Opinión

Estudio de vida y costumbres para un puesto público

Si bien, el constituyente dejo establecido un régimen de estabilidad (que no es lo mismo que inamovilidad) para los trabajadores del sector público

Si bien, el constituyente dejo establecido un régimen de estabilidad (que no es lo mismo que inamovilidad) para los trabajadores del sector público ( sobre todo sector central), en el entendido que estos deben estar sujetos a los concursos para comprobar su idoneidad (sistema de evaluación), con el objeto de cumplir con la necesidad de contar con un servicio público continuo, eficiente y que ostente memoria institucional, a fin de evitar que se elimine la experiencia acumulada (protección del servidor público), lo que en caso contrario, conllevaría pérdidas importantes en tiempo e información institucional; lo anterior no obsta para que con la creación legal del Servicio Civil, en 1953, se vinieran a dictar reglas claras y precisas, para el acceso y extinción de la relación de empleo público.

Así, para poder entrar a laborar dentro de este sector, además de someterse a evaluación de conocimientos, aptitudes físicas y psicológicas y a un concurso previo al nombramiento (mediante ternas), lo cual ha servido de parámetro a otras instituciones públicas, se dejó plasmado dentro del artículo 20 del Estatuto de Servicio Civil, como requisito indispensable contar con solvencia moral, no solo dentro del desempeño propio del puesto, sino también, dentro de la vida social, mediante el concepto de dignidad (arts. 39 y 82). Lo anterior se puede evidenciar mediante un estudio previo “de vida y costumbres” del aspirante al puesto, además de los archivos judiciales respectivos. Es por esto que el reglamento a dicho régimen (art. 9) vino a resolver que para los efectos anteriores se realizarán las investigaciones que se estimen pertinentes, para lo cual las instituciones y servidores públicos brindarán toda información que les sea requerida. Si como resultado de dichas investigaciones se comprobare que los candidatos no poseen aptitud satisfactoria, se podrá, en forma temporal o indefinida, no tramitar las ofertas o la elegibilidad del candidato.

Sin embargo, bajo el resguardo constitucional de la razonabilidad y proporcionalidad, todo derecho, como deber, deben estar imbuidos de dichos parámetros, con lo que se obtiene el equilibrio social, a la hora de la aplicación del “ius positivium”. En este entendido, la Sala Constitucional ha razonado que todo ciudadano legitimado debe tener acceso al estudio sobre la vida y costumbres, realizado hacia sí mismo, para saber los hechos, argumentos y motivos que lo sustentan (para el ejercicio de defensa), eso sí con la reserva de los nombres de las personas consultadas (Voto Constitucional no. 1683-2013).

Ahora bien, dentro del concepto del “derecho al olvido”, entendido como la extinción o caducidad de la información negativa a que tiene el administrado que se le haga con el transcurrir del tiempo, el mismo ente constitucional ha venido a declarar la inconstitucionalidad de castigar de por vida o indefinidamente al servidor público, que por segunda vez haya sido destituido por causal de despido sin responsabilidad patronal. Esto por cuanto no puede haber castigo de por vida o bien, al no existir topes máximos de reingreso a la carrera administrativa (un plazo razonable podría pensarse en 10 años), conllevaría una actuación contraria al principio de seguridad jurídica (Voto no. 267-2012).

Con discernimiento de todo lo anterior y como dice el refrán popular “en guerra avisada, no muere soldado” o para efectos del presente “con conocimiento de la ley, no se encuentra desprevenido un funcionario público”, es que, resulta de gran trascendencia, no solo llevar una vida decorosa dentro y con ocasión del trabajo, sino también, dentro del desarrollo normal de la convivencia en sociedad; en donde prevalezca el sentido común y como dijo su Santidad el Papa Francisco, ante todo justa y de buena voluntad, donde la dignidad, no viene a ser aquella dada por el poder, el dinero o la cultura, sino la que se obtiene trabajando.

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