El uso de la marihuana tiene toda una diversidad de reacciones adjuntas al tema, desde posiciones que la apoyan para usos recreativos, a aquellas que la rechazan por juicios morales.
En Costa Rica el consumo de esta sustancia no es algo ilegal, o al menos penalizado de acuerdo con el vacío legal que se genera entre las leyes N°5395 Ley General de Salud y la ley N°8204 Ley Sobre Estupefacientes.
La primera prohíbe explícitamente la sobre tenencia del producto procesado, aunque sí hace referencia a sustancias psicotrópicas ilegales y su decomiso.
Por otra parte, la Ley Nº8204 sobre psicotrópicos mantiene la tenencia de plantas o semillas de cannabis. Sin embargo, la misma no es específica; en el artículo 2 se encuentran veinte verbos relacionados con las ilegalidades sobre el manejo de sustancias psicotrópicas, entre los cuales no se explicita el consumo. Más adelante, el artículo 79 de la misma ley promueve “el internamiento o tratamiento ambulatorio voluntario y gratuito… (a) quien, en las vías públicas o de acceso público, consuma o utilice drogas no autorizadas”. Hace entonces el problema un tema de salud.
La marihuana tiene un factor social de peso importante. Su consumo ha sido más usual recientemente en los últimos cinco años, la cantidad de personas que la han probado alguna vez en la vida pasó de 6% a 18% según la IV Encuesta Nacional de Consumo de Drogas del IAFA.
Bajo estas condiciones es que, en el 2014, se propuso el proyecto de Ley N° 19256 Ley para la investigación, regulación y control de las plantas cannabis y cáñamo para uso medicinal, alimentario e industrial.
El proyecto de ley ha tenido importantes avances, tanto en la Asamblea Legislativa, apoyado por un grupo grande de diputados, y la mayoría de la Comisión de Asuntos Jurídicos. También afuera de la Asamblea Legislativa tiene un fuerte apoyo por parte de la CCSS y el IAFA. A pesar de estos avances y de ser posiblemente polémica por lo que implica, la discusión pública acerca del tema no se ha dado a conocer ampliamente.
Esta discusión se vuelve necesaria al pensar en ciertas implicaciones que puede tener la ley en caso de que llegue a aprobarse.
Ampliando la visión. Hay tres puntos de importancia en este aspecto; los aspectos económicos, las consecuencias legales y la pregunta de, ¿a quién responde esta ley?
El primer problema planteado es sobre las concesiones que se plantean en el proyecto de ley para otorgar las licencias de cultivo y producción de la marihuana a nivel nacional.
El proyecto propone licencias con costos de entre $75.000 a $300.000, sin contar la inversión extra que implica la preparación de terrenos, la compra de semillas y de equipo para la cosecha e instalaciones de procesamiento; y en el caso de las concesiones más grandes (y caras), el costo de laboratorios necesarios para cumplir con las indicaciones de tal concesión.
El problema con costos tan elevados es que no responden a una industria nacional. Concesiones de $75.000 (aproximadamente ₡41.250.000) son difícilmente asumibles para pequeños y medianos productores que se interesen en la industria de este producto, aún más si se toma en cuenta que se establece una producción límite anual bajo dicha concesión, de aproximadamente 120kg o 200 plantas de cannabis. El acceso nacional de pequeños productores agropecuarios, o grupos de productores, difícilmente podrían accesar a dichos costos de la licencia.
Con las licencias de mayor costo y que permiten mayor capacidad de producción, incrementa el problema para aprovechar este mercado por parte de los productores independientes. Las características de, por ejemplo, las licencias Categoría A son de $300.000 (₡165.000.000) con la obligación de cumplir con la producción bajo condiciones controladas de mil plantas de cannabis por cosecha, más tener un laboratorio técnico dentro de las instalaciones. Estas características hacen pensar de grupos o empresas especializadas en el tema. Grupos o empresas así, referente a laboratorios especializados, casi no existen en el país, menos aún al cultivo de marihuana con dichas características. Todo esto hace sospechar de un beneficio para empresas extranjeras, contra las posibilidades de cultivadores nacionales.
El segundo punto trata sobre el abordaje desde una perspectiva represiva. Por ejemplo, el proyecto de ley Nº19256 aborda el consumo o uso de productos cannabicos en espacios públicos con una multa del 10% de un salario base (₡45.000). Este abordaje al consumo público, aún tratándose de “medicina”, refuerza el tabú y la represión social hacia el uso de la sustancia, el mismo da una perspectiva punitiva al consumo público que la legislación actual no toma en cuenta, se deja de lado la visión de salud que mantiene hasta el momento.
Este tipo de abordaje trae además la limitación de que el narcotráfico no se vería desestimulado, o al menos no en gran medida. Se mantendría el mercado ilícito de la sustancia para satisfacer la demanda por marihuana no medicinal de otros usuarios.
Esta cuestión hace preguntarse: ¿para quién es esta ley? ¿Si tiene un enfoque realmente medicinal, por qué sanciona y culpa al consumidor público?, limita la capacidad productora de la CCSS y , por otra parte, amarra la participación de empresas grandes economómicamente. ¿Por qué no se le ha prestado más atención en medios de comunicación? ¿Es realmente la perspectiva sancionativa la mejor para evitar el consumo de drogas?
Estas preguntas son importantes hacérselas a uno mismo y a las autoridades. Grandes multas económicas, licencias sumamente costosas y poca participación de opinión pública son hechos que ponen en duda las verdaderas intenciones de la Ley.
Si bien es necesario un avance en la medicina en cuanto a tratamientos alternativos para muchos males, también debería de ser un avance concientizado que vele por los intereses públicos y de la salud.
Marihuana Medicinal en Costa Rica
El uso de la marihuana tiene toda una diversidad de reacciones adjuntas al tema, desde posiciones que la apoyan para usos recreativos