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Ajustes a proyecto de jornada de 12 horas no salvan su inconstitucionalidad

Las reformas presentadas por el Gobierno son consideradas insuficientes por abogados laboralistas y constitucionalistas, quienes aseguran que se mantiene inconstitucional al volver ordinaria una jornada que debe ser extraordinaria, la cual se debe evitar por su alto impacto negativo en la salud y los salarios de las personas que las asuman.  

Los ajustes realizados por el Gobierno al proyecto de ley de jornadas comprimidas de 12 horas son considerados insuficientes por abogados constitucionalistas y laboralistas, quienes aseguran que se mantiene inconstitucional porque vuelve ordinaria una jornada extraordinaria que debe ser evitada por su impacto negativo en la salud y en los salarios de las personas que las asuman.

El proyecto propone comprimir las 48 horas de trabajo semanal en cuatro días, con posibilidad de realizar 12 horas extras adicionales en uno de los días libres y acumular hasta 60 horas de trabajo en una semana.

“El último texto sustitutivo solo tiene maquillajes. No corrige los problemas de constitucionalidad y también transgrede los Convenios de OIT”, Jaime Ordoñez

Los especialistas aseguran que esta propuesta violenta la Constitución Política, el Código de Trabajo y el Convenio número 1 con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que establece ocho horas diarias como jornada máxima con excepción de casos casos de excepción muy calificados.

“El último texto sustitutivo solo tiene maquillajes. No corrige los problemas de constitucionalidad y también transgrede los Convenios de OIT”, dijo Jaime Ordoñez, abogado constitucionalista y director de la Cátedra de Teoría del Estado de la Universidad de Costa Rica (UCR).

Figuras del Gobierno y de la fracción oficialista en la Asamblea insisten en que las jornadas comprimidas de 12 horas deben aprobarse porque ya son aplicadas, pero el abogado constitucionalista Hubert May los cuestiona: “La gente también mata a otras personas y no por eso debe legalizarse. No hay que justificar o legalizar la excepcionalidad, sino proteger al trabajador”.

Coincidió Ordoñez: “El hecho de que una violación de la ley exista, o una patología legal o jurídica, no la legitima. Lo que tiene que hacer el sistema político y jurídico para proteger a sus ciudadanos es corregirlo. Es un argumento que no tiene cabida”.

May mencionó que la Sala Constitucionalidad ya ha dicho que el cambio propuesto es hacer ordinario lo excepcional y aseguró que el Gobierno no tiene evidencia que demuestre que las empresas no puedan mantener su funcionamiento con el actual marco jurídico y manteniendo las jornadas ordinarias de ocho horas.

El abogado laboralista Esteban Calvo también coincide en que los ajustes “en nada” subsanan los roces de inconstitucionalidad que el proyecto original arrastró por años, porque la “técnica” que utilizó el Poder Ejecutivo no delimita de forma específica a actividades que con evidencia puedan demostrar no poder trabajar con el marco jurídico actual.

“Sigue siendo una denominación amplia y genérica que no cumple con la excepcionalidad muy calificada y de la misma forma con las jornadas analizadas”, aseguró.

Ordoñez anunció que de no rechazarse por la Sala Constitucional, lo llevaría, en conjunto con otros abogados y organizaciones, a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) porque “en temas de derechos humanos no se puede aplicar el principio regresividad. Una vez que un derecho está formalmente incorporado no se puede retroceder porque sería inconstitucional”, explicó.

“Ajustes regresivos”

La más reciente versión del expediente 21.182, tras tres sesiones de mesas de diálogo, convocadas por el Gobierno y terminadas sin acuerdos, mantiene el mismo panorama político con el que empezó: una amplia oposición de los sectores sindicales y de mujeres frente a un amplio apoyo del sector empresarial.

Al finalizar las reuniones, las organizaciones sindicales del sector público y privado emitieron un criterio conjunto en el que se declararon en contra de su aprobación por no conciliar el trabajo con el descanso y la vida familiar, lo que aseguran traería consecuencias en la salud de las personas trabajadoras.

El proyecto original fue propuesto por la exdiputada liberacionista Ana Lucía Delgado y convocado por el gobierno de Carlos Alvarado sin éxito, y Calvo considera que algunos de los cambios realizados por la administración no solo no resuelven los vicios previos, sino que son “aún más regresivos”.

Al igual que el proyecto original, la nueva versión no fortalece de la Red de Cuido ni la Inspección Laboral, a pesar de que su aprobación presionará a ambos servicios (que no dan abasto ni para la demanda actual), pero además Calvo señala que en la nueva versión será la persona empleadora quien define unilateralmente el día de descanso absoluto y este podrá ser cambiado con 48 horas de anticipación (antes era por acuerdo mutuo). También se eliminaron los servicios de alimentación obligatorios anteriormente contemplados.

El cambio de fondo planteado en la nueva versión del Gobierno es el reconocimiento de horas extras. Este incluye un artículo transitorio, que da un reconocimiento económico adicional a la persona trabajadora que asume las jornadas en el mismo trabajo, con el mismo empleador y que demuestra que ya percibía de forma regular horas extras. Este reconocimiento no lo recibirán las nuevas contrataciones.

Otro novedoso cambio anunciado en el nuevo texto es el establecimiento de los tres meses de prueba para quien opte por esta jornada, sin embargo, si la persona trabajadora por diversos motivos rechaza continuar en esa modalidad, igual quedará en manos del empleador devolverlo a una jornada ordinaria o liquidarlo.

En Costa Rica se laboran 400 horas más que en la UE

Costa Rica trabaja en promedio 400 horas más al año que los países de la Unión Europea y muchos de los países que conforman esta organización —o las empresas que están en funcionamiento en estos países— están contemplando reducir aún más sus jornadas hasta 32 horas a la semana para implementar las jornadas flexibles.

“Los empresarios en Costa Rica deberían tener más apertura en la flexibilización del trabajo, como está sucediendo en Europa, con negociación de convenciones colectivas con el sindicato. Muy por contrario a estas experiencias, en un sentido inverso, las patronales de nuestro país promueven políticas típicas de un periodo jurásico que pretenden destruir la jornada de ocho horas y extinguir los derechos de la clase trabajadora”, reclamó el abogado laboralista Manuel Hernández.

El jurista sostiene que en Costa Rica sí es necesaria una jornada 4×3, pero con reducción de jornada y manteniendo el salario, como lo implementan las empresas europeas —incluso voluntariamente— para mejorar su productividad.

“Nuestras jornadas son excesivas, las personas trabajadoras deberían tener más tiempo para realizarse como personas y ciudadanos ¿Qué oportunidades reales le dejan las jornadas de 12 horas a las personas de zonas rurales y a las mujeres madres? Para tratar de comprender este proyecto hay que tener conocimientos de paleontología porque nos devuelve al siglo XVIII”.

Hernández recordó que Costa Rica cedió a la presión de los empresarios y no aprobó el convenio 190 de la OIT acerca de la eliminación del acoso laboral y sexual en el trabajo, en compañía “de algunos de los países más fascistas”.

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