La Contraloría Universitaria de la Universidad de Costa Rica (UCR) no encontró evidencia ninguna de tráfico de influencias en la actuación del rector, Dr. Henning Jensen, con respecto al nombramiento de su hija, Elena Jensen Villalobos, quien labora en la UCR de manera interina desde el 2009, y en los últimos 3,5 años como Psicóloga del Centro Infantil Laboratorio (CIL).
En un informe remitido al Consejo Universitario el martes 2 de agosto, la Contraloría indicó los resultados de su exhaustivo análisis sobre la legalidad y pertinencia de los procesos relacionados con los nombramientos de la funcionaria Jensen Villalobos en el CIL, así como en la aprobación del presupuesto para la plaza de profesional B en Psicología, Nº47435.
Esta investigación fue solicitada, en primer lugar, por el rector, y posteriormente por el Consejo Universitario y el Sindicato de Empleados de la UCR (SINDEU), a raíz de un reportaje de Telenoticias de Canal 7, que ponía en tela de juicio lo actuado por el rector en estos procesos.
Tras analizar toda la documentación pertinente y realizar diversas entrevistas, la Contraloría Universitaria verificó que los nombramientos de Jensen Villalobos cumplieron con todas las fases, procesos y requisitos establecidos por la institución para estos casos.
La Contraloría indicó que el rector se encontró ante una posible causa de impedimento para aprobar el contenido presupuestario de la plaza de su hija, pero reconoció la inexistencia de normativa universitaria que le permitiera abstenerse o recusarse de hacerlo, por lo que recomendó al Consejo Universitario valorar la creación de dicha normativa.
Ante dichas conclusiones, el Consejo Universitario determinó que el rector no incurrió en una falta grave que hiciera perjudicial su permanencia en el cargo. También acordó solicitar a la Comisión de Estatuto Orgánico evaluar la conveniencia de generar normativa que establezca la posibilidad y el deber de abstención; solicitarle a la Administración un procedimiento que operacionalice las normas para la creación y prórrogas de plazas temporales con carga a la partida de Servicios Especiales; y retomar el trámite del concurso iniciado para el nombramiento en propiedad de la plaza Nº47435.
Transparencia en la actuación del rector
El rector reiteró que él no tuvo injerencia en el nombramiento de su hija, algo confirmado por la Contraloría. En una petición de aclaración y/o adición hecha a la Contraloría, ha solicitado se aclare si, en caso de ser las personas facultadas para ello, el rector y todas las demás autoridades deben inhibirse de tomar cualquier decisión que concierna a familiares que laboren para la institución. Una situación que se presenta con alguna regularidad en diversas instancias de la UCR.
Indica el rector en su solicitud “Si no existe procedimiento ni base normativa alterna para que sea un tercero o ad hoc (como lo reconoce y señala la Contraloría en su informe), no se puede esperar ni es obligación del funcionario una conducta diferente a la realizada y, en este caso particular, la del suscrito”
El Dr. Luis Baudrit, jefe de la Oficina Jurídica de la UCR, señaló que el análisis cronológico de los hechos evidencia que los actos del rector permitieron que la UCR cumpliera con sus obligaciones como patrono de la citada funcionaria, la cual ya tenía la llamada “estabilidad impropia”. Dichos oficios no generaron derecho nuevo alguno, ni beneficio indebido alguno. Únicamente permitieron que se pudiera culminar, al igual que se ha venido haciendo en muchos otros casos, la transformación de una plaza docente en administrativa. En el caso concreto de la Sra. Jensen Villalobos, ya ella tenía derechos adquiridos, por contar con más de cinco años de antigüedad.
En su acuerdo, el Consejo Universitario determinó que, vistos los resultados del análisis de la Contraloría, no es posible tipificar el proceder del rector como una falta grave que haga perjudicial se permanencia en el cargo.
En cuanto al ámbito externo, es importante recordar que ya existe ante el Ministerio Público una denuncia de lo actuado por el rector, presentada por el SINDEU. Será, entonces, dicha instancia, la que determine si, a la luz de la legislación nacional, hubo o no alguna falta en la actuación del rector que amerite ser investigada.
No ha existido, entonces, como algunas personas han dicho, ninguna impunidad. A nivel de la normativa universitaria, tanto la Contraloría Universitaria como el Consejo Universitario determinaron que no hubo ninguna infracción punible. A nivel externo, el Ministerio Público se encuentra recabando toda la información del caso para determinar si procede o no una investigación judicial.
Con el objetivo de darle a todo este tema la mayor transparencia posible, y de que la comunidad universitaria y nacional se formen su propia opinión con base en la documentación, y no en rumores, la rectoría de la UCR ha colgado en línea los principales documentos del caso, incluyendo la totalidad del informe de la Contraloría Universitaria. Dichos documentos pueden ser consultados en la página web de la rectoría, en el vínculo:
http://www.rectoria.ucr.ac.cr/site/documentos-de-archivos/caso-cil/