Opinión

Urge un nuevo marco legal para la Radio y la TV

Los servicios de Radio y la TV en Costa Rica están amparados a la Ley de Radio, No. 1758, del 19 de junio de 1954,

Los servicios de Radio y la TV en Costa Rica están amparados a la Ley de Radio, No. 1758, del 19 de junio de 1954, normativa totalmente obsoleta, tanto así que 14 de sus 27 artículos han sido derogados. Las tarifas establecidas en ella, para una estación de radio, las únicas consideradas -la TV no existían cuando se publicó- van de los ₡1.000 a los ₡3.000 por año.

Varias instancias estatales han ratificado su obsolescencia y la urgente necesidad de actualizarla. Por ejemplo, la Contraloría General de la República, en oficio No. DFOE-IFR-IF-05-2013 del 3 de junio de 2013, la Procuraduría General de la República, en oficio No. OJ-015-2007 del 26 de febrero de 2007, el Viceministerio de Telecomunicaciones, en oficio No. DM-060- MICITT-2013 del 8 de febrero de 2013, la Universidad de Costa Rica, en el documento “La Televisión Digital desde la Perspectiva de Derechos”, Programa de Libertad de Expresión, Derecho a la Información y Opinión Pública, 2009.

La Contraloría incluso ordenó al Poder Ejecutivo “elaborar en un plazo de 6 meses, un proyecto de ley orientado a actualizar y solventar todas las debilidades de la Ley de Radio vigente (…) Su presentación ante la Asamblea Legislativa deberá ser gestionada por ese Ministerio a más tardar al 31 de julio del 2014”, según oficio No. DFOE-IFR-IF-05-2013. En cumplimiento, el Gobierno elaboró un proyecto, pero les costó el puesto a la ministra Gisella Cooper y al viceministro Allan Ruiz, en abril de 2015.

La historia no es nueva, ya desde los años 70 también le costó el puesto a la entonces ministra de Cultura, Juventud y Deportes, 1974-1976, Carmen Naranjo, por atreverse a plantear exactamente lo mismo.

En medio de tanto vacío legal las concesiones se han vuelto vitalicias, a contra pelo de la misma Constitución Política, (Art. 121, 14, c), que establece que se otorgarán al amparo de una ley y por tiempo limitado, ratificado así por la Sala Constitucional en el Voto No. 5386-93.

En telefonía celular, por ejemplo, se otorgan concesiones generalmente por 15 años, con una prórroga de hasta otro periodo igual. Pero en radio o TV, algunas concesiones tienen más de 80 años y siguen operando y sin pagar; en cambio se venden en millones de dólares, en algunos casos burlando la ley al cambiar los dueños de las acciones de una empresa y en otros con la complicidad de las mismas autoridades responsables.

Se agrava más la situación, por la concentración del espectro en pocas manos. La misma Contraloría lo advierte, con base en estudios de la Superintendencia de Telecomunicaciones, Sutel, en el Informe No. DFOE-IFR-IF-6-2012 del 30 de junio de 2012. También lo confirma el Programa de la Sociedad de la Información y el Conocimiento de la UCR, Prosic, “Hacia la sociedad de la información y el conocimiento en Costa Rica”, 2009. Finalmente lo demuestra el Dr. Oscar Aguilar Bulgarelli, en su reciente Libro “Costa Rica: Dictadura Mediática o Tiranía en Democracia”, 2017. Todo esto ha tenido como consecuencia, que desde hace muchos años no hay ninguna posibilidad de nuevas concesiones. Por ejemplo, a la Universidad Nacional Estatal a Distancia, UNED, se le aprobó desde el 2008, mediante Ley No. 8684, prioridad en la asignación de frecuencias de radio y televisión para cumplir sus objetivos, pero no ha sido posible por falta de frecuencias.

En el pasado, se hicieron muchos otros intentos de actualizar la ley, por ejemplo, se discutió con la transformación del SNE en Aresep, con los Proyectos de ley del Combo del ICE, en los Proyectos de Ley No. No. 15096 y 15359, con la aprobación de la Ley No. 8642. Sin embargo, todos han sido diagnosticados por los medios con la misma enfermedad: es un proyecto de ley “mordaza”, atenta contra la libertad de expresión, de prensa y de empresa. En 1974 hasta de “comunista” fue calificado.

Tampoco han querido los señores de los medios debatir el tema, han desatendido invitaciones de la UCR, por ejemplo, que ha organizado varios foros al respecto.

Actualmente el asunto es aún más grave, pues al digitalizar la transmisión de las comunicaciones, los actuales concesionarios podrían explotar en el mismo ancho de banda, originalmente asignado para un canal analógico, 6 MHz, 4 canales de TV digital.

La mayoría de los países ya han hecho el cambio a TV digital, en Costa Rica se tiene establecida la fecha del 15 de diciembre del 2017, según Decreto No. 36774, del 6 de setiembre de 2011.

Al requerirse menos ancho de banda para un canal de TV digital, el sobrante -dividendo digital-, debería regresar al Estado, quien podría entonces cumplir con las necesidades de la UNED, concesionar más canales de TV, (comerciales, comunitarios, educativos, para sectores sociales, etc.), ampliar las bandas para celular -que cada vez demanda más ancho de banda- y asignarlo a nuevas aplicaciones, de acuerdo con la normativa internacional.

Es inconcebible que los concesionarios pudieran beneficiarse -de nuevo de gratis- haciéndose los “gatos bravos” con el dividendo digital, pues el espectro es propiedad del Estado, de ningún ente privado.

 

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