Opinión

Canasta Básica Tributaria: Mecanismo de opresión

La Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas anuló la Canasta Básica Alimentaria para substituirla por una Canasta Básica Tributaria.

La Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas anuló la Canasta Básica Alimentaria para substituirla por una Canasta Básica Tributaria. Reducir la regresividad del impuesto de ventas implicó elevar la regresividad de la salud de las personas pobres, en especial de las trabajadoras, confinadas a un Salario Mínimo. La medida de semejante derrame del método científico es la Bolsita Básica Alimentaria del 20% de hogares con menores ingresos según la Encuesta de Ingresos y Gastos de los años 2013 y 2014, ejecutada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos. La salud quedó supeditada a la Ley, que dictó lo “nutricionalmente correcto” al sacar los “productos que son saludables” según criterio de opresores del bienestar general. Algunas frutas y otros productos son tranzadas por trabajadores pobres y pobres trabajadores, entre otros pobres, por ¡trueque!, entendido este, sui generis tributitis como “la persona que tiene un árbol y le regala a los demás” desplegando una suerte de “alto autoconsumo”. Ese “trueque” es una especie de “copa menstrual” tributaria que no debe ser confundida con derrame cerebral tributario, fortalecido con almidones para el funcionamiento hacendario.

Así, la Canasta Básica para la opresión de las personas pobres por trabajadoras pagará uno por ciento del Impuesto al Valor Agregado, el cual se compensará, quizá, por el “trueque” aquel en tanto mecanismo tributario. La Canasta Básica Alimentaria torcía la reducción del costo laboral y la medición de la tasa de inflación. El matrimonio Banco Central y Hacienda procrea la Canasta Básica Tributaria por la vía de un fecundo incesto para la opresión social. El sacrificio del bienestar de la fuerza laboral global se torna progresivo con la Canasta Básica Tributaria, para satisfacer la gula fiscal al controlar la inflación. La dinámica de los precios de bienes y servicios excluidos de la Canasta Básica Alimentaria en su metamorfosis en Canasta Básica Tributaria, ya no afectará al Índice de Precios al Consumidor. Con ello, los ajustes salariales serán historia, la cual contará cómo Costa Rica tendrá mayor Ventaja Laboral Comparativa mientras la Ventaja Competitiva se ensancha para profundizar la acumulación y concentración de riqueza en el quintil de los más ricos, en razón de pauperizar a la persona trabajadora.

La Canasta Básica Tributaria es un mecanismo para la transferencia de valor de la “fuerza de trabajo” hacia el quintil más rico, valor agregado en la forma de riqueza por medio de la ganancia, potenciada por la evasión, elusión, exoneraciones arbitrarias al capital y la deuda interna/externa. La deuda pública la pagará el asalariado incluso con mermas en el Fondo de Capitalización Laboral, Ahorros Obligatorios y Fondos de Pensiones. En esas cuentas nos acostumbraremos, voluntariamente, a los créditos con signos negativos de valores nominales cada vez mayores. Así, la Canasta Básica Tributaria sirve a los propósitos de los pagos de interés por bonos públicos en poder del capital, a mayor velocidad y magnitud que a políticas sociales para atender la pobreza en alza. Esto último es así porque las transferencias sociales, llámese FEES, Red de Cuido, Avancemos, IMAS, etc., que en apariencia no implican contrapartida alguna por quien la recibe, constituyen un ingreso para el capital por distintos medios, en especial por el mecanismo de los precios en el mercado.

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