Opinión

1° de abril: un día para salvar a la religión

Existen dos fórmulas históricas y una razón básica para la defensa de la separación entre religión y Estado.

Existen dos fórmulas históricas y una razón básica para la defensa de la separación entre religión y Estado. La razón básica es la libertad y está inscrita en las constituciones de muchas naciones y en declaraciones y pactos de derechos humanos. Las dos fórmulas, por su parte, están paradigmáticamente retratadas en la constitución de la República Francesa y la de los Estados Unidos. En el primer caso, la separación se entendió como el mecanismo para proteger las libertades civiles y políticas fundamentales (libertad de expresión, de conciencia, de asociación) frente a la dominación eclesial. En el segundo caso, tal separación buscaba preservar la religión (en su expresión plural y diversa) frente al poder del Estado.

En la Costa Rica de nuestros días, se hace patente una resistencia doble y paradójica respecto de la separación entre religión y Estado, observable a la luz de las dos vías arriba retratadas. Por un lado, la iglesia católica (local) defiende la unión entre el Estado y la religión (es decir, el Estado confesional), al mismo tiempo que dice respetar el principio de separación formal, según las normas electorales del país. Esta es una contradicción en la institucionalidad y en la práctica; es una asimetría muy difícil de resolver y que redunda en la perdición de la religión. Habrá que salvar a la religiosidad de ese impase, lo cual también salva indirectamente la misma institución particular (la iglesia católica) por la vía de la libertad, esa razón básica de la institucionalidad política. El modelo francés de la defensa de la libertad de credo  resulta reminiscente en este caso.

Por otro lado, en el colectivo evangélico la cuestión es más compleja. La defensa a la libertad de credo apunta a la vez hacia la amenaza del poder hegemónico de la iglesia católica (cosa que en los últimos tiempos no se escucha con tanta fuerza) y hacia la amenaza del poder de Estado (el segundo modelo); pero, paradójicamente, en Costa Rica, no suele transitar por la exigencia de la separación entre religión y Estado. En los últimos años se han opuesto a los intentos legislativos en torno a la eliminación del Estado confesional. La separación es leída erróneamente como un distanciamiento de cualesquiera formas de fe y, por lo tanto, defienden un vínculo robusto entre religión y Estado. Habrá que salvar de tan craso error a la religiosidad y a la expresión plural y diversa de convicciones de fe. Resulta paradójico también que el modelo consistente con la correcta defensa de la religiosidad, la fórmula constitucional en los Estados Unidos, no sea tomado en serio por tales grupos; de ahí surgen y se nutren. Puede ser ingenuo haber pensado que ese modelo tenía más amigos y conocidos.

El primer día de abril se elegirá la persona que presidirá el país. El candidato del partido confesional, Fabricio Alvarado, señala insistentemente el derecho a la libertad de credo. Le es muy difícil defenderlo como derecho humano porque todavía no sabe lo que cree respecto de estos, o sus contradicciones hacen pensar que los derechos humanos solo son medios para otros fines (cuando sirven a su causa, se invocan; cuando no abonan a su causa, se le impone otra causa, por ejemplo, la soberanía del pueblo).  Fabricio ha sido recurrente en la defensa del derecho a la libertad de credo como derecho constitucional. Bien hace en reconocer tal derecho, pero mejor haría en reconocer los obstáculos que genera su propia posición.

Para proteger a la religión de las interferencias del Estado (el segundo modelo antes mencionado), Fabricio tendría que aceptar que el Estado no debe tolerar las interferencias de la religión católica, de su modalidad preferida (la evangélica) o de ninguna otra religión (islamismo, judaísmo, entre otras).  Si defiende la interferencia de una religión, cae en error, pues tal cosa es violatoria del mismo principio y daría al traste con las reivindicaciones logradas en las experiencias constitucionales como la de los Estados Unidos. Fabricio piensa que la defensa del Estado confesional (católico), aunque sea distinta de su propia profesión de fe, implica la defensa de la religiosidad. Se equivoca y se equivoca tanto como aquellos católicos que sostienen que su fe religiosa encuentra protección en su inscripción político-institucional.

En estos asuntos, el candidato Fabricio parece muy cómodo. Se siente a gusto con la idea de la libertad de credo, del mismo modo que un régimen teocrático lo estaría. Su posición es consistente con dicho tipo de régimen, pero es inconsistente con una democracia constitucional moderna, con aquello que muchos hemos asumido como consolidado y que ahora se muestra frágil.

Si queremos salvar a las religiones, habrá que salvar ese derecho constitucional y humano conocido como la libertad de credo. Si queremos salvar esa libertad, el 1° de abril solo tenemos una opción: votar por el candidato Carlos Alvarado. Su partido reconoce la ciudadanía plural; su posicionamiento es consistente con tal derecho fundamental. Votar así es abonar a la salvación de la religión y, al mismo tiempo, proteger la tradición de un país respetuoso de las instituciones democráticas modernas, de los derechos constitucionales y de los derechos humanos.

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