Cumplidos dos meses de vigencia de la Ley de usura (9859), el impacto para los consumidores es una transición.
De acuerdo con información estimada para UNIVERSIDAD por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), el “70,90% de los saldos de cartera en colones y el 45,43% de los saldos de la cartera en dólares” pagaban intereses superiores a la nueva máxima establecida por el Banco Central, desde principios de julio (37,6% para colones y 30,36% para dólares).
Esto implica que, para este septiembre, las marcas de tarjetas debieron adecuar los intereses para saldos estimados de ₡696.392 millones y $128.810 (el saldo total de deuda por tarjetas es de más de un millón de millones de colones).
Esta “aproximación del saldo expuesto” a la ilegalidad fue tomada de datos del último Estudio trimestral de tarjetas de crédito, con corte a abril pasado. Para octubre, MEIC planea un nuevo estudio que apenas integra números del primer mes de comportamiento de la ley contra la usura y que, además, estudia las compras con crédito emitidas durante el recrudecimiento de la pandemia.
Hasta el martillo de junio, el Poder Judicial identificaba cobros judiciales por “789.2017 asuntos activos o en trámite”. Es decir, 56.038 expedientes ingresaron, desde septiembre del 2019, un incremento del 7,6%, que significa casi un punto porcentual mensual, un monto enorme por el cual la jurisdicción cobratoria es la más grande del país.
Y, precisamente, en la vigencia de la ley de usura, esos 780 mil casos siguen pagando los mismos intereses que los arrastraron al ciclo de impago con sus acreedores, según asegura una abogada que busca ajustarlos a la normativa anti usura.
“Todos, al día de hoy, se están cobrando con las tasas usureras. Ahí no se está aplicando la tasa nueva”, afirmó en entrevista Adriana Rojas, la litigante principal de un proceso colectivo de denuncia.
Rojas cobra $100 a cada nuevo miembro del caso, tramitado con otros asesores dentro de la Asociación Pro Defensa del Consumidor Financiero (Aprodeco, como se hacen llamar en redes sociales). Tras el resultado de la denuncia, se distribuyen otros honorarios de representación.
“Son créditos de tarjetas y personales. La gran mayoría son tarjetas de crédito y también están (casos de) Instacredit, Beto y un montón de cooperativas. Lo abrimos y las personas van entrando, todos los días entran diferentes personas. No tengo idea de cuántos somos, los asistentes llenan los documentos con la información que mandan. Traen sus procesos de cobro judicial y ahí está la información. El juez de cobro judicial debería hacer una readecuación”, explicó Rojas.
“Esa tasa de aplicación no puede ser usurera, un juez de la República no puede ejecutar algo que está prohibido por ley”, añadió.
Se pidió confirmación del Poder Judicial sobre los intereses en los cobros judiciales, la respuesta oficial de prensa fue que “ese dato no se tiene en este momento, para obtenerlo debe llevarse a cabo un análisis de los procesos que se encuentran en trámite en la jurisdicción cobratoria”.
Algunos de esos limbos cobratorios son producto de que aún no existe reglamento para la Ley 9859. Entre otros, la reglamentación debe especificar cómo es que la Comisión Nacional del Consumidor velará por el cumplimiento cabal y apegado a la ley de los contratos de crédito. Para este artículo, UNIVERSIDAD verificó con MEIC que no tienen registros de ninguna denuncia amparada en la usura.
La jerarca del MEIC respondió que, desde la entrada en vigencia de la norma, “nos auto impusimos un plazo de tres meses para contar con este Reglamento”, en respuesta a oficios emitidos por tres diputados (el liberacionista David Gourzong, y los oficialistas Welmer Ramos y Luis Ramón Carranza).
Emisores más grandes van a Sala Constitucional
Por su parte, los tres emisores de tarjetas más grandes del país han paliado con las consecuencias de la ley a su manera.
El mayor emisor, Credomatic —93 tipos de tarjetas disponibles— anunció públicamente el cierre de 187.526 tarjetas . El segundo emisor más grande, Promérica —89 tipos de tarjetas—, presentó una acción de inconstitucionalidad que fue rechazada de plano por la Sala IV desde finales de agosto.
A la publicación de este artículo, el tercer emisor, Banco Popular —56 tipos de tarjetas— mantiene otra acción de inconstitucionalidad que impugna la ley por “un efecto indeseado al crédito e incluso arreglos de pago en su beneficio a las personas asalariadas más vulnerables”. Este documento, según informó la Sala Constitucional, sigue en estudio de admisibilidad.
El banco estatal presenta datos de su cartera total de crédito, de los cuales dice que hay “29.338 clientes” que perciben menos de ₡197.760 de salario líquido (el que tiene aplicadas todas las reducciones y retenciones de ley, así como los embargos automáticos). De estas personas, en condición de vulnerabilidad dentro de la cartera , la mayoría proviene del sector privado (casi 16.800 deudores con saldos por más de ₡152 mil millones).
Y aunque la vía constitucional para los bancos parece difícil, Sala IV sí aceptó una primera acción de inconstitucionalidad “presentada por una ciudadana de apellidos Mena Rojas” que afirma que la ley “violenta el principio de igualdad, de acceso al crédito y a la vivienda digna y los principios de razonabilidad y proporcionalidad”
La acción fue acogida porque cumple con los requisitos para su trámite, pero, mientras los magistrados estudian este caso con detalle, la Ley de usura continúa vigente y en aplicación.