La Corte Interamericana de Derechos Humanos encontró responsable al estado salvadoreño por la violación de varios derechos humanos en el emblemático caso conocido como “caso Beatriz”, pero se abstuvo de pronunciarse sobre derecho al aborto.
La tarde de este viernes el Tribunal comunicó su decisión sobre el caso, que se presentó meses atrás y en el que se argumentaba, que una mujer había fallecido a causa de la negativa del estado a garantizarle una interrupción segura del embarazo aun cuando su vida corría peligro.
Según explicó la Corte, en sesión del pasado 22 de setiembre se dictó una sentencia mediante la cual declaró responsable internacionalmente a la República de El Salvador “por el incumplimiento con su deber de debida diligencia en la garantía de los derechos al acceso a recursos judiciales efectivos, a la integridad personal, a la salud y la vida privada” de Beatriz, quien “transitó un embarazo con riesgos múltiples en una situación de violencia obstétrica generada por la inseguridad jurídica sobre la legalidad de la actuación del personal médico involucrado en su caso”.
El tribunal determinó que la víctima, conocida como Beatriz, padecía un cúmulo de enfermedades, incluyendo lupus eritematoso sistémico, nefropatía lúpica y artritis reumatoidea, y aceptó como verdadero que luego de un primer embarazo su condición médica empeoró y que en el transcurso de su segundo embarazo, la mujer sufrió situaciones en el marco del sistema de salud pública y de administración de justicia que generaron inseguridad jurídica en términos de atención médica oportuna y adecuada, y violencia obstétrica.
“Efectivamente –y a pesar de que la situación de Beatriz exigía por parte del Estado un deber especial de protección— la falta de certeza jurídica sobre el abordaje de su caso llevó a burocratizar y judicializar la atención médica requerida, lo que afectó la integridad personal de la víctima y de su familia, incluyendo al hijo producto de su primer embarazo que al momento de los hechos tenía poco más de un año de edad”, detallaron.
Por eso, la Corte estableció la responsabilidad del Estado por la violación de la Convención Americana de Derechos Humanos y la Convención de Belem do Para y ordenó, entre otras medidas de reparación, establecer directrices y guías de actuación para el personal médico y judicial, a través de la adecuación de los protocolos médicos existentes o de cualquier otra medida normativa que garantice la seguridad jurídica en la atención de casos similares.
Más bien, la corte determinó que “no le corresponde arbitrar entre diferentes opiniones médicas ni puede especular, con base en la información presentada, sobre la validez de las conclusiones de los dictámenes emitidos por instancias oficiales” y que tampoco “le correspondía establecer cuál era la mejor forma de abordar la atención debida a Beatriz desde el punto de vista médico”.
Así, si bien el estado deberá asumir medidas de reparación y modificar sus normativas para brindar seguridad jurídica en casos similares, la resolución de la corte no garantiza que en el futuro el estado de El Salvador u otros estados miembros deban aplicar el aborto terapéutico, como esperaban miles de activistas en todo el continente que se ordenara.
