En esta serie de artículos dedicados al tema de la crisis de los regímenes jubilatorios, me propongo aportar información básica aclaratoria que resulte útil para entender, con perspectiva de conjunto y actualidad, la situación que prevalece en esta materia, en la cual abunda el desconocimiento. En uno de ellos más adelante, dedicado a las pensiones del Magisterio Nacional, voy a realizar una propuesta específica en el marco del Régimen Transitorio de Reparto, basada en algunas posibilidades legales, referida únicamente a las jubilaciones más elevadas que se sufragan en el marco de este sistema previsional, para reajustarlas significativamente.
La sociedad costarricense tiene frente a sí enormes y fundamentales retos que encarar en materia de jubilaciones con visión de largo plazo. La paulatina conjunción de un perfil demográfico caracterizado por la aceleración del envejecimiento de su población (en el 2015 el 9% tenía 65 o más años, lo que se incrementará al 10,5% en el 2020) y la disminución de su tasa de crecimiento (desde 2,5% en 1998 hasta 1,4% en el 2014, valor en el cual se ha ido estabilizando), constituye un factor. El otro importante radica en las dificultades financieras o de solvencia actuarial que patentizan hoy prácticamente todos sus regímenes jubilatorios. Estas condiciones configuran escenarios complejos y difíciles de operar en las décadas por venir.
El perfil demográfico de Costa Rica, que constituye una variable de fondo fundamental, no es exclusivo de nuestro país, pues corresponde a una tendencia amplia a escala mundial. Características mucho más graves evidencian aquellas sociedades como las europeas y la japonesa en las cuales se presenta un notable envejecimiento. En Europa, por ejemplo, de cada cinco personas una (el 20%) o en Japón de cada cuatro ciudadanos uno (25% en la actualidad) es mayor de 65 años. Además, en la tierra del sol naciente hay 65.000 seres humanos que cuentan con 100 o más años (2016). En todo caso, lo cierto es que cada sociedad posee en este ámbito sus particularidades históricas con las cuales lidiar.
Si la segunda mitad del siglo XX fue en Costa Rica la de la creación y despliegue inicial de los regímenes previsionales, la primera mitad del siglo XXI será la de su revisión y adaptación continua a los nuevos entornos estructurales, bajo la presión de diversos agentes sociales.
A partir de 1939 con el surgimiento del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial (FJPPJ) y sobre todo durante los años 40 y 50 del siglo pasado, en Costa Rica se establecieron varios sistemas de pensiones. El más importante de ellos por su concepción y alcance, al calor de las nuevas concepciones del Estado Benefactor, fue la creación del régimen de Invalidez, vejez y muerte (IVM) en el año 1947, en el marco de la Caja Costarricense del Seguro Social (1941 y 1943).
Un componente suyo desde el inicio fue la formación de un fondo de recursos financieros en creciente proceso de inversión, obtención de intereses y acumulación, con el aporte de los trabajadores, los empresarios y el Estado, para sufragar las jubilaciones futuras conforme se fueran cumpliendo el total de cuotas legalmente establecidas.
El más reciente análisis actuarial sobre el IVM, entregado por la Escuela de Matemática de la Universidad de Costa Rica (UCR) a finales del 2016, vino a zanjar una disputa de varios años entre la Caja y la Superintendencia de Pensiones (Supen), disputa innecesariamente prolongada e irresuelta. El estudio ha dejado en claro la situación financiera comprometida, en perspectiva de mediano y largo plazo, en la cual se halla el IVM, al que contribuyen la inmensa mayoría de los costarricenses, valga decir, más de un millón y medio de cotizantes (2016). Nuevos planteamientos, tanto financieros como administrativos y de control público independiente, se requieren de manera urgente para su sostenibilidad. El debate inminente en torno a ello está por comenzar finalmente en este 2017.
En mi siguiente artículo me referiré a varios otros regímenes jubilatorios que por carecer de un fondo de acumulación desde sus orígenes, se cargaron al Presupuesto Nacional. De manera especial comentaré la situación del denominado Régimen de Hacienda (1943) y las importantes leyes aprobadas a mediados del 2016 que entraron en vigencia en enero del presente año, para eliminar privilegios.
La crisis de los regímenes jubilatorios en Costa Rica (I)
En esta serie de artículos dedicados al tema de la crisis de los regímenes jubilatorios, me propongo aportar información básica aclaratoria que resulte útil