Ante esta noticia surge una serie de interrogantes: ¿es legal? ¿Está bien vender medicamentos mediante una aplicación que se dedica al transporte de comida? ¿Podría regularse?
La Ley General de Salud (LGS), en el artículo 95, define la farmacia como “el establecimiento que se dedica a la preparación de recetas, expendio y suministro directo al público de medicamentos”. Dicho esto, es importante recalcar que la venta del medicamento la está realizando la cadena de farmacias FarmaValue y Uber Eats actúa como intermediario haciendo llegar los medicamentos al paciente.
La ley enfatiza que el suministro debe ser directo al paciente, no solo por cumplir un requisito de la ley, sino porque es necesaria la intervención de un profesional en farmacia en la dispensación de los medicamentos, esto para asegurar un uso correcto y evitar efectos negativos en la salud.
Aunado a lo anterior y quizás uno de los puntos de mayor controversia alrededor del tema, es que la plataforma no exige que el usuario presente la receta del medicamento que solicita, por lo tanto, el regente farmacéutico no debe suministrar al paciente ningún medicamento que requiera receta médica, se debe limitar solamente a los medicamentos de venta libre; pero no es así, la plataforma permite adquirir prácticamente cualquier medicamento.
La receta médica es fundamental, en vista de la necesidad que el profesional farmacéutico pueda revisar la dosis, fecha en la que fue prescrito, contraindicaciones, así como cerciorarse si el paciente padece de otras enfermedades, toma otros medicamentos, ha presentado efectos adversos, entre otros aspectos trascendentales para asegurar la efectividad y seguridad de la terapia.
La legislación vigente no está preparada para regular la venta de medicamentos mediante plataformas en línea, es por esto que surge la necesidad de crear normativa que especifique los lineamientos para una correcta dispensación y transporte de los fármacos.
Para la creación de la normativa debe tomarse en cuenta una serie de aspectos, entre los cuales se sugiere: la venta debe ser realizada por una farmacia que cuente con un canal de comunicación en el cual el usuario pueda consultar al regente farmacéutico, así este podría indagar más sobre el estado de salud del paciente y proporcionar un abordaje integral y personalizado, como se espera que se realice durante la dispensación en la farmacia.
Antes que se despache cada pedido, debe haber un regente encargado de asegurarse de que no existan errores de dosificación y de etiquetar todos los productos. Se debe mantener un registro en donde se indique el nombre completo del mensajero y el pedido que va a entregar, así como una constancia firmada por el usuario que indique que recibió el pedido conforme a las especificaciones.
Al ser el profesional farmacéutico el encargado de velar por la estabilidad de los medicamentos durante su almacenamiento y transporte, según lo especificado en el artículo 96 de la LGS, se deben considerar las especificaciones relativas al transporte de los medicamentos. Es fundamental controlar la temperatura, humedad y de ser posible que cuente con sellos de seguridad para evitar una posible adulteración de los productos.
Estas consideraciones, entre muchas otras, son fundamentales para que la venta de fármacos por medio plataformas en línea sea lo más segura posible y se eviten daños a la salud de la población costarricense.
Actualmente, la mejor estrategia es regular adecuadamente el servicio, en lugar de prohibirlo, ya que representa una alternativa útil para pacientes que necesitan su tratamiento y se les dificulta trasladarse a una farmacia, sin mencionar que es un servicio que ha sido bien recibido por los usuarios.