Opinión

El derecho a la adopción

Durante una conversación acalorada con dos amigos surgen varias posiciones que se deben debatir, de forma pública, en los poderes que comandan nuestra nación.

Durante una conversación acalorada con dos amigos surgen varias posiciones que se deben debatir, de forma pública, en los poderes que comandan nuestra nación.

Mi postura se resume así:

“Toda persona con la estabilidad económica y emocional, así como cualquier otro requisito racional que nuestras leyes soliciten, puede adoptar a un (a) niño(a)”.

Así que toda pareja casada o en unión libre puede acceder a este derecho, pero también puede toda persona soltera acceder a este derecho. Inclusive parejas del mismo sexo y a toda persona con orientación sexual deferente a la heterosexual. Debo excluir orientaciones sexuales como la pedofilia, las cuales pueden dañar al menor si llega a concretarse la pederastia.

Surgen varias voces en contra de una postura como esta, repletas de irracionalidad. Se ha utilizado el argumento de la posibilidad de que parejas del mismo sexo provoquen en la persona adoptada una “inclinación” a la homosexualidad (en sus diversas formas y expresiones), o se sugiere que la formación es “incompleta” o “a medias” en el caso de la adopción por personas solteras.

Ahora bien, seamos consecuentes con la postura que niega la adopción a parejas del mismo sexo porque esto produce una inclinación por la manera de ser educados y por las inclinaciones de nuestros padres.

El problema surge cuando nos preguntamos: ¿Cuáles inclinaciones sí son permitidas y cuáles no? Demos un ejemplo: imagine un país en el que la religión oficial es la católica y esto signifique que la “inclinación” mayoritaria – adecuada – oficial (entre otras maneras de entender esto de la religión oficial) sea lo que dicta el dogma católico; ahora bien, aparece una pareja abiertamente atea y desea adoptar a una persona, si somos consecuentes debemos rechazar una adopción de parte de esta pareja, ya que habría una “inclinación” al ateísmo por parte del niño o la niña adoptada; nos parecería extremo ¡verdad!.

Pero sigamos excluyendo inclinaciones que no están de acuerdo con el dogma católico, fácil, una pareja evangélica desea adoptar a una persona, si se es consecuente debemos rechazar esta solicitud también, ya que la “inclinación” que le van a dar sus padres evangélicos no corresponde al dogma católico ¡verdad!.

Si alguien tan siquiera propusiera esto en el seno de nuestro máximos Poderes, se le rechazaría ad portas. Ahora bien, imagine que una mujer o hombre sin pareja desea adoptar a un niño o niña, y se le rechace, usted debería preguntar: ¿La inclinación a ser soltero es inadecuada? ¿Los hijos e hijas de madres o padres solteros se vuelven solteras y solteras también? Pues parece que NO.

Pensemos en resultados que parecen no coincidir con esta visión  de las “inclinaciones”. Tengo amigos homosexuales, excelentes amigos, y les pregunto: ¿Cuál fue la “inclinación” qué se les enseño? ¿En qué tipo de familia le educaron? A estas preguntas surge la interesante respuesta: Padres y madres católicos o evangélicos creyentes y practicantes. Desde una visión de “inclinaciones” creo que algo no explica muy bien el resultado de la homosexualidad de sus hijos e hijas, es decir de mis amigos-amigas.

Pero la postura de las “inclinaciones” se pone cuesta arriba cuando amigos heterosexuales ante la misma pregunta, responden: El seno de mi familia y la educación que me impartieron fue por parte de papá y papá o mamá y mamá, parejas del mismo sexo.

Creo que con esto es suficiente como para reflexionar y aceptar el derecho de adopción a las diferentes personas sin discriminación de: orientación sexual, heterosexual, homosexual, o por ser soltero, en unión libre, casados, religiosos, ateos, agnóstico, blancos, negros, morenos, mulatos, indígenas, etc.

Pero sí aún usted piensa que las inclinaciones sexuales son “transmitidas” por nuestros progenitores y educadores en el seno de nuestras familias (sin necesidad de pruebas ni estudios que demuestren que nuestra sexualidad es electa de esta manera), yo le pregunto: ¿Por qué no permitir que una familia homosexual adopte a una persona? Si su respuesta es: porque esa pareja va a “inclinar” a este niño o niña a la homosexualidad, lo que le puedo decir es que en Costa Rica la homosexualidad no es un delito, ni debe y espero que nunca sea castigado alguien por ser homosexual. Y si alguien utiliza este argumento de las “inclinaciones”, para no permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo, por el temor (infundado) de que se va abrir el portillo de la adopción y esa persona se va a volver homosexual, lo primero que debe saber es que esto es un acto de exclusión del peor nivel, segundo que la homosexualidad no es penada en Costa Rica como para castigar a alguien de manera indirecta (no permitiendo su derecho a casarse por el miedo de que se permita la adopción posteriormente), y, por último, que su postura es por completo irracional, todo lo que no se espera de nuestros legisladores.

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