País Disposición en convención colectiva

Banco Popular efectúa nombramientos en direcciones sin concurso interno

Sindicato minoritario de la institución alega que ello ha permitido nombramientos “a dedo” y que atenta contra la carrera administrativa.

La convención colectiva de trabajo vigente desde el 2012 en el Banco Popular faculta a las autoridades de esa institución a nombrar sin concurso interno a quienes integren los puestos de dirección de área.

Concretamente, se trata del artículo 8, inciso m de la convención, el cual establece que “quedan excluidos del proceso de concurso interno los puestos de asistentes, secretaria (o) y chofer del Gerente General Corporativo y los puestos de Dirección de Área”.

Esta disposición además es ampliada en una nueva convención colectiva que se encuentra en proceso de ser homologada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). UNIVERSIDAD obtuvo acceso al documento, en el que esa disposición es reformada y apunta “los puestos de Director y Subdirector de Área”.

Carlos Manuel Vega, secretario general de la Unión de Profesionales, Técnicos y Similares del Banco Popular (Unprobanpo) -el cual no es el titular de la convención colectiva, sino el Sindicato del Banco Popular (Sibanpo)- criticó lo que llamó “esa negociación manoseada de la convención colectiva”, con la cual según dijo la gerencia general de la institución “se ha beneficiado con nombramientos de estructura  con un costo de más de ¢1.500 millones, cuando se hacen nombramientos en puestos de dirección”.

Vega calificó esa determinación como un “menoscabo al derecho de los trabajadores establecido en la Constitución a ser nombrados” y llamó la atención a que la medida es contradictoria, pues en la misma convención colectiva se garantiza el concurso de los trabajadores por cualquier plaza y establece que únicamente por inopia se debe hacer un concurso externo.

Añadió que la polémica medida fue incluida en el documento “sin que los trabajadores conociéramos” de ello.

UNIVERSIDAD intentó durante dos semanas obtener el criterio de Juan Carlos Chaves, quien fue elegido secretario general de Sibanpo en julio y ocupa formalmente ese puesto desde la semana pasada.

Por correo electrónico, Chaves alegó que el texto más reciente de convención colectiva de trabajo aún no ha sido homologado y “por tal razón no vamos a verter criterio sobre una norma que no ha alcanzado eficacia y validez jurídica, de tal manera que en el momento que se homologue la misma, le responderemos sus interrogantes y hablaremos sobre los alcances del artículo e inciso antes invocado”.

Se le insistió al funcionario por la misma vía que lo cuestionado es un artículo de la convención colectiva que ha estado vigente desde el 2012, se le preguntó si Sibanpo tiene conocimiento de nombramientos hechos “a dedo” en esos puestos de dirección de área, de qué manera se ha garantizado aspectos de calidad y oportunidad en los nombramientos y si no hay malestar entre las personas afiliadas al Sindicato de que esta disposición pueda violentar la carrera administrativa a lo interno de la institución.

Al cierre de edición, de nuevo se buscó al funcionario, pero en las oficinas del Sibanpo se informó que “está todo el día en reuniones”.

INDEFENSIÓN

Un aspecto llamativo es que en un oficio de diciembre del 2009, dirigido de la entonces secretaria general de Sibanpo a la junta directiva del banco y al gerente general, se observó que la institución aplicaba “criterios “liberales”, como si se tratara de una empresa privada, donde los “dueños” hacen y deshacen, quitan, ponen y disponen del Banco Popular”.

Específicamente, esa misiva destaca que “cientos de trabajadores han sido nombrados en puestos de jefaturas y de altas categorías, sin ser sometidos al debido proceso de concurso”.

Es decir, tres años antes de aceptarlo como parte de la convención colectiva, el Sibanpo había denunciado la práctica de nombrar personas en puestos de jerarquía sin hacer concurso.

Al respecto, el sindicalista Vega consideró ese oficio como el reconocimiento por parte de Sibanpo que “la administración del Banco Popular viene haciendo los nombramientos que le daba la gana, violando derechos de trabajadores a concursar”.

Ante la pregunta de si la convención colectiva del 2012 es un intento de regularizar la práctica de nombramientos que data del 2009, replicó “exactamente”.

“El titular de la convención colectiva tiene en sus manos el destino de toda la población laboral. Se cambió el derecho de concurso de toda la población a cambio de un salario escolar y del pago los sábados en las periféricas que el banco abre”, aseveró.

Vega enfrenta una causa penal que en su contra planteó hace años la exsecretaria general de Sibanpo Oriette Zonta.

El sindicalista dijo que la situación en términos generales le deja “un sentimiento de indefensión; el Banco Popular es uno de los que tiene las mayores poblaciones de  profesionales, mucho trabajador pide préstamo para prepararse académicamente. Al final no pueden acceder a esos puestos porque la convención colectiva le otorgó al gerente general esos puestos para nombrar a dedo”.

Vega observó también que la convención colectiva del Banco Popular tiene “poco peso económico para la administración de la institución”.

Ello en vista de que, según dijo, ya se han dado sentencias de la Sala Constitucional que eliminaron “conquistas consagradas en la convención colectiva desde 1970”.

Así, apuntó que el mayor peso económico lo podría tener el auxilio de cesantía, pero recordó que a las asociaciones solidaristas y al cooperativismo se les reconocen 20 años de cesantía. “Hoy en día se trata de demonizar al empleado público”, sentenció.


Designaciones en direcciones

Ante consultas de UNIVERSIDAD, desde la unidad de Comunicación Corporativa del Banco Popular se detalló que los puestos de dirección son posiciones de “carácter estratégico para el buen quehacer institucional”, y en vista de que tienen “una responsabilidad técnica y específica, es responsabilidad del Banco garantizar la idoneidad profesional de quienes las ocupan”.

Por ello, las autoridades del banco determinaron que en caso de contar con alguna de estas plazas vacantes, “se debería garantizar el cumplimiento de esta idoneidad en los candidatos oferentes, cumpliendo con los respectivos parámetros de conocimientos técnicos y competenciales”.

“En aras de garantizar los aspectos de calidad y oportunidad en el nombramiento, se estableció que se realizaran publicaciones externas de los puestos en mención, sin que esto pueda llegar a limitar de manera alguna la participación del personal de la Institución, quienes aplican en las mismas condiciones que los participantes externos”.

Desde esa instancia se informó que desde el 2012 cuando entró en vigencia la convención colectiva, las personas nombradas en puestos de dirección son Maybelle Alvarado Desanti, en la dirección de Gestión, quien es ingeniera industrial y cuenta con una maestría en administración de negocios; así como Graciela Vargas Castillo, en la dirección de Capital Humano, también posee una maestría en administración de recursos humanos.

Además se insistió en que “si se cuenta con personal interno que cumpla con los perfiles requeridos se da prioridad; en caso de inopia se procede con la publicación externa del proceso”.


 

 

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