Opinión

La crisis de los regímenes jubilatorios en Costa Rica (III)

En anteriores artículos señalé las variables demográficas que constriñen el futuro de los regímenes previsionales. Me referí a la delicada situación que enfrenta el régimen

En anteriores artículos señalé las variables demográficas que constriñen el futuro de los regímenes previsionales. Me referí a la delicada situación que enfrenta el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la CCSS y comenté las reformas recientes en el Régimen de Hacienda. Y he ofrecido plantear una propuesta de modificación del Régimen Transitorio de Reparto del Magisterio Nacional, referida únicamente a las pensiones más elevadas.
Otro régimen que demanda cambios es el Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial (FJPPJ). Este, el más antiguo entre los grandes, se estableció en 1939, en vísperas de los años 40, cuando se crearon el Régimen de Hacienda (1943) y el IVM (1947). Con él se constituyó un fondo financiero autosustentable para enfrentar sus obligaciones jubilatorias de largo plazo. Desde sus orígenes, el compromiso ha sido el de atender los beneficios que otorga, muy superiores a los del IVM, con sus propios ingresos acumulados (principalmente los aportes tripartitos e intereses generados por la administración del Fondo). Es decir: no hacer recaer en recursos públicos adicionales a los que seguidamente se mencionarán y que son ya significativos, la solvencia actuarial del FJPPJ.
En la actualidad, las contribuciones son: 11% del salario de los empleados del Poder Judicial (frente a 2,84% de los aportes de los trabajadores al IVM, una cuarta parte de aquel); 14,36% que aporta el Poder Judicial como patrono, ya desde aquí con fondos públicos recogidos de impuestos y con los cuales se financia a dicho poder del Estado (frente al 5,08% que pagan al IVM los patronos del sector privado con los ingresos que les genera su actividad); y finalmente el aporte estatal de 1,24% -con impuestos también- a cada uno de los regímenes previsionales.
Ahora bien, el problema yace en que, no obstante dichas contribuciones, los beneficios jubilatorios ofrecidos a las generaciones presentes y futuras de funcionarios del Poder Judicial, muy por encima de los del IVM, no son sostenibles. El estudio contratado al Instituto de Investigaciones en Ciencias Económicas (IICE) de la UCR, con datos consolidados a diciembre del 2015, para clarificar la solvencia actuarial del FJPPJ, es contundente al respecto.
El IICE analizó la situación vigente de ingresos y beneficios para distribuir del Fondo, e igualmente una alternativa denominada “texto sustitutivo” provista por el FJPPJ, orientada a visualizar posibles reformas. En cualquiera de las dos, la conclusión fue la siguiente: “Resulta evidente que, bajo estas condiciones [la opción propuesta ante lo actual], el Fondo no [subrayado en el original del IICE-UCR] tiene solvencia actuarial” (cita de la página 34 del Producto No. 3 entregado por el IICE).
Su no solvencia actuarial implica que las expectativas de ingresos del Fondo, los de hoy y los previsibles que se irán sumando con el paso del tiempo, no solo no serán suficientes sino que comportan, a largo plazo, un déficit mayúsculo con respecto a los beneficios jubilatorios ofrecidos. Esto debería conllevar modificaciones urgentes y profundas para darle sostenibilidad de largo plazo al FJPPJ. En otras palabras: o se incrementan grandemente los aportes (principalmente de los funcionarios), o se reducen los beneficios jubilatorios actuales y futuros, o bien ambas acciones pero sin pedirle más al resto de la sociedad costarricense con cargo al Presupuesto Nacional.
Coinciden diversos analistas del tema en que los legisladores que están estudiando esta situación en el marco del expediente No. 19.922, “Ley de Reforma Integral a los diversos regímenes de pensiones y normativa conexa”, no deberían comprometer las finanzas públicas del mañana con nuevas obligaciones estatales en tratamiento desigual y excedido en favor de algún sistema previsional. El FJPPJ anticipa contar en las próximas décadas con una cantidad de potenciales jubilados en crecimiento, con un perfil de beneficios para otorgar muy costoso, en el marco de una proporción declinante entre el número de funcionarios activos cotizantes y la población jubilada.
La cuestión de fondo que confronta Costa Rica, su sociedad y Estado, en la hora actual de las crisis de los regímenes jubilatorios, con limitado tiempo para adoptar decisiones sabias de largo plazo, estará más bien por el lado de concentrar los dineros públicos que se destinen a pensiones en salvaguardar y proteger al IVM, que es el de la inmensa mayoría de los costarricenses (un millón y medio de cotizantes a finales del 2016).

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