

Así lo confirmó el doctor Roberto Cervantes Barrantes, gerente general de la CCSS, al ministro de salud, doctor Daniel Salas, la tarde de este martes 15 de junio mediante el oficio GG-1894-2021. 

La respuesta se da luego de que Salas pidiera a la la Caja decidir si utilizaría las instalaciones de los hospitales privados o si atendería a los pacientes de estas patologías con recurso propio. 

De acuerdo con la Gerencia General de la CCSS, este mecanismo habilitado desde finales de mayo representa una gran oportunidad para la institución y el país. 

“Consideramos que es una gran oportunidad porque esta estrategia es para pacientes No Covid, y ya estamos teniendo, no una avalancha, pero sí casos de pacientes que ya no pueden esperar, entonces hay que ingresarlos. Esta estrategia nos va a permitir ampliar la capacidad hospitalaria de la Caja Costarricense de Seguro Social”, indicó Cervantes. 

De esta forma, los hospitales CIMA, Clínica Bíblica, La Católica y Metropolitano atenderán a pacientes No Covid de baja complejidad “a efecto que los centros hospitalarios de la CCSS mejoren el giro-cama y la recepción de pacientes covid-19”, indicaron. 

Se trata de pacientes COVID negativos (Prueba realizada en las últimas 48 horas), con requerimiento de hospitalización por período de 3 a 5 días, hospitalizados en cualquier especialidad que cumpla con los criterios, con un diagnóstico definido (sin necesidad de estudios diagnósticos), con necesidad mínima de pruebas complementarias, o en recuperación de condición médica o quirúrgica tratable (no paliativa).

Sobre estos criterios de inclusión, la CCSS pidió a Salud la posibilidad de valorar la modificación de  algunos de los criterios, tales como la ampliación  la cantidad de días definidos como abordaje predecible, aumentado este de 3-5 días a 10 días de hospitalización, así como incluir estudios complementarios como el TAC y la Resonancia Magnética.

Cervantes solicitó al Ministerio de Salud, como unidad ejecutora de la iniciativa, considerar estas modificaciones en el Plan de Inversión. Según este plan  los cuatro hospitales privados se repartirían hasta ₡2.400 millones. El desembolso por cada hospital dependerá de la atención brindada a cada paciente.

Según señaló hace una semana la Comisión Nacional de Emergencias a UNIVERSIDAD, los hospitales privados podrían atender a pacientes con diagnósticos de enfermedades infecciosas (microbiológicas o parasitarias); endocrinas, nutricionales y metabólicas; del sistema nervioso; del sistema circulatorio; del sistema respiratorio; del sistema digestivo; de la piel y tejido subcutáneo; del sistema genitourinario; o con traumatismos, envenenamientos y consecuencias de causas externas.

A ellos se suman pacientes hemodinámicamente estables y de quienes no se esperaría una descompensación, con condición de salud tratable y con expectativa de recuperación; sin condiciones terminales o necesidades de cuidado paliativos; sin diagnóstico de enfermedades oncológicas; sin problemas sociales que ameriten otro tipo de intervención que no sea médica, que no requieran aislamiento; que no requieran de procedimientos invasivos o quirúrgicos, o de tratamientos farmacológicos avanzados o que no son ofrecidos por la CCSS, entre otros. 

La decisión de trasladar a estos pacientes la tomaron las autoridades de Salud basadas en el artículo 368 de la Ley General de Salud, que establece que «en caso de peligro, amenaza o de invasión de epidemia y de desastre y en casos de emergencia nacional, el Ministerio (…) podrá asimismo disponer de edificios u hospitales públicos o privados, por el tiempo que el Poder Ejecutivo decrete».

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