Ya se respira el regreso al Plenario de la Asamblea Legislativa del expediente 21.049, el polémico proyecto de ley que busca fortalecer los controles y las restricciones en materia de huelgas.
Si los magistrados de la Sala Constitucional cumplen sus plazos, el fallo definitivo sobre este texto —de si es constitucional o no, y de si puede terminar de aprobarse o no— debería llegar en los próximos días. La consulta de constitucionalidad fue presentada por 12 diputados el 5 de septiembre pasado, momento desde el que se descuenta un plazo de 30 días hábiles para que los altos jueces den su respuesta.
Entre tanto, la Asociación Nacional de Empleados Públicos (ANEP) presentó este jueves un criterio emitido por tres relatores independientes de la Organización de Naciones Unidas (ONU). Este texto se dirige a las autoridades de Gobierno y señala alertas por las “restricciones directas e indirectas a los derechos de los sindicatos y los sindicados”.
Los relatores dijeron sentirse “preocupados” sobre el efecto que tendrían algunas disposiciones de la iniciativa legal, entre ellas la “reducción retroactiva de los salarios”, que podría representar un mecanismo de censura previa por parte de los patronos.
Este pronunciamiento causó una oleada de reacciones, especialmente en la Asamblea Legislativa, donde el fraccionamiento ya quedó plasmado desde que el texto de ley se aprobó en primer debate. Aquel 3 de septiembre, el proyecto acumuló el respaldo mayoritario de 40 diputados (una mayoría contundente), pero también recogió registros negativos en todas las fracciones: algo bastante inusual en cualquier parlamento.
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Entre otras medidas, el proyecto prohíbe las huelgas en una lista de servicios esenciales, restringe los movimientos en “servicios trascendentales”, contra políticas públicas y en el sector educativo, y permite la suspensión de los salarios de los trabajadores en huelga (con un mecanismo de devolución, supeditado a la comprobación de incumplimientos “graves” por parte de los patronos).
La carta de los relatores mostró su preocupación por varias de estas medidas y, además, hizo mención directa a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, a los que pidió “considerar las preocupaciones en sus discusiones y deliberaciones” actuales.
Los tres firmantes fueron David Kaye, relator especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión; Clement Nyaletsossi, relator especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación; y Michel Forst, relator especial sobre la situación de los defensores de derechos humanos.
El texto fue definido por la propia ONU como “una carta de alegación”: una solicitud de respuesta hecha por los relatores al Gobierno, con el objetivo de aclarar sus observaciones.
Sin embargo, ONU también aseguró que no es un documento oficial, ni vinculante; aunque sí de validez y de consideración esencial como insumo de apoyo para los Estados.
Visiones divididas
La carta polarizó al Congreso.
Por el lado de los propulsores del proyecto, el proponente del texto y presidente de la Asamblea Legislativa, Carlos Ricardo Benavides (PLN), calificó la posición de los relatores como un criterio no vinculante, apartado totalmente de la ONU.
“Son dos cosas diferentes y a mí más bien me preocupa mucho la forma en que estos relatores fueron desinformados. Parte del criterio que ellos exponen es penoso, porque abarca aspectos que ya no están en el proyecto de ley y es evidente que han sido engañados”, indicó.
Benavides se refirió así a varias observaciones hechas por los relatores sobre artículos que se borraron o se modificaron en el texto, algo que le hace suponer que se refirieron sobre versiones anteriores de la iniciativa y sobre algunas normas que ya estaban en el Código de Trabajo desde hace muchísimos años.
“Más allá de que los relatores no son voz oficial de la ONU, ni forman parte de la Comisión de Derechos Humanos, ni tienen ningún tipo de condición oficial, es evidente que en algunos aspectos fueron llevados a error o engaño por parte de quienes llevaron la queja a esta relatoría”, concluyó.
Además, dijo pensar que la intención de ANEP fue generar ruido para la Sala Constitucional y engañar a la opinión pública, aunque duda que haya logrado tener ese efecto.
No obstante, diputados del bloque de 15 congresistas que votaron en contra del texto en su primer debate señalaron que el trabajo de los relatores es serio, algo que destacaron a través de sus redes sociales y en comunicados de prensa.
Por ejemplo, la diputada Paola Vega, única oficialista del Partido Acción Ciudadana (PAC) que se opone al proyecto, señaló que “si hay un trabajo profesional y serio es el de los relatores de ONU” y que “su rol ha sido esencial en garantizar el respeto de los derechos humanos”. Además, comentó que “atacar la legitimidad de los mismos por no compartir un criterio se acerca peligrosamente a lo que hacen fundamentalistas”.
También se quejó el diputado José María Villalta, del Frente Amplio (FA), quien se enfocó especialmente en la posición del resto del Gobierno (y de su fracción) por no respetar los criterios de los relatores, como un insumo cuya validez había sido defendida por ella en “muchas ocasiones” pasadas.
“Semejante incoherencia es inadmisible de parte de un gobierno que busca ingresar al Consejo de Derechos Humanos de la ONU”, indicó en sus redes sociales, junto un ‘pantallazo’ del comunicado del Ministerio de Trabajo en el que el Ejecutivo aseguró que el informe de los relatores no era una posición oficial de Naciones Unidas.
En el primer debate, habían votado en contra del texto una diputada del PLN, una del PAC, uno del PIN, uno del PRSC, uno del FA, dos del PUSC, cuatro del PRN y cuatro independientes, de los que 12 luego realizaron la consulta de constitucionalidad sobre el texto que sigue ‘en espera’.
Listo el primer ok al proyecto de ley 21.049 "para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos". @SemanarioU pic.twitter.com/8I2GjmQWd0
— Josué Alfaro (@josuealfaro_cr) September 4, 2019
ONU: ‘No es oficial, pero es valioso’
Ante el ruido que generó la publicación del informe de los relatores, el propio Sistema de la ONU en Costa Rica debió pronunciarse sobre el tema. Ellos alegaron que “la posición externada representa los criterios independientes de relatores y no es necesariamente la posición oficial del Consejo de los Derechos Humanos, ni de la Organización de las Naciones Unidas”.
“Los Relatores Especiales forman parte de los ‘Procedimientos Especiales’, el mayor órgano de expertos independientes en el sistema de la ONU para los Derechos Humanos, que reúne a los mecanismos de investigación y monitoreo establecidos por el Consejo de Derechos Humanos para hacer frente a situaciones concretas en países o a cuestiones temáticas en todo el mundo”.
“Los Relatores Especiales trabajan de manera voluntaria y no son personal de la ONU. Son independientes de cualquier gobierno u organización y prestan servicios a título individual. Al ser sus criterios y posiciones independientes, los expertos no están sometidos a la supervisión de la Secretaría de las Naciones Unidas. Por tanto sus recomendaciones no son de carácter vinculante”.
“Los análisis y valoraciones de los relatores constituyen insumos valiosos que deben ser considerados por parte de los Estados. Es potestad del Estado Costarricense valorar estas recomendaciones emitidas por los expertos internacionales y tomarlas en consideración al momento de emitir su decisión final sobre la propuesta de ley”, explicaron.
Aunada a la respuesta de la ONU, también contestó el Ministerio de Trabajo, entidad cuya nueva ministra, Geannina Dinarte, aseguró que en el Gobierno existe una posición “respetuosa” de este tipo de opiniones, pero que “debía quedar claro que este documento no representa una posición oficial”.
“Es una opinión de un grupo que fue consultado por los sindicatos y que emite una opinión sin consultar ni conocer los argumentos del Estado en torno al tema”, subrayó.