La primera reunión centroamericana de Geografía y Cartografía, en la República de El Salvador, en 1968, recomendó: “a los Gobiernos de América Central, el iniciar cuanto antes los estudios para la adecuación de sus Divisiones Territoriales Administrativas” (CICAP,1980). Hasta el día de hoy no hay respuestas claras en Costa Rica. Fue el Ministerio de Planificación (Mideplan), entonces llamado Ofiplan, quien formuló, en 1973, una respuesta parcial a esa recomendación. Se produjo, así, la primera “Regionalización de Costa Rica para la planificación del Desarrollo y la Administración” con la Cooperación alemana y, concretamente, del geógrafo Helmuth Nuhn, de la Universidad de Hamburgo. Este estudio científico no fue suficientemente valorado, ni por la institucionalidad ni por la Academia costarricense, dado que la propuesta varió frecuentemente en nombres y alcances, con cada cambio de Gobierno, y perdió eficacia y vigencia desde inicios de la década de 1990. Además, careció de dos componentes fundamentales: el componente histórico y el requisito de consulta o participación ciudadana. Así, esa fallida implementación y seguimiento de la gobernanza subnacional del Mideplan generó una visión dualista: regiones de planificación junto a provincias administrativas y complicó, innecesariamente, el desarrollo y la gobernanza regional.
La Ley 5525 de Planificación Nacional, del 2 de mayo de 1974 y el Reglamento a la Ley N°10096, crearon el Subsistema de Planificación para el Desarrollo Regional, como parte del Sistema Nacional de Planificación, bajo la rectoría del Mideplan, procurando incorporar un enfoque sistémico y moderno del Estado a partir de dos subsistemas sustantivos, a saber: el Regional y el Sectorial. Pero instituciones con gran presencia regional, como el Poder Judicial, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), la Caja del Seguro Social (CCSS) y otras del mismo Poder Ejecutivo, como la Comisión Nacional de Emergencias (CNE), se resistieron a aplicar dicha regionalización y establecieron nombres y regiones propias, según interpretación de cada jerarca involucrado. Mientras tanto, ni el Mideplan ni la Comisión Nacional de Nomenclatura (del IGNCR) llamaron al orden (para que todas las instituciones del país coordinen sistémicamente y con un mismo lenguaje).
Definición de la existencia político-territorial fronteriza, el aporte de Nuhn
Hoy día, grandes territorios pobres, periféricos y fronterizos, que hace un siglo estaban casi despoblados, como las zonas Norte y Sur, hierven de gente, oportunidades y problemas, pero carecen de definición o existencia político-territorial, ya que, administrativamente, no son regiones, y menos provincias, y no hay certeza de que se sientan representados por los órganos y autoridades de las provincias de Alajuela y Puntarenas o sus regiones oficiales respectivas.
En la Asamblea Legislativa se han presentado iniciativas exitosas para reconocer provincias como regiones (caso de la Ley 7775, Creación de la Región de Heredia, de 29 de abril de 1998). Aunque recientemente fue derogada, sin entrar a evaluar si otras provincias como Cartago, Limón y Guanacaste podrían gobernarse como regiones de planificación.
Urge valorar ese “sentido de pertenencia provincial”, probablemente más arraigado que la pertenencia regional. En caso de resultar positivo, se deberían reformar fácilmente las gobernaciones provinciales, como gestoras de desarrollo regional, según lo permitan las leyes General de Administración Pública (LGAP) y de Planificación Nacional (N°5525).
Es hora de resolver sobre una “regionalización oficial y vinculante”, como lo demanda la Ley de Desarrollo Regional (N°10096), recientemente aprobada. La Administración Pública debería facilitar y consolidar gobiernos subnacionales viables económica y políticamente (a diferencia de la gran mayoría de nuestros Gobiernos locales), llámense Aredes, Coredes, o como se llamaron hace dos siglos, Gobernaciones de Provincia reformadas.
Por tanto, el Instituto Geográfico Nacional de Costa Rica (IGNCR) debería aprovechar el referendo multitemático del Poder Ejecutivo para solicitar al Mideplan incluir la siguiente pregunta de pertenencia territorial e interés mutuo:
Opción 1:
“¿Aprueba usted que la región oficial de Mideplan, en donde usted y sus vecinos de cantón viven, lleve el mismo nombre de su provincia para efectos de planificación del Desarrollo y la Administración?
