Pasamos a hacer formal respuesta a las preguntas de UNIVERSIDAD de una forma mas contextualizada, pero puntual: Panamá es una jurisdicción que tiene muy bien determinado el concepto de renta territorial y ofrece dentro de su legislación vigente la agilidad, en cuanto a tiempos y procedimientos registrales, así como seguridad jurídica para el inversionista.
En cuanto a la transacción de Corporación Pipasa siendo que ambas partes, eran compañías extranjeras, resultaba en un país neutral que no perjudicaba para nada la inversión.
Nuestra Compañía ha actuado y seguirá actuando en apego estricto de la norma legal, así como con los principios éticos que nos guían, los cuales adjuntamos al presente mensaje.
En cuanto a las ganancias por venta de acciones, aclaramos, que la legislación costarricense no grava este tipo de ingresos, de hecho el mismo constituye, una renta no sujeta, por ser una renta de capital y adicionalmente por tratarse de una transacción completamente ocasional.
Cargill se distingue por no llevar a cabo transacciones fuera del marco de la Ley, y no se presta para que ningún tercero lo haga. Creemos en la seguridad jurídica de los países y los estados de derecho, con reglas claras y transparentes.