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Aresep: “No existe ninguna limitación legal para que el MOPT-CTP” posea su propio sistema de medición de demanda de servicio de bus

Institución señala que siempre ha insistido en que datos del Sistema de Información Regulatoria, aportados por las empresas, deben ser “validados técnicamente”.

Desde la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) se indicó que “no tiene responsabilidad” respecto al “uso o interpretaciones que hagan otras entidades de informes que genere” como parte de sus funciones de seguimiento del mercado regulado.

La aclaración se da luego de que UNIVERSIDAD denunciara que el año pasado el Consejo de Transporte Público (CTP) aprobó una prórroga del esquema 70/30 de servicio de autobús con datos aportados por las propias empresas al Sistema de Información Regulatoria (SIR) de la Aresep, y que al mismo tiempo se reconoció que no cuenta con un sistema técnico específico que lo haga.

Cabe recordar que esa medida se dio a raíz de la pandemia para permitir a las empresas autobuseras funcionar con el 70% de su flota, a raíz de las medidas sanitarias.

“En el caso específico del llamado esquema 70/30 la Aresep no ha recibido alguna consulta sobre la correcta interpretación y posible uso de estos informes para esos efectos”, expresó por escrito el intendente de Transporte a.í. Paolo Varela.

Según consta en actas de la Junta Directiva del CTP, en agosto del año pasado se aprobó una prórroga del mencionado esquema y para ello se citó el informe de Aresep IN-0118-IT-2023, que da de julio, el cual como otros similares producidos en años recientes, constituye una aproximación al comportamiento de la demanda del servicio de autobús en todo el país, pero a partir de datos aportados por las propias empresas al SIR y, en ese caso, menos de la mitad de ellas.

Varela detalló que el SIR funciona desde 2018, “mediante el cual se captura la información operativa (pasajeros y carreras) y financiera remitida por las empresas de autobús” y que “para poder acceder a tarifa, los prestadores deben estar al día con la remisión de información al SIR”.

“La Aresep cuenta con este sistema por su competencia de regulación económica y de calidad de los servicios, pero no es algo que solamente Aresep pueda tener, no existe ninguna limitación legal para que el MOPT-CTP posea algo similar”, sentenció en lo que puede considerarse una alusión directa a la incapacidad reconocida en el seno de la Junta Directiva del CTP.

Añadió que “desde el inicio de la pandemia en el primer semestre de 2020”, la Junta Directiva de Aresep solicitó a la Intendencia de Transporte la remisión periódica de los informes para conocer el nivel de recuperación de demanda e ingresos de los servicios de transporte público con respecto a los niveles prepandemia, precisamente como el estudio de citado de julio del año pasado.

Destacó que en ese Informe, como en todos los que le han precedido, se incluye la aclaración de que los datos remitidos por los prestadores no pueden ser utilizados directamente en estudios tarifarios sin antes validarse técnicamente lo cual, se insiste, no se hace en este tipo de informes basados en el SIR.

Tal advertencia incluye el enunciado de que esos datos “deben de ser validados técnicamente en el momento oportuno”, conforme a lo establecido “en la metodología tarifaria ordinaria vigente (RJD-035-2016 y sus reformas), así como el Protocolo para la determinación del volumen mensual de pasajeros mediante estudios técnicos y de validación de fuentes de información en el transporte público remunerado de personas, modalidad autobús (RE-0042-JD-2019).”

Ese funcionario además subrayó que durante los años 2021 y 2022 el despacho del Regulador General y la Intendencia de Transporte remitieron al CTP “una serie de oficios donde se señalaba la importancia de que esa entidad actualizara los esquemas operativos autorizados para las rutas de autobús, pues en la gran mayoría de los casos se mantenían los esquemas prepandemia con un volumen de pasajeros menor y la oferta también disminuida en la realidad, con posibles implicaciones tarifarias pues se reconocen tarifariamente los costos asociados al esquema operativo autorizado por el CTP”.

Así, Varela aseveró que “no es correcto afirmar que la determinación del volumen de pasajeros para las fijaciones tarifarias corresponde únicamente a un acuerdo de Junta Directiva del CTP o directamente de los datos reportados por los prestadores al SIR”, pues la citada normativa modificó el procedimiento, “de manera que todo dato a utilizarse debe ser previamente validado técnica y estadísticamente”.

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