Opinión

UCR construye edificio en Finca 3 con responsabilidad ambiental y legal

En los últimos meses han surgido algunos cuestionamientos ambientales, técnicos y legales, hechos a la construcción del edificio de la Oficina de Bienestar y Salud (OBS), iniciada en diciembre pasado, y que son necesarios aclarar.

Para iniciar, es importante indicar que no es posible realizar una modificación al contrato para mover la construcción de este inmueble de Finca 3 (conocidas como “Instalaciones Deportivas”) a cualquier otro sitio en Finca 1 (el campus original) por dos razones fundamentales.

La primera: al iniciar este proceso, se evaluaron diferentes espacios en Finca 1, pero ninguno cumplió con un factor básico: contar con accesos separados para los diversos servicios y necesidades de la OBS. En el nuevo diseño, existen niveles independientes para las áreas de Servicios en Salud, del Laboratorio Clínico, las bodegas y la salida de residuos ordinarios, especiales y valorizables. Esto fue una solicitud directa de las autoridades de la OBS, al no ser conveniente la confluencia de estas labores.

La segunda razón es que las cláusulas de la licitación hacían referencia al espacio definido en Finca 3. No es posible modificar el sitio de construcción una vez firmado el contrato.

Con respecto a la creación de un “centro de tratamiento de desechos” en este sitio, la Universidad de Costa Rica (UCR) tiene amplia experiencia en gestionar de manera correcta todos sus residuos, en especial los bioinfecciosos. Pero en el caso específico de la OBS, estos son entregados a una empresa externa para una adecuada disposición final, por lo que dicho centro no existirá.

En cuanto a la existencia de una “naciente” en el lugar, según diferentes estudios hidrogeológicos de expertos de la Escuela Centroamericana de Geología de la UCR, los únicos cuerpos de agua subterráneos que existen en las proximidades del proyecto son: una caja de registro que forma parte del drenaje de las aguas pluviales del Estadio Ecológico de la UCR y la tubería que canaliza esta agua hasta la quebrada denominada “La Cangreja”. Ambos han sido reconocidos por la Dirección de Aguas como una “naciente intermitente”, es decir, que no fluye siempre.

Pero incluso, para el caso en cuestión, este término es incorrecto. Según expertos en esta área y la Real Academia Española, una “naciente” es un “sitio donde nace o brota agua y forma una pequeña corriente”. Esto no ocurre en el sitio de las obras ni sucedió nunca en el pasado, como demuestran fotografías aéreas de la década de 1970 en poder de la Oficina Ejecutora del Programa de Inversiones, las cuales evidencian que en el terreno de la actual construcción no pasaba o brotaba ningún cuerpo de agua.

En todo caso, este proyecto se encuentra a 88 metros de la “naciente intermitente”, distancia que supera la zona de protección de 60 metros que establece la normativa vigente, evidenciando un respeto total a las áreas de resguardo.

En cuanto a los aspectos legales, si bien existe una denuncia en trámite ante el Tribunal Ambiental Administrativo (TAA) por parte de un grupo vecinal opuesto al proyecto, dicho proceso está suspendido desde octubre debido a que la parte demandante presentó nuevas pruebas la noche antes de la audiencia y el TAA no ingresó dicha documentación para que ambas partes pudieran revisarla. Amparada en la Constitución Política (art. 39), el Código Procesal Contencioso Administrativo (art. 99, inciso 2) y la Ley General de Administración Pública (art. 220), la UCR solicitó la suspensión de esta audiencia, la cual fue concedida por este Tribunal.

También, la parte demandante ha presentado varias medidas cautelares desde 2017, pero ninguna ha sido otorgada por el TAA. Esto hizo posible el inicio de estas obras. Además, nuestra institución tiene un contrato que se encuentra a derecho en todos sus extremos, mismo que autoriza a dar inicio con los trabajos.

Finalmente, al ser la UCR un ente público, tramita sus permisos de construcción directamente ante la Dirección de Edificaciones Nacionales del Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Así, la construcción cuenta con los avales respectivos, según consta en los oficios DVOP-DEN-PYD-2021-335 y DVOP-DEN-PYD-2021-336, fechados en setiembre del año pasado.

 

 

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