Opinión

Caso Odontología: Instalaciones Deportivas y Plan Regulador

Para la Universidad de Costa Rica, vecina más importante del Cantón de Montes de Oca, también aplica el Plan Regulador vigente

Para la Universidad de Costa Rica, vecina más  importante del Cantón de Montes de Oca,  también aplica el Plan Regulador vigente,  cuyo objetivo general es la aplicación de avances conceptuales y tecnológicos para construir una ciudad con  desarrollo sostenible, acorde con las aspiraciones reales  de sus habitantes y usuarios; esto se logra mediante la  integración de aspectos de transporte, uso de la tierra  y funcionalidad alrededor del concepto principal de  calidad de vida de las personas.

Mientras que la zonificación de su territorio busca “generar balance entre  las diversas actividades humanas y su localización,  minimizando las incompatibilidades y promoviendo  un desarrollo urbano ordenado y sostenible, definir las  diversas zonas y las actividades humanas compatibles  en esta zonas, y establecer los requisitos urbanísticos  para cada uno de estas actividades y usos de la tierra  en las diferentes zonas de Montes de Oca”.

Estos criterios urbanísticos se complementan con el  acatamiento obligatorio del Reglamento de Zonificación  y Desarrollo Sostenible de la GAM, con los Índices de Fragilidad Ambiental (IFA) aprobados por Setena en 2009 y  corroborados por la Directriz No.35-MIVAH-PLAN en 2013.

Según los IFA para el proyecto  de Odontología, este se encuentra  en un 20% en la zona III-B, en un  20% en la zona I-A y en un 60% en  la zona II-G.

La última está definida  como zona de Alta Fragilidad Ambiental con una función clave para  el equilibrio, tanto social como eco- lógico, dentro de zonas densamente  urbanizadas, y para la zona I-A, Setena recomienda en la resolución  1308-2009 el desarrollo de cobertura  boscosa, construcciones de no más  de dos pisos, y que estas no deberán  contemplar la tala de árboles.

Ni en la Viabilidad Ambiental  otorgada por Setena, ni en la licencia de uso de suelo otorgada por la  Municipalidad de Montes de Oca  para la Facultad de Odontología  consta la aplicación de los criterios  anteriormente citados respecto de  las condiciones urbanísticas y de  fragilidad ambiental de las Instalaciones Deportivas.

Incluso, este terreno la Municipalidad lo equipara  con la Ciudad Universitaria Rodrigo  Facio, ubicada en la zona comercial de  San Pedro, con permiso de construir  hasta siete pisos y cubrir hasta 85%  de la propiedad.  Considerar las Instalaciones Deportivas aptas para infraestructura  universitaria, no afín con su vocación  para el deporte y la educación física,  afecta gravemente su función socioambiental y el desarrollo sostenible del  cantón.

Solo la Facultad de Odontología  elimina 95 árboles, 30,000 metros cúbicos de suelo y 20,000 metros cuadrados  de áreas verdes usadas diariamente  por cientos de personas para fortalecer  su salud física y mental mediante el  contacto con la naturaleza.

Esto en  perjuicio de “las dos comunidades  presentes: los ciudadanos así como  las partes residuales de flora y fauna  silvestre”, señaladas en el reglamento  citado.

Este proyecto ignora, además,  aspectos importantes del desarrollo  sostenible como son el transporte y la  funcionalidad, al estar desvinculado  del sistema de transporte público y del  servicio exclusivo de buses a la Universidad, y de la infraestructura urbana y  universitaria complementaria esencial  tanto para los estudiantes como para  los docentes y funcionarios administrativos.

En el caso de las Clínicas de  Odontología, los más de 300 pacientes  diarios dependerán de una sola línea  de buses públicos, en una carretera de  tránsito ya colapsado en la actualidad.

La convertirán en parqueo.

A pesar del gravísimo impacto  socioambiental, vial, disfuncionalidad y afectación de la calidad de vida  de la población actual y de las futuras  generaciones, el proyecto en ningún  momento ha sido comunicado y presentado a la comunidad, ni discutido  en el Concejo Municipal; contrario  a lo señalado en el Plan Regulador  para casos en que haya oposición  expresa de los vecinos.

Omisión lamentablemente aprovechada por las  autoridades universitarias.

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