Opinión

Pensiones de lujo

Como en esos trances o sueños vivos, la realidad se mueve en todas direcciones. Y como en un acto de magia, usted no tiene futuro

Como en esos trances o sueños vivos, la realidad se mueve en todas direcciones. Y como en un acto de magia, usted no tiene futuro, máxime si su salario está sabiamente distribuido y el ahorro es un lujo, y la educación, que es un ascenso social, se queda en el empleo informal.
¿Cuál es el problema de las pensiones de la Caja Costarricense del Seguro Social? Con vehemencia, un directivo, presto a pensionarse, interroga y gesticula a viva voz: “basta con que los contribuyentes se pensionen a los 70 años y se aumente la cuota obrero-patronal”; otro, más entusiasta, propone que sea a los 80 años esgrimiendo dos argumentos inconmensurables: aprovechar la experiencia laboral de esas personas y que mantengan ese vínculo indestructible con la sociedad.
Después vienen las pensiones de lujo de la Corte Suprema de Justicia. Si son acreedores de tan magna virtud; si cotizaron lo suficiente; si el Estado los premia por su vocación de servicio; si responde al statu quo; si son privilegiados o simplemente más iguales que otros.
Y ni qué decir de las pensiones en ciernes del Colegio de Abogados que el Lic. León Montoya Hernández reivindica para su gremio, en concordancia con lo que establece el artículo 3 de la ley 3.245 (1963) y el artículo 102 del Arancel de Honorarios de Abogados y Notarios del 18 de mayo del 2011. Y pese a que el Tribunal Contencioso Administrativo y el Tribunal de Casación de lo Contencioso Administrativo ratifican que la Junta Directiva del Colegio de Abogados debe cumplir con los procedimientos para la implementación de un fondo de pensiones, a la fecha han aletargado el proceso en resguardo de tiempos mejores.
Para Panchito Vargas, abogado litigante y notario público -un personaje de ficción que con su impresionante estatura (metro cincuenta y cinco con tacones cubanos incluidos), me indica con gesto displicente y poses de predicador de púlpitos, que “esa farsa de Asamblea fue una afrenta, una incapacidad mayúscula para dirigir un grupo de colegas, una abyección que no tiene paragón en la historia jurídica de este país. Un total irrespeto a los asambleístas”. Le indico a mi alter ego que aclare de qué se trata. “Muy simple, se trata de la Asamblea de abogados del año pasado donde el presidente de ese gremio, en forma imprudente, altanera y prepotente, les negó la palabra a los miembros de la asamblea. Pero vale que este año pondremos las cosas en orden con una elección de una nueva junta directiva que se comprometa a resolver esta situación de una vez por todas”.
Pero Varguitas afirma que se debe respetar el espíritu del legislador para proceder con la creación de un fondo de pensiones y no permitir que otros sigan distrayendo los fondos como ha sucedido con el financiamiento de la Dirección Nacional de Notariado, donde estos reciben el 50%, “…producto de las operaciones notariales inscribibles en el Registro Nacional y que serán girados por el Colegio de Abogados al Poder Judicial…”, según el artículo 6 de la ley 3.245.
Según Varguitas, hay que valorar que no basta un estudio actuarial donde se indica que al cumplir los 60 años usted podrá retirar los ¢450 (cuatrocientos cincuenta colones y sus intereses) que custodia del INS. ¿Y qué tal si se le devuelve ese 50% al Colegio de Abogados que se le destina a esa Congregación de la Doctrina de la Fe conocida como Dirección Nacional de Notariado?, si se ajusta una cuota –no la de ¢5.500 que paga por mes cada agremiado-; pero, sobre todo, si se le da participación a las ideas de los agremiados, si hay un grupo de personas que se comprometan a trabajar para buscar una solución, al menos, el trance de un sueño, que son las pensiones del gremio de abogados, se moverá en una sola dirección.

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