Sala IV reiteró al BAC que Tributación puede cobrarle ¢66 millones por ingresos generados con capital costarricense en el extranjero
El tribunal resolvió que si se trata de una empresa domiciliada en Costa Rica, con fuente productora de renta costarricense y capital invertido costarricense, los rendimientos forman parte de los ingresos gravables de la empresa en Costa Rica de acuerdo con la ley actual.