Dos abogados hicieron un llamado al Consejo de Salud Ocupacional para que tome en cuenta la perspectiva de género al definir las labores pesadas, insalubres o peligrosas después de que se aprobara un proyecto de ley que elimina la prohibición que existía en el Código de Trabajo para que las mujeres realicen este tipo de labores.
Esta tarde fue aprobado en segundo debate el proyecto de Ley para la libertad de elección de empleo de las mujeres (Reforma de los artículos 87 y 90 del Código de Trabajo).
El expediente 22.509 fue propuesto por la diputada liberacionista Silvia Hernández, quien esta tarde dijo que “aunque es una reforma puntual a dos artículos del Código de Trabajo, sus implicaciones resultado y necesidad de reforma es muy potente” porque “son dos antiguas grotescas prohibiciones que van en contra de las mujeres”.
El proyecto reforma el artículo 87 del Código de Trabajo, que anteriormente decía: “Queda absolutamente prohibido contratar el trabajo de las mujeres y de los menores de dieciocho años para desempeñar labores insalubres, pesadas o peligrosas, en los aspectos físico o moral, según la determinación que de éstos se hará en el reglamento”.
En el nuevo texto se eliminó a las mujeres de dicho párrafo.
Asimismo, se reformó el artículo 90, que anteriormente señalaba: Las prohibiciones anteriores comprenderán asimismo los siguientes casos: El ejercicio por cuenta propia o ajena de un oficio que se practique en las calles o sitio públicos, siempre que lo haga un varón menor de quince años o una mujer soltera menor de dieciocho.
Con el cambio se eliminó a la mujer de dicha prohibición.
“Si una mujer es soltera, así lo dice el Código de Trabajo, no puede acceder a ciertos trabajos. Oigan lo arcaico, grotesco y no sé que otros términos usar. O sea que una mujer podía hacer estas labores únicamente si era casada”, destacó Hernández.
¿Quedan las trabajadoras desprotegidas?
El abogado laboralista Esteban Calvo señaló que la reforma es progresiva “porque elimina limitaciones para el trabajo de las mujeres que no tienen ninguna razón de ser, salvo el sesgo machista”.
“¿Cuál es la razón para que una mujer no trabaje de noche o que tenga que ser casada? Para mí esas normas son de un mundo ya pasado. Desde ese punto de vista la reforma es progresiva porque es un paso más en las políticas de avance hacia la igualdad entre hombres y mujeres”, dijo Calvo.
“¿Esto quiere decir que las mujeres quedan desprotegidas? No, la protección tiene que darse”, enfatizó el abogado.
Calvo explicó que no se crea un vacío con la legislación porque ya existen normas dentro del Código de Trabajo que obligan a entidades especificas a definir todo lo de salud ocupacional y las políticas de salud ocupacional tienen que tener una perspectiva de género.
El consejo de salud ocupacional debe definir, por ejemplo, el peso máximo a levantar para hombres y para mujeres, señaló Calvo.
Sin embargo, destacó que ahora “se debe aprovechar la reforma para hacer un llamado al Consejo de Salud Ocupacional de que eliminando esa prohibición deben tener más en cuenta aún la perspectiva de género a la hora de definir las actividades peligrosas, pesadas o insalubres”.
¿Cuáles son estos trabajos pesados e insalubres?
Por otro lado, la abogada experta en género y ex funcionaria del Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu), Eugenia Salazar cuestionó si eliminando esa prohibición “de un porrazo” “se le está abriendo las puertas a las posibilidades para que a las mujeres las contraten en las peores condiciones”.
“La ley no puede quedar en el vacío solamente eliminando la prohibición porque puede ser un arma de doble filo”, alertó Salazar.
La abogada indicó que las autoridades competentes, como el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social deben definir claramente y en concordancia con los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que están ratificados cuáles son las condiciones y los sistemas de protección para realizar este tipo de labores, que garanticen efectivamente el cumplimiento de la ley.
También “se deben emitir lineamientos claros y reglamentaciones que digan en consisten esos trabajos pesados e insalubres” y agregó que “hay que definir y asegurar parámetros que definan qué tipo de labores insalubres, pesadas e insalubres van a poder realizar las mujeres. “¿Qué vamos a considerar como ese tipo de trabajos?”
Asimismo, refirió que “es fundamental fortalecer la inspección de trabajo”.
Tanto Esteban Calvo como Eugenia Salazar insistieron en que es necesario exigir al Consejo de Salud Ocupacional que a la hora de establecer las medidas de seguridad en el trabajo y condiciones laborales lo haga con perspectiva de género.