Opinión

Derecho de respuesta de exprofesor del TEC

Exprofesor del TEC envía derecho de respuesta ante publicación sobre listado de funcionarios sancionados por hostigamiento sexual en esa universidad.

Por este medio, el suscrito Félix Chinchilla Cifuentes, amparado en mi Derecho Constitucional de Inocencia, consagrado en el numeral treinta y seis de la Constitución Política, formulo el siguiente  derecho de respuesta, en relación a la noticia publica por el Periódico Semanario Universidad, y fechado de las trece horas con treinta y tres minutos del pasado diecisiete de diciembre del presente año 2019, mediante la cual se me formulan al suscrito una serie de cargos injurioso donde no se me respeta el Principio de Inocencia y que indudablemente en forma pública me denigran en mi catadura moral, y constituye un claro delito de Difamación previsto y sancionado en el numera 146 del Código Penal.

En el artículo que lesiona mis derechos se hace en forma extensa innecesariamente relevando una serie de detalles falsos, que tienen como norma y fin ulterior lesionarme incluso laboralmente para que alguna otra institución estatal, como podría ser el Ministerio de Educación Pública (MEP) pudiese prescindir de mis servicios a causa de esta publicación que constituye y así desgraciadamente tengo que decirlo “un golpe bajo”, “malintencionado” y como dice nuestro pueblo “una sacada de clavo” que ha realizado el Instituto Tecnológico de Costa Rica en mi contra, a raíz de un juicio que mantuvimos en el pasado y en donde se me acusaba por algunos funcionarios de dicha institución de cargos parecidamente injuriosos a estos que se están repitiendo, a pesar de ser como decía el expresidente don Mario Echandi “un fiambre noticioso”.

El diferendo judicial que mantuvimos el ITCR y mi persona debo de decir muy claramente y con mayúsculas QUE YO LO GANÉ EN TODAS LAS INSTANCIAS Y MÁS BIEN FUE EL ITCR EL QUE SALIÓ CONDENADO POR EL TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE HACIENDA CUYA SENTENCIA NÚMERO: 110-2017-VIII, DE LAS OCHO HORAS DEL QUINCE DE NOVIEMBRE DE 2017, LA CUAL ACOMPAÑO EN CALIDAD DE PRUEBA A ESTE SEMANARIO PORQUE AL BUEN PAGADOR NO LE DUELEN PRENDAS.

En vista de que el ITCR no pudo lesionarme más gravemente a parte de haberme despedido como profesor de esa institución, que ya es un daño suficientemente grave, ahora me incluye en una pretendida lista de agresores, a sabiendas de que yo no puedo formar parte de ese elenco injurioso, puesto que demostré mi inocencia, en donde se dirimen los asuntos en Costa Rica, en los Tribunales de Justicia.

El ITCR y sus actuales autoridades sabiendo esta situación de que fueron condenados a pagarme una suma por los daños anteriores, vuelve a repetir su conducta a través de este Semanario, lo que me obliga a defender y a defender mi honor hasta las últimas consecuencias, formulando no solamente este Derecho de Respuesta, si no también procediendo también a formular la respectiva Querella Penal contra el ITCR para el cobro de los daños y perjuicios que se me han irrogado por estas malhadadas acciones. Ya después de estas fiestas de fin de año, ya el ITCR tendrá noticias mías y de mis abogados, puesto con que mi reputación no se juega como lo ha pretendido hacer el ITCR y como dicen nuestros campesinos, ya veremos quién es el que ríe de último.

Soy inocente de los cargos que se me imputan antes y ahora, y aunque soy la parte débil en este enfrentamiento jurídico, eso no me amuina para enfrentarme a un gigante que recibiendo fondos públicos pagados por todos los costarricenses, agrede a mi persona un simple profesor muy capaz a mucha honra, pero que defiende a su dignidad a toda costa y delante de quien tenga que enfrentarme. Seré don Quijote que marcho “lanza en ristre contra los molinos de viento en la llanura de la mancha”, pero dispuesto como dijo Miguel de Cervantes “dispuesto a deshacer entuertos, amparar viudas, y defender el único tesoro que tengo: mi honra”.

Pido con todo respeto a este Semanario que se me dé este Derecho de Respuesta que va a ser la primera piedra del edificio que empezaré a levantar el año que viene, en defensa del principio de inocencia y del derecho a salvar mi dignidad a toda costa.

Nota: una cosa es brindar la información de un hecho y otra muy distinta es basarlo en premisas falsas e inexactas como en este caso.

Félix Chinchilla Cifuentes.

Abogados: Berny Alberto Arias H. y Gonzalo Saavedra Brenes.

 

RESPUESTA DEL SEMANARIO UNIVERSIDAD

Por: Hulda Miranda Picado

El pasado 17 de diciembre, UNIVERSIDAD publicó una lista de funcionarios sancionados por hostigamiento sexual en el Instituto Tecnológico de Costa Rica (TEC). Esta información fue entregada por el TEC debido a la orden de la Sala Constitucional ante un recurso de amparo presentado por este medio.

En dicho listado, el TEC indicó el nombre del exdocente Félix Chinchilla Cifuentes a quien 12 estudiantes lo denunciaron años atrás por situaciones como miradas lascivas, tocamiento, encuestas sobre si les ponían supositorios, entre otros, según información remitida por el TEC. Tras un procedimiento disciplinario, fue despedido en el 2012.

El abogado Gonzalo Saavedra, quien representa a Chinchilla, contactó a UNIVERSIDAD e indicó que algunos de esos hechos eran falsos. Además, argumentó que el procedimiento de despido había sido anulado ante una demanda que presentaron ante el Tribunal Contencioso Administrativo.

UNIVERSIDAD contactó a la asesora legal del TEC, Grettel Ortiz, quien indicó que en ese proceso de demanda el exprofesor Chinchilla solo logró que se le cancelara el pago de cesantía, más no su reinstalación como docente ni el pago de daños y perjuicios. Sostuvo que para efectos del TEC el despido está en firme.

Posteriormente, UNIVERSIDAD revisó el expediente entregado por el abogado Saavedra, en el cual consta el proceso llevado a cabo por el TEC para el despido así como la resolución de la demanda que el exprofesor Chinchilla presentó ante el Tribunal Contencioso, el cual la declaró parcialmente con lugar.

En dicha resolución judicial, se determinó la nulidad del acto final de despido que elaboró el rector del TEC en el 2012 porque no se dio la debida “motivación del acto administrativo”, es decir, la explicación de las razones que fundamentan el acto y esto constituye una violación al debido proceso y derecho de defensa, señaló el Tribunal.

No obstante, el Tribunal Contencioso aclaró: “la nulidad se decreta por defectos formales en que incurrió el órgano decisor, no porque se tenga certeza de que los actos de acoso no se dieron”.

El Tribunal rechazó la reinstalación del docente porque era profesor interino y también rechazó el pago de salarios caídos y de daño moral.

UNIVERSIDAD mantendrá la publicación inicial sobre personas sancionadas por hostigamiento sexual con la única aclaración de que en este caso se ejecutó la sanción y posteriormente el Tribunal Contencioso anuló el acto de despido por aspectos formales. La información se mantiene por ser de interés público.

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