Opinión

El supuesto anacronismo del estado confesional

En la discusión, que ya lleva varias semanas en los medios de comunicación escrita, sobre el cambio que requiere nuestra Constitución Política

En la discusión, que ya lleva varias semanas en los medios de comunicación escrita, sobre el cambio que requiere nuestra Constitución Política en el numeral 75 y el 194, tenemos que decir acerca de quienes impulsan semejante reforma, que sus argumentaciones no resultan del todo convincentes; enumeraremos aquí algunas de sus manifestaciones de las más relevantes, las cuales sometemos a la reflexión  de la opinión pública.

  1. El Estado no debe tener religión”. Esto según el decir de algunos es una condición que solo es posible admitirla para la conciencia personal y no puede ser expresada públicamente por el Estado. Ante esta afirmación debemos considerar que a este se le han atribuido características humanas tanto por los giros lingüísticos como por la norma: en el primer caso, sobreabunda la figura de la prosopopeya cuando afirmamos “El Estado,  es inconsciente ante los problemas que tienen los pobres”; en efecto, esta cualidad es inherente a la condición humana, pero en nuestro hablar cotidiano se la atribuimos con frecuencia a la personalidad que tiene el Estado, cuando sentimos que este es inoperante ante ciertas situaciones sociales.

Por otra parte, a través de la norma le hemos atribuido otras características igualmente interesantes, como es la voluntad fundamentada en el bloque de legalidad, donde sus actos despliegan efectos jurídicos; gracias a esta condición,  se le permite contraer obligaciones, estableciendo contratos con civiles, se le ha ascendido en la condición de patrono, pudiendo ejercer su acción disciplinaria, cuando esa relación de subordinación así lo amerite, pero cuando el Estado confiesa su  fe  se trata de un anacronismo.

  1. El cambio es una exigencia de la sociedad democrática. Si en efecto entendemos que este principio se fundamenta en la autoridad soberana ejercida por el pueblo no admite discusión que el Estado confesional debe continuar, ya que desde 1949 el constituyente  representó la voluntad de un pueblo católico, pues en esta época los movimientos protestantes o bien de otras denominaciones estaban en forma incipiente o eran inexistentes.  Ahora bien, 67 años más tarde, si bien es cierto estos grupos han crecido no forman parte de esa mayoría, ya que no rebasan contundentemente al catolicismo.
  2. “La Iglesia oficial del país no participaría en la definición de políticas públicas de salud, educación y derechos humanos”. Las políticas públicas se adoptan en función de las necesidades y urgencias que tiene el pueblo y requiere de ellas para su mejoramiento de la vida en sociedad. No obstante, el quitar la religión Católica de su participación en algunos proyectos obedece al reproche que un sector le hace, por oponerse esta a ciertos proyectos de ley que han estado en la corriente legislativa, como la legalización de las drogas, la fecundación in vitro, entre otros, donde la moral cristiana, se ha opuesto tajantemente  a llamar lo malo como si fuese bueno , y a su vez frenar aquellos abusos que se dan con ocasión del ejercicio del poder, es así el surgimiento de innumerable encíclicas  que han inspirado al constituyente; el Código de Trabajo de 1943, es un ejemplo de estas circunstancias en donde la norma se inspira en principios cristianos, que regularán esa relación obrero patronal, esto de conformidad con el artículo 1 de la norma supracitada.

Así las cosas, el supuesto anacronismo que tiene el Estado, al definirse que su religión es la Católica, es un intento de desvirtuar el postulado constitucional haciéndolo ver que es inoperante para nuestra época, aunque no nos expliquen cuáles son las dificultades que ha experimentado la sociedad costarricense durante la vigencia del Estado confesional y mucho menos nos profundicen las consecuencias jurídicas que esto conlleva en el eventual rompimiento de concordatos, reformas al código laboral por los feriados de ley que se otorgan en función de la confesión católica, ni mucho menos se interesan en precisar cuál será el futuro laboral de muchos profesores de religión, que eventualmente quedarían cesantes, y dónde queda finalmente la responsabilidad del Estado con  relación a los templos que son patrimonio histórico del Estado.

 

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