El rol de las personas usuarias de servicios de salud respecto a su terapia cada vez es más relevante. En el mundo los sistemas de salud buscan que cada persona sea capaz de leer, comprender y utilizar la información de la atención médica para tomar decisiones respecto a la terapia que le es prescrita.
La participación ciudadana en temas sanitarios del país incluye la definición de prioridades, agendas de actuación, valoración de riesgo y alternativas, además de recomendaciones y la toma de decisiones, pero el más básico elemento que las personas puedan tener es el acceso a la información oficial.
En el caso de los medicamentos aprobados en el país es fundamental conocer al menos la información de las indicaciones, contraindicaciones, interacciones, efectos adversos, dosis y administración. Debe conocerse la evidencia científica que sustenta un determinado uso en el país.
La información de seguridad y eficacia de los productos es un aspecto básico para la seguridad del paciente. Esta información se resume en la monografía del producto y es un requisito que se debe presentar para que el Ministerio de Salud apruebe la comercialización del medicamento. Las agencias regulatorias internacionales como la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) o la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA), las cuales son de referencia para Costa Rica, ponen a disposición toda esta información en sus sitios web, de manera que sea fácilmente accesible para la población.
Un aspecto fundamental es que la monografía del medicamento puede variar durante el período de comercialización del producto, por ejemplo, las indicaciones se pueden ampliar, o se pueden incluir efectos adversos o precauciones en el uso. Situaciones que deben ser rápidamente conocidas por la sociedad.
Situación en Costa Rica
En el caso de Costa Rica esta información no es fácilmente accesible ni para pacientes, ni para profesionales de la salud. Se debe esperar semanas o incluso meses para obtener la monografía actualizada de un medicamento, debiendo mediar la solicitud de la persona interesada, sea esta un paciente o profesional sanitario. Esta dificultad para acceder a la información puede incluso propiciar que se realice una prescripción inadecuada.
Es necesario que la información contenida en la monografía sea de acceso inmediato y sencillo por las personas profesionales de la salud, así como de la sociedad en general. Sin embargo, actualmente obtener una copia de la monografía aprobada en Costa Rica es un proceso que requiere amplias formalidades y un plazo de espera que excede la razonabilidad, en el marco del acceso de información, que es de particular importancia para el ejercicio de los derechos fundamentales.
La información que presentan al Ministerio de Salud las compañías farmacéuticas para que se apruebe la comercialización de sus productos debe ser absolutamente pública, esto como garantía de transparencia de la administración. La protección de cierta información en virtud de convenios internacionales solo puede darse en el marco del artículo 8 de la Ley de Información no divulgada (7975), el cual establece que esta información únicamente se protege en los productos nuevos, definiendo como producto nuevo aquel que no contiene una entidad química que haya sido aprobada previamente en Costa Rica.
De acuerdo con lo anterior, el Ministerio de Salud de Costa Rica violenta los derechos fundamentales de los ciudadanos del país al restringir de manera ilegal la información de seguridad y eficacia de los medicamentos que son aprobados para comercializar en el país. Por lo tanto, se deben tomar las medidas necesarias para que toda la información sea fácilmente accesible para ciudadanía en procura de proteger la salud de la población.

