Opinión

¿Intervención internacional en conflictos internos?

Dentro de la soberanía de los estados concebimos que cada uno cuenta con el derecho de administrar su país de acuerdo a su jurisdicción,

Dentro de la soberanía de los estados concebimos que cada uno cuenta con el derecho de administrar su país de acuerdo a su jurisdicción, y que la responsabilidad que las autoridades tienen, dependerá de los problemas que se presenten dentro de su territorio, esto concibiéndolo desde una perspectiva individualista. Pero, ¿qué pasa cuando el escenario va más allá de las fronteras y debe trascender cualquier interés y prevalecer la responsabilidad que existe frente a la defensa de los derechos humanos? La personalidad jurídica que se le da a un Estado per se al ser reconocido internacionalmente, lo adopta entones como un Estado que delega derecho y deberes, que como prioridad tendrá velar por la defensa de los derechos de todas aquellas personas que son parte de la densidad de su país, lo que también deriva la obligación del Estado de velar por la protección ante cualquier amenaza que se presente contra su nación.

Cuando un Estado no cumple con sus responsabilidades, y no tiene la capacidad para resolver un conflicto o problema interno en el cual la defensa de los derechos humanos es nula o no es efectiva, la comunidad internacional debe tomar acciones rigiéndose por el principio de protección y dejando un lado la intervención en la “soberanía”, casos específicos como los migrantes desplazados en Birmania, donde el gobierno es el principal responsable de que casi medio millón de personas tengan que buscar refugio fuera de su territorio para poder subsistir, pues son las mismas autoridades nacionales quienes niegan la existencia de un problema interno, donde no se manejan programas de protección de los menos favorecidos o algún otro tipo de ayuda. Ejemplos como este son muy poco mencionados y es mínima la información e importancia que se le toma; hoy en día se ha dado un auge e impulso a la respuesta sobre la responsabilidad que tiene la comunidad internacional al actuar y hacer reconocer la incapacidad que tenga un Estado en el contexto de la resolución y restauración sobre un problema interno.

La comunidad internacional es el conjunto de Estados que rigen el mundo entero y que como tal, mediante mecanismos, programas, proyectos, normas y principios, deben trabajar en la protección y desarrollo de la vida de cada persona que lo habita. Sin embargo, muchos Estados se arraigan al hecho de que si algún ente internacional irrumpe en su territorio así sea con sentido de colaboración, la acción vulnera el principio de la soberanía estatal y muchas organizaciones y entes apoyan firmemente el concepto de no injerencia en los asuntos internos del país, aunque exista la impunidad ante las violaciones de los derechos humanos de los pueblos; no se puede permitir que los perpetradores de las violaciones queden sin una debía denuncia. Si de soberanía se habla entonces que sea en un contexto donde dentro de esta prevalezcan la responsabilidad de proteger a los civiles y evitar conflictos donde se vean comprometidas vidas inocentes; de lo contrario, que las represalias que se tomen por parte de la comunidad internacional sean de carácter obligatorio y sean acatadas tal cual; de alguna manera debe el derecho internacional de los derechos humanos ser efectivo y cumplir su cometido.

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