La Sala Constitucional de Costa Rica declaró parcialmente con lugar el recurso de amparo interpuesto por el medio digital Fuerza Azul contra el equipo de fútbol Club Sport Cartaginés debido a la expulsión del estadio José Rafael “Fello” Meza Ivankovich hecha por esta entidad al medio, y ordenó al club blanquiazul permitir el reingreso del medio de comunicación, además de condenarlo al pago de costas, daños y perjuicios judiciales.
Con seis de los siete votos a favor y uno en contra, que incluso fue más allá y dijo que había habido censura previa, se determinó que el club brumoso había cometido una violación a la libertad de prensa al prohibir a Fuerza Azul el reingreso al recinto deportivo.
El magistrado Jorge Araya García explicó que la decisión de los blanquiazules había sido desproporcionada y que afectaba la libertad de prensa, expresión e información. “La decisión del Club Sport Cartaginés obstaculizó el acceso a fuentes de información primaria como el acceso a las conferencias de prensa o entrevistas durante los entrenamientos del equipo, lo que provocó la dislocación del sistema de garantías constitucionales en materia de libertad de prensa e información (…) La decisión adoptada por las autoridades del Club Sport Cartaginés al impedir el ingreso de los accionantes al estadio fue una acción desproporcionada que afecta el núcleo esencial de prensa y de libertad de expresión que ostentan los recurridos”.
De acuerdo con el director de Fuerza Azul, Juan Carlos Sanabria, el veto materializado el pasado 16 de febrero comenzó con el reporte de una lesión del futbolista Cristopher Núñez en una de sus piernas sin ser confirmada por el médico del club aunque no hubo desmentimiento del club blanquiazul. “Se nos vetó porque ellos indican que no generábamos periodismo de una forma seria, profesional y ética, y habíamos revelado una dolencia de un jugador Cristopher Núñez, y teníamos una fuente no oficial de muy buena mano, revelamos la información, que terminó siendo cierta porque el club nunca la desmintió; era una lesión en una pierna y el club nos citó a una reunión en la mañana siguiente, y nos condicionó o revelábamos la fuente o nos vetaba, y como nos negamos a revelarla, nos vetó del estadio, y no podíamos ir a las conferencias de prensa, no nos daban acreditaciones a los partidos, no nos dejaban entrevistar a los jugadores… se nos prohibió toda la información. Presentamos el recurso ante la Sala Constitucional por el derecho a la libertad de prensa y de información, porque también se nos eliminó del chat institucional, o sea, ahí ya hay censura previa. Nosotros respetamos lo que dice la Sala Constitucional donde dice que acepta parcialmente las violaciones y le pide al Gerente que restablezca los derechos de ingresar a recopilar las informaciones”.
Para Sanabria el fallo reviste la importancia de que ya los clubes no pueden hacer discriminaciones por plataforma o el equipo al que se cubre a la hora de concursar por acreditaciones, y lo único que no consiguieron fue la publicación de la sentencia en un diario de circulación nacional. Sin embargo se mostró respetuoso y comprensivo de que su reincorporación presencial en el estadio no puede ser efectiva aún por cuanto en los protocolos aprobados por el Ministerio de Salud se establece que para los entrenamientos sólo el encargado de prensa puede estar presente en los entrenamientos generando las noticias del club, y en los partidos sólo se admite al canal televisivo FUTV, poseedor de los derechos de transmisión del club, y a las radioemisoras que tengan tales derechos.
Se intentó conocer la versión del club, sin embargo ni el presidente del club, Leonardo Vargas, ni el encargado de prensa, Jeison Solano, contestaron ninguna de las llamadas realizadas.