La Ley Marco de Empleo Público empezará a regir en el próximo mes de marzo de 2023 y a la fecha no contamos con un documento oficial que se indique cómo se aplicará en la Universidad de Costa Rica y mediante qué estrategias se va a salvaguardar la autonomía universitaria y la misión social que como universidad pública nos corresponde. De momento prevalece una actitud más pasiva que propositiva y crítica ante las afectaciones negativas que esta Ley traerá a una universidad cuyo horizonte ha sido históricamente de largo aliento.
En diciembre del año anterior participé en una de las actividades convocadas por la administración para explicar cómo se aplicaría dicha Ley. A pesar de que se presentaron ciertas orientaciones, al final prevalecieron las dudas y la indefinición en relación con temas muy críticos como el régimen académico, la evaluación del personal docente, la modificación de los reglamentos, el salario global, los parámetros para la fijación de este y el sistema de contratación, entre otros. Ante esta situación, es urgente una posición de la administración que integre todos los componentes de esta Ley y que, desde la autonomía universitaria, se fortalezca una visión académica de futuro basada en la generación de conocimiento, la innovación, la producción intelectual y compromiso ético con la sociedad.
Esta Ley bajo la falacia de garantizar la eficacia y la eficiencia en la función pública esconde el verdadero propósito de homogeneizar los puestos en la función pública e imponer un salario global, cuyas formas de crecimiento son prácticamente inexistentes y ni tan siquiera contemplan los efectos de la devaluación de la moneda. En términos pragmáticos, estamos ante un debilitamiento de las funciones esenciales de las universidades públicas y ante un congelamiento de los salarios. Este hecho golpeará a las universidades públicas que por su naturaleza siempre han procurado ir a la vanguardia de nuestra sociedad, de ahí que resulta pertinente analizarla con rigor jurídico y aprovechar las posibilidades que se desprenden de lo establecido en varios de sus artículos.
En su artículo 6, esta Ley establece que la rectoría del Sistema General de Empleo Público estará a cargo del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica y acota que “Se excluye de esta rectoría las relaciones de empleo de las personas servidoras públicas que desempeñen funciones o labores administrativas profesionales o técnicas, que sean exclusivas y excluyentes para el ejercicio de las competencias constitucionalmente asignadas al Poder Legislativo, al Poder Judicial, al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y a los entes públicos con autonomía de gobierno u organizativa, según la determinación que realice la respectiva institución”.
La exclusión de esta rectoría a las instituciones referidas, en las que pueden incluirse las universidades públicas, se reafirma en los incisos a,c,f, i del artículo 7 y en el inciso a del artículo 9, lo cual abre algunas posibilidades para que, desde nuestra autonomía, podamos orientar nuestra gestión y asumir un posicionamiento particular en temas como la emisión de políticas, la estandarización del empleo público, la evaluación del desempeño, el sistema de remuneración y la reglamentación, entre otros. No aprovechar dichas posibilidades es darle luz verde a la aplicación de una Ley ajena a la misión esencial de la universidad pública, impulsada desde hace varios años por los últimos gobiernos de nuestro país y evidentemente por los sectores neoliberales que participan en él de múltiples formas.
Adicionalmente a esta exclusión, la Ley en el artículo 13 señala que dichas instituciones podrán tener su propia familia de puestos: “Según la determinación que realice el respectivo ente, la correspondiente familia estará conformada por las personas servidoras públicas con funciones administrativas, profesionales o técnicas, que sean exclusivas y excluyentes para el ejercicio de las competencias constitucionalmente asignadas”. Para ello cada institución deberá aportar la respectiva justificación de fondo. En este caso cabe la pregunta: ¿Qué posición asume la administración para justificar nuevas familias de puestos, consecuentes con nuestra especificidad?
Estamos ante un complejo momento histórico que podría imponernos cambios estructurales profundos con afectaciones negativas a nuestros principios de autonomía y libertad de cátedra. En estas circunstancias, nuestro reto es mayúsculo, razón por la que me permito exhortar a la comunidad universitaria a analizar con profundidad esta Ley y que mediante la realización de foros en distintas unidades y espacios académicos se propongan salidas que en lugar de demeritar el acervo histórico institucional, lo fortalezcan. Así mismo, insto al Consejo Universitario a velar por los principios rectores incorporados en la reglamentación existente y a defender la autonomía universitaria como parte de la idiosincrasia y del desarrollo futuro de la sociedad costarricense. Ello permitiría un afianzamiento de la misión universitaria y evitaría la fuga de cerebros que tanto daño le hace a nuestro país.
