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Aresep advierte de reforma a reglamento que varía concentraciones máximas permitidas de plaguicidas en agua para consumo humano

La Aresep declaró que, a la fecha, la propuesta no les ha sido consultada formalmente.

La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) advirtió que la reforma que impulsa el Ministerio de Salud al “Reglamento para la calidad del agua potable”, para legalizar la presencia de plaguicidas en el agua para consumo humano, implicaría que el prestador del servicio tendría que realizar inversiones para hacer el análisis de riesgo específico, lo cual incidirá en la tarifa del servicio.

El 13 de diciembre de 2024, el Ministerio de Salud sacó a consulta pública una reforma al “Reglamento para la Calidad del Agua Potable” (Decreto MS-AJ-CB-2932-2024 Modificación del decreto ejecutivo No. 38924-S del 12 de enero de 2015 Reglamento para la Calidad del Agua Potable).

La propuesta de decreto sustituye el concepto de “Valores Máximos Admisibles” de plaguicidas en el agua por “Valor de Alerta”. Dice que si en el agua para consumo humano se detectan “valores de alerta” de 0,10 microgramos por litro de plaguicida, 0,03 microgramos por litro de plaguicidas organoclorados o 0,50 de total de plaguicidas, se realizará un “análisis de riesgo” para decidir cuál será el Valor máximo admisible ajustado por riesgo (VMAAR) para el plaguicida identificado en el agua. Es decir, se realizará un análisis para decidir cuál será la nueva concentración máxima permitida de ese plaguicida en el agua.

Según señala la reforma propuesta, el Ministerio de Salud, en coordinación con los entes operadores y con el apoyo de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) u otras instituciones de relevancia técnica nacional o internacional referentes a salud pública, deberá realizar este análisis de riesgo.

Por ejemplo, el decreto propuesto indica que ahora los VMAAR para metabolitos de clorotalonil en el agua potable oscilarán entre 12 y 80 microgramos por litro, dependiendo del metabolito.  Si las concentraciones de clorotalonil superan estos nuevos VMAAR, se emitirán órdenes sanitarias de clausura correspondientes para la fuente de abastecimiento, hasta que se establezca el verdadero impacto sanitario.

Hoy en día, el Reglamento para la calidad del agua potable (Decreto 38924-S) estipula que el valor máximo admisible de concentración de plaguicidas autorizados en el agua es 0.1 microgramos por litro; pero para aquellos plaguicidas cuyo uso está prohibido en el país -como es el caso del clorotalonil – el valor máximo permitido es: no detectable; es decir, cero.

De acuerdo con la propuesta de reforma, si la concentración de plaguicidas supera el Valor de Alerta y el Ministerio de Salud no tiene aún un VMAAR para ese plaguicida o metabolito identificado, el Ministerio deberá emitir las órdenes sanitarias de clausura correspondientes para la fuente de abastecimiento, hasta que se realice el análisis de riesgo y se establezca el verdadero impacto sanitario.

Reclama sólidos criterios científicos

En un oficio enviado el pasado 4 de febrero (OF-0065-IA-2025) la Aresep declaró que, a la fecha, la propuesta no les ha sido consultada.

La Aresep indicó que “la necesidad de realizar un análisis de riesgo específico para determinar la naturaleza y posible fuente de los contaminantes”, “implicaría por parte del prestador realizar inversiones entre las cuales se pueden citar: muestras de laboratorio, contratación de personal y demás recursos según disposiciones del Ministerio de Salud, para la elaboración de estos estudios, aspectos que inciden en el reconocimiento tarifario por parte de esta Autoridad Reguladora”.

Asimismo, también destacó que “al ser un asunto de salud pública, de interés colectivo, consideramos que la toma de decisiones y específicamente sobre los valores alerta establecidos debe fundamentarse en sólidos criterios científicos que le den seguridad a la población del agua que se consumen, involucrando de manera proactiva a todos los actores”.

La Aresep resaltó que “el impacto a esta problemática debe abordarse desde un enfoque preventivo, donde los operadores dentro de su control de calidad puedan frecuentemente elaborar análisis de calidad del agua referentes a moléculas de contaminantes específicos”.

El oficio citado fue enviado a los colectivos ecologistas Bloque Verde, Red de Coordinación en Biodiversidad, Frente EcoCipreses y al doctor en Ciencias Agrícolas Jaime García, en respuesta a la “Carta Pública a Aresep, Universidades, Asadas, la Defensoría de los Habitantes y sociedad civil” enviada sobre este tema.

Piden detener la reforma

El Instituto Regional de Estudios en Sustancias Tóxicas (IRET) de la Universidad Nacional (UNA) también emitió un pronunciamiento en el que solicitó a la ministra de Salud Mary Munive detener la modificación del decreto. El IRET planteó que es necesario ampliar la discusión técnica de los valores máximos admisibles de contaminantes como el plaguicida clorotalonil, sus metabolitos y otros compuestos químicos, y de las amplias implicaciones que este cambio normativo tendría en la calidad de las aguas de consumo humano, la salud humana y ambiental.

De acuerdo con el IRET, la modificación propuesta debilita la legislación para la protección de la calidad del agua, ya que convierte el valor de admisibilidad a un valor de alerta y, por ejemplo, en el caso de los metabolitos del clorotalonil, “esto resulta en un aumento de las concentraciones permitidas por un periodo indefinido”.

También afirmó que “bajo el principio de no regresión ambiental, la normativa no debería retroceder respecto a los niveles de protección alcanzados con anterioridad”, considerando que la Constitución Política consagra el derecho de toda persona a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, así como el derecho humano, básico e irrenunciable de acceso al agua potable, como bien esencial para la vida.

De igual manera, el Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica (UCR) solicitó a la ministra Munive “reconsiderar su decisión, en aplicación del principio precautorio, y conformar un comité técnico intersectorial que facilite una discusión más amplia sobre los mecanismos técnicos y logísticos para su implementación”.

El Consejo también expresó su solidaridad “con las comunidades que actualmente enfrentan la exposición a plaguicidas en su agua de consumo, reconociendo los riesgos que esto representa para su salud y bienestar, así como la necesidad urgente de tomar medidas para proteger su derecho a un acceso seguro y libre de contaminantes”.

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